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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (16/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 80

80 NORMAS LEGALES Sábado 16 de setiembre de 2023 El Peruano / se procederá a disponer la Resolución del contrato de arrendamiento. • El incumplimiento del pago de tres (03) meses consecutivos, por concepto de merced conductiva. • El Subarrendar a terceros, total o parcialmente el local municipal y/o espacio público materia de arrendamiento, por parte del arrendatario. • El incumplimiento de las responsabilidades como arrendatario, consignadas y/o descritas en las Bases. • El incurrir en las prohibiciones como arrendatario, consignadas y/o descritas en las Bases. Para tal efecto, la Gerencia de Administración y Finanzas cursará y noti fi cará al arrendatario, la respectiva Carta otorgándole un plazo de cinco (05) días, para que cumpla estrictamente con todos los compromisos y obligaciones contractuales, asumidos y derivados del contrato de arrendamiento. En caso que persista el incumplimiento, la Gerencia de Administración y Finanzas remitirá a la Gerencia Municipal, el correspondiente Informe Técnico, dentro del plazo de dos (02) días hábiles posteriores, a la veri fi cación de los incumplimientos que causen la Resolución del contrato. Por su parte, la Gerencia Municipal dentro del plazo de dos (02) días hábiles posteriores, derivará lo actuado a la Gerencia de Asesoría Jurídica, para que dentro del plazo de dos (02) días hábiles posteriores, se emita la correspondiente Opinión Legal, en la que se concluya sobre la procedencia de declarar la Resolución del precitado contrato. Artículo 22º .- CONCLUSIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO: Al término de la vigencia del contrato de arrendamiento, la Gerencia de Administración y Finanzas y el arrendatario suscribirán la correspondiente Acta de Conclusión de Contrato, en la que se detallará en forma expresa y precisa lo siguiente: a) estado del local y/o espacio cedido en arrendamiento, b) inventario y/o liquidación de pagos de la merced conductiva, los cuales deben estar íntegramente cancelados, c) veri fi cación que las mejoras implementadas, queden en favor del local y/o espacio, y d) otros aspectos referidos a la ejecución del contrato de arrendamiento. Artículo 23º.- FISCALIZACIÓN POSTERIOR DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO: Conforme a las disposiciones previstas en el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba que el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la Gerencia de Administración y Finanzas procederá a adoptar todas las acciones y gestiones, para efectuar la Fiscalización Posterior de la Propuesta presentada por el postor ganador, a quien se le adjudicó el arrendamiento del local y/o espacio por Subasta Pública. Artículo 24º.- NULIDAD DE OFICIO DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO: Una vez culminada la Fiscalización Posterior, y de verifi carse la vulneración de las disposiciones legales, que se encuentran contempladas en el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la Gerencia de Administración y Finanzas remitirá a la Gerencia Municipal, el correspondiente Informe Técnico, dentro del plazo dos (02) días hábiles posteriores, a la veri fi cación de los vicios que causen la Nulidad de O fi cio del contrato. Por su parte, la Gerencia Municipal dentro del plazo dos (02) días hábiles posteriores, derivará lo actuado a la Gerencia de Asesoría Jurídica, para que dentro del plazo dos (02) días hábiles posteriores, se emita la correspondiente Opinión Legal, en la que se concluya sobre la procedencia de declarar la Nulidad de O fi cio del precitado contrato, en estricta aplicación a las disposiciones, procedimiento y plazos previsto en el texto normativo anteriormente enunciado. DISPOSICIONES FINALES Primera.- FACÚLTESE al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias, para la adecuada aplicación e implementación de la presente Ordenanza. Segunda.- DERÓGUESE toda ordenanza y/o todas las disposiciones legales, que se opongan o contravengan a la presente Ordenanza. Tercero.- ENCARGAR el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la Gerencia Municipal, la Secretaría General, la Gerencia de Administración y Finanzas, la Gerencia de Desarrollo Urbano, y la Gerencia de Asesoría Jurídica, así como a todas las unidades orgánicas involucradas en la aplicación e implementación de la presente norma municipal. Cuarta.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”, y en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santa María del Mar (www.munisantamariadelmar.gob.pe) Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JIRIES MARTÍN JAMIS SUMAR Alcalde 2215052-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Aprueban el Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo por Resultados para el Año Fiscal 2024 de la Provincia Constitucional del Callao ORDENANZA MUNICIPAL Nº 020-2023/MPC Callao, 13 de septiembre de 2023El CONCEJO PROVINCIAL DEL CALLAO,VISTO, en Sesión Ordinaria, celebrada en la fecha, el Dictamen Nº 002-2023-MPC-SR-COPARVE de fecha 07 de setiembre de 2023, de la Comisión de Participación Vecinal; el Memorándum Nº 2376-2023-2023-MPC/GM de fecha 05 de setiembre de 2023, emitido por la Gerencia Municipal; los Informes Nº 278-2023-MPC/OGAJ de fecha 07 de julio de 2023 y Nº 379-2023-MPC/OGAJ de fecha 05 de septiembre de 2023, emitidos por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; los Memorandos Nº 090-2023-MPC/OGPMPI de fecha 16 de marzo de 2023, Nº 252-2023-MPC/OGPMPI de fecha 18 de mayo de 2023, Nº 342-2023-MPC/OGPMPI de fecha 04 de julio de 2023 y Nº 455-2023-MPC/OGPMPI de fecha 04 de setiembre de 2023, emitidos por la O fi cina General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones; los Informes Nº 064-2023-MPC/OGPMI-OPM de fecha 16 de marzo de 2023, Nº 152-2023-MPC/OGPMPI-OPM de fecha 17 de mayo de 2023, Nº 200-2023-MPC/OGPMPI-OPM de fecha 03 de julio de 2023 y Nº 275-2023-MPC/OGPMPI-OPM de fecha 01 de setiembre de 2023, emitidos por la O fi cina de Planeamiento y Modernización; los Memorándums Nº 380-2023-MPC/GPV de fecha 30 de mayo de 2023 y Nº 706-2023-MPC/GPV de fecha 31 de agosto de 2023, emitidos por la Gerencia de Participación Vecinal; los Informes Nº 063-2023-MPC/GPV-SGOS de fecha 30 de mayo de 2023 y Nº 159-2023-MPC/GPV-SGOS de fecha 31 de agosto de 2023, emitidos por la Subgerencia de Organizaciones Sociales; el Memorando Nº 226-2023-MPC/SGCM-OACMA de fecha 28 de agosto de 2023, emitido por la O fi cina de Apoyo al Concejo Municipal y Alcaldía; el Acuerdo de Consejo Nº 001-2023-AC/CCLP de fecha 01 de setiembre de 2023 y Nº 002-2023-AC/CCLP de fecha 01 de setiembre de 2023, emitidos por el Consejo de Coordinación Local Provincial del Callao, y;