Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (16/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 75

75 NORMAS LEGALES Sábado 16 de setiembre de 2023 El Peruano / correspondiente al año 2023, conforme se indica a continuación: 1. Agenda:1.1. Logros obtenidos de mayo a agosto del año 2023. 1.2. Ejecución Presupuestal a agosto del año 2023.1.3. Perspectiva de gestión al fi nalizar el año 2023. 2. Lugar, fecha y hora:Auditorio Municipal, viernes 29 de setiembre de 2023, a partir de las 11:00 am 3. Registro de participantes: Los vecinos y las vecinas del distrito de San Borja, los representantes de instituciones públicas o privadas cuya sede se encuentra en San Borja podrán registrar su participación a la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas a través del Portal Institucional de la Municipalidad, o de manera presencial en la O fi cina General de Participación Vecinal, identi fi cándose con sus nombres y apellidos completos; o a través del Portal Institucional de la Municipalidad mediante el formulario de inscripción. 4. Lugar y plazos para la inscripción de participantes de la APRC: 4.1. Modalidad Presencial: Municipalidad de San Borja, O fi cina General de Participación Vecinal, en el horario de 08:30 am a 05:00 pm. 4.2. Modalidad Virtual: A través del formulario de inscripción publicado en el Portal Web y en las redes sociales de la Municipalidad de San Borja. 4.3. Fecha plazo: 27 de setiembre de 2023, hasta las 05:00pm (ambas modalidades) 5. Pautas para la intervención de los participantes el día del evento: - Las intervenciones de los participantes, se realizará al concluir la intervención de los expositores, en el orden que lo soliciten. - Los participantes, solo podrán intervenir en uno de los temas de agenda. - Las intervenciones deberán centrarse en el tema de agenda o no referirse a otros temas que dilaten la audiencia. - El tiempo de intervención por participante es de un mínimo de tres (03) minutos y un máximo de cinco (05) minutos. - Las intervenciones deberán ser expresadas con el debido respeto a los asistentes, guardando siempre las normas de conducta. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización Institucional y a la O fi cina General de Participación Vecinal de la Municipalidad de San Borja llevar a cabo las acciones necesarias para el debido cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía, en el marco de sus competencias y en coordinación con las demás Unidades Orgánicas de la Municipalidad Distrital de San Borja. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina General de Imagen Institucional llevar a cabo las acciones necesarias para la difusión de la convocatoria y del día del evento a través de las redes sociales de la Entidad. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el diario o fi cial El Peruano y encargar a la O fi cina General de Tecnologías de la Información su publicación en el Portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Borja. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MARCO ANTONIO ÁLVAREZ VARGAS Alcalde 2215447-1MUNICIPALIDAD DE SANTA MARÍA DEL MAR Ordenanza que regula el procedimiento para el arrendamiento por subasta pública, sobre locales municipales y/o espacios públicos, a ser destinados para fines comerciales, ubicados en el distrito de Santa María del Mar (Se publica la Ordenanza de la referencia a solicitud de la Municipalidad de Santa María del Mar, mediante Ofi cio Nº 068-2023-MDSMM/ALC, recibido el 14 de setiembre de 2023) ORDENANZA Nº 288-A-2019-MDSMM Santa María del Mar, 23 de octubre de 2019EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARÍA DEL MAR; POR CUANTO:El Consejo de la Municipalidad Distrital de Santa Maria del Mar, en Sesión de Ordinaria Nº 019-MDSMM, de la fecha de 23 de octubre de 2019. VISTO:En Sesión Ordinaria Nº 019-2019-MDSMM de fecha 23 de octubre de 2019, el Informe Nº 109-2019/MDSMM-GAF de fecha 09 de octubre de 2019, emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas, el Memorando Múltiple Nº 007-2019-MDSMM/SG de fecha 15 de octubre de 2019, emitido por la Secretaría General, el Informe Nº 079-2019-GPPI/MDSMM de fecha 18 de octubre de 2019, emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática, el Memorando Nº 063-2019-MDSMM/SG de fecha 18 de octubre de 2019, emitido por la Secretaría General, y el Informe Nº 116-2019-GAJ/MDSMM de fecha 21 de octubre de 2019, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 194º, modi fi cado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía en los asuntos de su competencia; no obstante, se encuentran sujetos a las leyes, disposiciones y normas técnicas que regulan las actividades y funcionamiento de los sistemas administrativos de la Administración Pública; Que, mediante el Informe Nº 109-2019/MDSMM- GAF de fecha 09 de octubre de 2019, la Gerencia de Administración y Finanzas remitió a la Secretaría General, el proyecto de Ordenanza, que reglamenta los lineamientos y procedimientos que permite una efi ciente gestión de los bienes municipales, precisando lo siguiente: “(…). Se recomienda la adopción de las precisiones realizadas (…). Se recomienda derivar a la Gerencia de Asesoría Jurídica, a fi n de que ésta emita opinión legal, de acuerdo a sus competencias. (…).”; Que, posteriormente, a través del Memorando Múltiple Nº 007-2019-MDSMM/SG de fecha 15 de octubre de 2019, la Secretaría General solicitó a la Gerencia de Asesoría Jurídica, así como a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática, lo siguiente: “(…) emitir el informe correspondiente (…).”; Que, al respecto, mediante el Informe Nº 079-2019- GPPI/MDSMM de fecha 18 de octubre de 2019, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática comunicó a la Secretaría General, lo siguiente: “(…),