NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (23/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 104
TEXTO PAGINA: 74
74 NORMAS LEGALES Sábado 23 de setiembre de 2023 El Peruano / c) Promover la formación académica, cientí fi ca y cultural complementaria en sus respectivas áreas de estudio o trabajos de investigación de los estudiantes, docentes e investigadores de la Universidad Nacional Frontera en entidades académicas nacionales e internacionales. d) Realizar actividades académicas de extensión, de responsabilidad social universitaria, cursos y seminarios a nivel de pregrado y posgrado. Que, la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, en el artículo 5º prevé los Principios que rigen a las universidades, estableciendo en el numeral 5.2. la Calidad académica, en el numeral 5.11. el Mejoramiento continuo de la calidad académica, y en el numeral 5.13. Internacionalización. Precisando la acotada Ley que, la investigación constituye una función esencial y obligatoria de la universidad, en la cual participan los docentes, estudiantes y graduados a través de redes de investigación nacional o internacional, creadas por las instituciones universitarias públicas o privadas. Que, la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, en el art. 11, numeral 11.1 dispone: “Durante el Año Fiscal 2023, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas. La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias.” Que, la Ley Nº 27619, es una norma que regula que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Público, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE. Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27619 establece: “Las resoluciones de autorización de viaje al exterior se debe sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad”. Que, el Reglamento de la Ley Nº 27619, aprobado con Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, en su artículo 2º prescribe que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especi fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa CORPAC. (...)”. Debe tenerse en cuenta que la Resolución de autorización de viaje debe publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje. Que, la Resolución de Comisión Organizadora Nº 061- 2019-UNF/CO, de fecha 13 de febrero de 2019, aprobó el Reglamento de Capacitación y Perfeccionamiento Docente de la Universidad Nacional de Frontera, cuyo artículo 6º establece que “la capacitación docente tiene por fi nalidad el incremento de la cali fi cación profesional de manera integral, mejorando la competencia docente y el desempeño profesional”. Que, con O fi cio Nº 1249-2023-UNF-VPAC/FCET, de fecha 24 de julio de 2023, la Coordinadora de la Facultad de Ciencias Empresariales y Turismo solicita a la Vicepresidencia Académica, la autorización de la movilidad docente internacional para la Dra. Johanna Elena Santa Cruz Arévalo, quien acudirá al Departamento de Administración de Empresas de la Facultad de Derecho, Economía y Turismo en la Universidad de Lleida – España, los días 22, 25 y 26 de setiembre del presente año. Así mismo, esta coordinación emite Opinión Favorable para que proceda LA LICENCIA CON GOCE DE HABER DURANTE LOS DIAS 21,22,23, 24, 25, 26, 27, 28 y 29; en mérito al cumplimiento de uno de los requisitos establecidos en el artículo 19 y 20 del Reglamento de Capacitación y Perfeccionamiento Docente de la Universidad Nacional de Frontera; aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº 061- 2019-UNF/CO, sustentado en lo siguiente: - Interés especí fi co en la institución: Es indispensable cumplir con los objetivos estratégicos institucionales planteados en el Plan Estratégico Institucional y el Plan de Trabajo de la Facultad de Ciencias Empresariales y Turismo aprobado por Resolución de Comisión Organizadora Nº 183-2023-UNF/CO, relacionada a la continuidad de la implementación de la movilidad docente y estudiantil, enmarcada en convenios interinstitucionales y la mejora continua de las competencias de los docentes adscritos a la Facultad de Ciencias Empresariales y Turismo, así como de los estudiantes del Programa Académico. - Itinerario de la Comisión de Servicios: La estancia investigativa se desarrollará en la Universidad de Lleida (Cataluña, España), los días 22, 25 y 26 de setiembre de 2022. - Personas que realizarán la comisión de servicio: la Dra. Johanna Elena Santa Cruz Arévalo, docente de la Facultad de Ciencias Empresariales y Turismo. - Costo del viaje: El gasto será asumido con presupuesto de la Facultad, de acuerdo al siguiente detalle: CONCEPTO IMPORTE (S/) Viáticos Internacionales 6,006.96 Pasajes Internacionales 8,000.00 Pasajes Nacionales 1,000.00 Gastos de publicación en Diario O fi cial El Peruano2,000.00 Total de Gasto 17,006.96 Que, mediante Informe Nº 246-2023-UNF-P-DGA/ URH, de fecha 23 de agosto de 2023, el Jefe de la Unidad de Recursos Humanos informa a la Vicepresidenta Académica que, de ser concedida la licencia por la Comisión Organizadora, se deberá remitir la Resolución de Comisión Organizadora que autoriza la Licencia con goce de haber por capacitación a la Unidad de Recursos Humanos con la fi nalidad que esta última comunique y entregue de manera o fi cial la Resolución de aprobación de la solicitud a los docentes para que se acerquen a fi rmar el contrato comprometiéndose a prestar servicios a la institución por el doble del tiempo de la licencia concedida, contados a partir de su reincorporación, tal como indica el artículo 21 del Reglamento. Que, con Informe Nº 517-2023-UNF-OAJ, de fecha 06 de setiembre de 2023, la O fi cina de Asesoría Jurídica CONCLUYE: 1. Que, resulta viable jurídicamente que a la docente Dra. Johanna Elena Santa Cruz Arévalo, investigadora RENACYT, de la Facultad de Ciencias Económicas y Turismo, de la Universidad Nacional de Frontera, se le conceda la movilidad docente internacional, para participar en la estancia investigativa en la Universidad de Lleida (Cataluña - España) y Universidad Córdova (Córdova - España); sin embargo, la Coordinación de la Facultad de Ciencias Económicas y Turismo, expresa que los días de movilidad docente sean reducidos, sin que se afecte la capacidad de logro de los objetivos del proyecto. Considerando el siguiente detalle: tres (3) días - 22,25,26 de septiembre estancia en ciudad de Lleida y tres (3) días - 27,28,29 estancia en ciudad de Córdova, pudiendo dicha coordinación asumir el pago de viáticos de tres días; siempre y cuando exista opinión favorable de la O fi cina de Plani fi cación y presupuesto, así como opinión favorable de la Vicepresidencia Académica, respecto a la solicitud planteada. 2. Que en el extremo de la licencia con goce de haber durante los días 27, 28 y 29 de septiembre (sin derecho a viáticos) de su estancia en Córdova, es viable conceder la misma, observando lo indicado en el artículo 19, 20 y 22 del Reglamento de Capacitación y Perfeccionamiento Docente de la Universidad Nacional de Frontera”.