NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (30/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 168
TEXTO PAGINA: 134
134 NORMAS LEGALES Sábado 30 de setiembre de 2023 El Peruano / Nº Nombre del Proyecto CUIHabilitación de CréditoFte. Fto.Tipo de Recurso 050304-300463: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTIAGO DE LUCANAMARCA 1MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA EN I.E. SOL DE LOS ANDES DE CENTRO POBLADO SAN JOSE DE HUARCAYA DISTRITO DE SANTIAGO DE LUCANAMARCA DE LA PROVINCIA DE HUANCA SANCOS DEL DEPARTAMENTO DE AYACUCHO2574290 300,000.00 RDH = Canon Minero 050704-300503: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACAPAUSA 1MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE EDUCACION PRIMARIA EN I.E. 24311 TRINIDAD GUTIERREZ DE VALDIVIA DISTRITO DE PACAPAUSA DE LA PROVINCIA DE PARINACOCHAS DEL DEPARTAMENTO DE AYACUCHO2576277 263,822.00 RDR = Regalías FOCAM 050114-300453: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VINCHOS 1MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE MOVILIDAD URBANA EN EL JIRON CENTENARIO CUADRA 03 Y 04, JIRON SAN MATEO CUADRA 01 Y JIRON LOS ANDES CUADRA 02 DE CENTRO POBLADO PUTACCA DISTRITO DE VINCHOS DE LA PROVINCIA DE HUAMANGA DEL DEPARTAMENTO DE AYACUCHO2591412 536,178.00 RDR = Regalías FOCAM TOTAL 4,097,824.00 TOTAL INGRESO: S/ 4, 097,824.00 Artículo Tercero.- ENCARGAR, al Gobernador Regional, en su condición de Titular del Pliego Presupuestario, establecer mediante Resolución Ejecutiva Regional, los procedimientos de aprobación institucional para materializar la transferencia fi nanciera en el marco de la vigencia de la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobado por la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante la Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01, previa suscripción del convenio con el titular de la Municipalidad Provincial o Distrital, correspondiente. Artículo Cuarto.- EXHORTAR, a los titulares de las entidades bene fi ciarias con la transferencia fi nanciera, que dichos recursos no deben ser destinados bajo responsabilidad, a fi nes distintos que lo aprobado con la presente norma regional; para lo cual la Gerencia General Regional implementará las acciones de seguimiento, monitoreo y evaluación correspondiente.Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y el mismo día en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho, en concordancia con lo que dispone el numeral 16.2 del artículo 16º de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2023. POR TANTO:Mando se registre, comunique y cumpla.TEÓFILO CUBA CONDORI PresidenteConsejo Regional 2219403-1 Autorizan transferencia financiera a favor de diversas municipalidades provinciales y distritales para la ejecución de proyectos u obra de inversión pública ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 102-2023-GRA/CR Ayacucho, 27 de setiembre de 2023EL SEÑOR PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO. POR CUANTO: El pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional Ayacucho, en Sesión Extraordinaria del día 27 de setiembre del 2023, trató y deliberó la solicitud formulada por el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ayacucho mediante O fi cio Nº 1429-2023-GRA/GG- GRPPAT, proponiendo AUTORIZAR al Gobernador Regional la transferencia fi nanciera de una partida presupuestal de S/ 1, 584,155.00 (Un Millón Quinientos Ochenta y Cuatro Mil Ciento Cincuenta y Cinco con 00/100 soles) a favor de dos (02) Municipalidades Provinciales y tres (03) Municipalidades Distritales, destinado al co- fi nanciamiento de la ejecución de cinco (05) proyectos u obra de Inversión Pública en el Marco de los Convenios suscritos con el Fondo Invierte para el Desarrollo Territorial – FIDT; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 191º de la Constitución Política del Perú de 1993, modi fi cado por la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y concordante con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales, establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un pliego presupuestal; Que, los acuerdos del consejo regional expresan la decisión del máximo órgano de gobierno de la Región Ayacucho, sobre asuntos internos, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, conforme lo establece el artículo 39º de la citada Ley Nº 27867; Que, en el marco de lo dispuesto por el literal h) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2023, está permitida la transferencia fi nanciera durante el año fi scal 2023, “…para el fi nanciamiento y co fi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, así como para el desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias fi nancieras se efectúan hasta el tercer trimestre del año 2023, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado”; Que, ante la demanda formulada por los cinco (05) gobiernos locales del ámbito regional, los cuales de manera uniforme acreditan haber suscrito convenio para el fi nanciamiento de expediente técnico y ejecución