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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (30/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 130

130 NORMAS LEGALES Sábado 30 de setiembre de 2023 El Peruano / PRODUCTO/ PROYECTO: 2192960 - Instalación de los servicios de Educación Inicial Escolarizada en las comunidades de Alto Perú, Churia Cucho, Santa Rosa de Soquia, San Martín de Hercomarca, Umaro, Huallhua Chica Inmaculada y Upiray, distritos de Vilcashuamán, Independencia, Vischongo, y Carhuanca, provincia de Vilcashuamán,RegiónAyacucho…………....S/ 400,000.00 FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 5 - Recursos Determinados. Rubro: 18 - Canon y sobre canon, regalías, renta de aduanas y participaciones. GASTOS DE CAPITALGenérica de Gasto: 2.6 - Adquisición de activos no fi nancieros. TOTAL EGRESO: S/ 2 000,000.00 A: SECCIÓN SEGUNDA: Instancias Descentralizadas.PLIEGO: 300477-Municipalidad Distrital Santa Rosa. CATEGORÍA PRESUPUESTAL: 9002 - Asignaciones Presupuestarias que no Resultan Productos. PRODUCTO/ PROYECTO: 2508561 - Mejoramiento y Ampliación de los servicios de agua potable y creación de Unidades Básicas de Saneamiento (UBS) en la comunidad nativa de Camavenia y localidad de San José, del distrito de Santa Rosa-provincia de La Mar-departamento de Ayacucho...................................................S/ 2 000,000.00 FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 5 - Recursos Determinados. Rubro: 18 - Canon y sobre canon, regalías, renta de aduanas y participaciones. GASTOS DE CAPITALGenérica de Gasto: 2.4 - Donaciones y transferencias.TOTAL INGRESO: S/ 2 000,000.00 Artículo Tercero.- ENCARGAR, al Gobernador Regional, en su condición de Titular del Pliego Presupuestario, establecer mediante Resolución Ejecutiva Regional, los procedimientos de aprobación institucional para materializar la transferencia fi nanciera en el marco de la vigencia de la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobado por la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante la Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01, previa suscripción del convenio correspondiente con el titular de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa. Artículo Cuarto.- EXHORTAR, que los recursos fi nancieros transferidos a la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, no deben ser destinados bajo responsabilidad, a fi nes distintos que lo aprobado con la presente norma regional; debiendo el despacho de la Gerencia General Regional implementar las acciones de monitoreo y seguimiento que garantice cumplimiento de los fi nes y objetivos de los recursos fi nancieros transferidos. Artículo Quinto.- RECOMENDAR, al Gobernador Regional, la inclusión en el convenio a suscribir con el titular de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, una cláusula de compromiso en el sentido que en el plazo de 120 días calendario de suscrito, dicha Municipalidad Distrital cumpla con la presentación de la liquidación física y fi nanciera de los recursos transferidos durante el ejercicio fi scal 2020 para la ejecución de dos proyectos con Código Único de Inversión (CUI) N° 2455802 y N° 2453068, cuya descripción se precisa en el noveno considerando de la presente norma regional; conforme advierte los extremos contenidos en el Acuerdo Regional N° 143-2022-GRA/CR de fecha 23 de diciembre de 2022, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, cursar los actuados al Procurador Público Regional para que ejercite las acciones que le corresponda. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y el mismo día en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho, en concordancia con lo que dispone el numeral 16.2 del artículo 16° de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2023.POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla.TEÓFILO CUBA CONDORI PresidenteConsejo Regional 2219992-1 Autorizan transferencia financiera a favor de diversas municipalidades provinciales y distritales para la ejecución de proyectos u obra de inversión pública ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 101-2023-GRA/CR Ayacucho, 25 de setiembre de 2023EL SEÑOR PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO. POR CUANTO: El pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional Ayacucho, en Sesión Ordinaria del lunes 25 de setiembre del 2023, trató y deliberó la solicitud formulada por el Gerente General Regional mediante O fi cio Nº 921-2023- GRA/GR.GG, proponiendo AUTORIZAR al Gobernador Regional la transferencia fi nanciera de una partida presupuestal de S/ 4, 097.824.00 (Cuatro millones, noventa y siete mil ochocientos veinticuatro con 00/100 soles) a favor de dos (02) Municipalidades Provinciales y once (11) Municipalidades Distritales, destinado al co- fi nanciamiento de la ejecución de quince (15) proyectos u obra de Inversión Pública en el Marco de los Convenios suscritos con el Fondo Invierte para el Desarrollo Territorial – FIDT; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 191º de la Constitución Política del Perú de 1993, modi fi cado por la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales, establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un pliego presupuestal; Que, los acuerdos del consejo regional expresan la decisión del máximo órgano de gobierno de la Región Ayacucho, sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, conforme lo establece el artículo 39º de la citada Ley Nº 27867; Que, en el marco de lo dispuesto por el literal h) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2023, está permitida la transferencia fi nanciera durante el año fi scal 2023, “…para el fi nanciamiento y co fi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, así como para el desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias fi nancieras se efectúan hasta el tercer trimestre del año 2023, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado”; Que, ante la demanda formulada por los catorce (14) gobiernos locales del ámbito regional, los cuales de manea uniforme acreditan haber suscrito convenio