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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (16/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 81

81 NORMAS LEGALES Sábado 16 de setiembre de 2023 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194º modi fi cado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con el articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia, esta autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972, prescribe que corresponde al Concejo Municipal, entre otras atribuciones, aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el numeral 1) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que es competencia del Concejo Municipal aprobar los Planes de Desarrollo Municipal Concertados y el Presupuesto Participativo; asimismo, la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la citada Ley señala que las municipalidades regularán mediante Ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos; Que, el numeral 20.1 del artículo 20º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización dispone que los Gobiernos Regionales y Locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley, en concordancia con los planes de desarrollo concertados; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo de fi ne al proceso del Presupuesto Participativo como un mecanismo de asignación equitativa, racional, e fi ciente, e fi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado – Sociedad Civil; Que, de conformidad con la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 29298 y el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 132-2010-EF se establecen criterios de alcance y montos de ejecución que permiten delimitar los proyectos de inversión pública de impacto regional, provincial y distrital, a ser considerados por los Gobiernos Regionales y Locales en sus respectivos Presupuestos Participativos; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 007- 2010-EF-76.01, se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, “Instructivo para el Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados”, que tiene como objetivo: establecer mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos locales en el marco de la Ley del Presupuesto Participativo – Ley Nº 28056, su modi fi catoria, Ley Nº 29298, el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, que precisa los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital, su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 142-2009-EF y la Ley Nº 28411 - Ley del Sistema Nacional de Presupuesto. Dicho proceso debe estar orientado a resultados con la fi nalidad que los proyectos de inversión estén claramente articulados a productos y resultados especí fi cos que la población necesite, particularmente en aquellas dimensiones que se consideran prioritarias para el desarrollo regional o local, evitando, de este modo ine fi ciencias en la asignación de los recursos públicos; Que, mediante Informe Nº 152-2023-MPC/OGPMPI- OPM de fecha 17 de mayo de 2023, la O fi cina de Planeamiento y Modernización presenta el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento para el proceso de Presupuesto Participativo basado en resultados para el año fi scal 2024 de la Municipalidad Provincial del Callao, señalando que, al contar con una ordenanza del año 2019, se crea la necesidad de actualizar todo el Reglamento. Asimismo, se indica que el referido proyecto hará que el presupuesto participativo se realice con una simplicidad de reglas y su operación se dé bajo el principio de e fi cacia; Que, mediante Informe Nº 063-2023-MPC/GPV- SGOS de fecha 30 de mayo de 2023, la Subgerencia de Organizaciones Sociales emite opinión favorable con respecto al Proyecto precitado; Que, la O fi cina de Apoyo al Concejo Municipal y Alcaldía, mediante Memorando Nº 226-2023-MPC/SGCM-OACMA de fecha 28 de agosto de 2023, remitió los actuados a la Gerencia de Participación Vecinal para la actualización de los informes correspondientes; Que, mediante Informe Nº 159-2023-MPC/GPV- SGOS de fecha 31 de agosto de 2023, la Subgerencia de Organizaciones Sociales informó que de acuerdo a la solicitud de actualización y complementación de información sobre el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo por Resultados para el año fi scal 2024 de la Provincia Constitucional del Callao, dicha unidad orgánica presenta los alcances a ser considerados sin que estos afecten los actuados; Que, mediante Memorándum Nº 706-2023-MPC/ GPV de fecha 31 de agosto de 2023, la Gerencia de Participación Vecinal hizo suyo el Informe Nº 159-2023-MPC/GPV-SGOS de fecha 31 de agosto de 2023 de la Subgerencia de Organizaciones Sociales; Que, mediante Informe Nº 275-2023-MPC/OGPMPI- OPM de fecha 01 de setiembre de 2023, la O fi cina de Planeamiento y Modernización señaló que la modi fi cación en relación a los requisitos para la inscripción de los agentes participantes se da en relación a las competencias que tiene la Gerencia de Participación Vecinal y Subgerencia de Organizaciones Sociales, por lo cual procedieron con la actualización del cronograma; Que, mediante Acuerdo de Consejo Nº 001-2023- AC/CCLP de fecha 01 de setiembre de 2023, el Consejo de Coordinación Local Provincial del Callao se da por instalado; Que, asimismo, mediante Acuerdo de Consejo Nº 002-2023-AC/CCLP de fecha 01 de setiembre de 2023, el Consejo de Coordinación Local Provincial del Callao propone al Concejo Provincial de la Municipalidad Provincial del Callao, el Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba el proceso de presupuesto participativo por resultados para el año fi scal 2024, dando por iniciado el mismo; Que, mediante Informe Nº 379-2023-MPC/OGAJ de fecha 05 de septiembre de 2023, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, rati fi ca su opinión legal favorable otorgada mediante Informe Nº 278-2023-MPC/OGAJ de fecha 07 de julio de 2023, para la aprobación del Proyecto de Ordenanza que aprueba el “Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo por Resultados para el año fi scal 2024 de la Provincia Constitucional del Callao”; Estando a lo expuesto, con la opinión favorable de la Gerencia de Participación Vecinal, la O fi cina General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones, la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal Provincial del Callao por unanimidad ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO POR RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2024 DE LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO Artículo 1.- APROBAR el Reglamento para el Proceso del Presupuesto Participativo por Resultados para el Año Fiscal 2024 de la Provincia Constitucional del Callao, el mismo que consta de 08 (Ocho) Capítulos, 23 (Veintitrés) Artículos, 03 (Tres) Disposiciones Finales y 06 (Seis) Anexos, cuyo texto será publicado en la página web de la Municipalidad Provincial del Callao (www.gob.pe/municallao).