Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (03/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 98

98 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de abril de 2024 El Peruano / para la zona denominada Zona Industrial Ciudad Satélite de Ventanilla, que cuenten con Zoni fi cación Industria Elemental y Liviana (IEL) y Gran Industria (IG), dejando vigente para toda la Provincia Constitucional del Callao a excepción de dicha zona lo normado en el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas según la Clasi fi cación Internacional Industrial Uniforme (CIIU), con sus respectivas sub actividades, de acuerdo a lo normado en la Ordenanza Municipal Nº 000014-2008/MPC; Que, a través del Informe Nº 190-2024/MPC-GDU- SGPUC de fecha 04 de marzo de 2024, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro hace suyo el Informe Técnico Nº 002-2024/MPC-GDU-SGPUC-AMAM-AYZC- ECFD-LYCS e Informe Legal Nº 46-2024-MPC/GDU- SGPUC-AABC, los cuales determinan lo siguiente: - No se permitirán veintitrés del total de actividades aprobadas en el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas, las cuales se describen y detallan en el Anexo 01 que se acompaña al citado informe. - Entiéndase que no estarían permitidas las actividades económicas que conlleven procesos productivos, relacionadas con la generación de metales pesados, ácidos, entre otros que involucran tratamientos térmicos que emitan o usen en sus procesos metales pesados como el plomo y/o cadmio, tales como: la incineración, fundición, procesos químicos, residuos oleosos, entre otros; los cuales cada vez que exceden los Estándares de Calidad Ambiental, ponen en riesgo a la población circundante a la zona industrial de Ventanilla. Los mismos que se relacionan con la fabricación de motores (generadores, transformadores eléctricos, entre otros); fabricación de productos químicos; fabricación de hierro y acero, fundición de metales (ferrosos y no ferrosos); y fabricación de cemento, cal, yeso; y reciclaje de aceites y grasas, reciclaje de desechos metálicos y no metálicos. - Se adjunta el Proyecto de Ordenanza Municipal que declara como no permitidas las actividades detalladas en el Anexo 01 del citado proyecto de ordenanza, y modi fi ca la Ordenanza Municipal Nº 016-2023/MPC. Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 111-2024-MPC/OGAJ de fecha 08 de marzo de 2024, emite opinión legal favorable para la aprobación del proyecto de Ordenanza Municipal que declara como no permitidas actividades contaminantes en la Zona Industrial de Ventanilla; modi fi cándose la Ordenanza Nº 016-2023/MPC, que aprobó modi fi caciones y restricciones de la Clasi fi cación Internacional Industrial Uniforme (CIIU) en la citada zona industrial; conforme a la propuesta de ordenanza que presenta la Subgerencia de Planeamiento y Catastro; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 inciso 8), así como en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº27972, el Concejo Municipal por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 016-2023/MPC Y DECLARA ACTIVIDADES NO PERMITIDAS EN LA ZONA INDUSTRIAL CIUDAD SATÉLITE DE VENTANILLA Artículo 1.- MODIFICAR los Artículos Primero y Segundo de la Ordenanza Municipal Nº 016-2023/MPC, que aprobó la modi fi cación y restricción de la Clasi fi cación Industrial Internacional Uniforme – CIIU en la Zona Industrial de Ventanilla; en el siguiente sentido: Artículo Primero.- Declarar como no permitidas las actividades plasmadas en el Anexo Nº 01 de la presente ordenanza, las cuales fueron aprobadas en el Índice de Usos para la Ubicación de Actividades Urbanas según la Clasi fi cación Internacional Industrial Uniforme (CIIU), de acuerdo a lo normado en la Ordenanza Municipal Nº000014-2008/MPC, en los predios que cuenten con Zoni fi cación Industria Elemental y Liviana (IEL) y Gran Industria (IG) en la Zona Industrial Ciudad Satélite de Ventanilla.Artículo Segundo.- Aprobar el plano de ubicación que delimita la Zona Industrial Ciudad Satélite de Ventanilla, donde es de aplicación la presente ordenanza municipal, conforme al Anexo Nº 02 de la presente ordenanza. Artículo 2.- DISPONER que la Municipalidad Distrital de Ventanilla, elabore un reglamento para la fi scalización y el cumplimiento de la presente ordenanza municipal, en un plazo no mayor de 60 días contados a partir de su publicación. Artículo 3.- NOTIFICAR a la Municipalidad Distrital de Ventanilla, a la Municipalidad Distrital de Mi Perú, al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), al Ministerio del Ambiente, y a la Defensoría del Pueblo, el contenido de la presente ordenanza municipal. Artículo 4.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo Municipal la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como a la O fi cina General de Tecnología de la Información y Telecomunicación, la publicación de la presente ordenanza y sus anexos en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial del Callao (www.gob.pe/municallao). Artículo 5.- DEJAR SIN EFECTO toda norma o disposición que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO:Mando se registre, comunique, publique y cumpla.PEDRO SPADARO PHILIPPS Alcalde 2275426-1 Aprueban los Lineamientos para la asignación, modificación y ratificación de la Nomenclatura Vial y/o Áreas de Recreación Pública en la Provincia Constitucional del Callao ORDENANZA MUNICIPAL Nº 011-2024/MPC Callao, 25 de marzo de 2024EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha, el Dictamen Nº 045-2023-MPC-SR-COPODUN de fecha 12 de diciembre de 2023 de la Comisión de Población, Desarrollo Urbano y Nomenclatura; el Memorando Nº 554-2023-MPC/OGPMPI de fecha 26 de octubre de 2023, emitido por la O fi cina General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones; el Informe Nº 336-2023-MPC/OGPMPI-OPM de fecha 23 de octubre de 2023, emitido por la O fi cina de Planeamiento y Modernización; el Memorando Nº 314-2023-MPC/ SGCM-OACMA de fecha 19 de octubre de 2023, emitido por la O fi cina de Apoyo al Concejo Municipal y Alcaldía; el Memorándum Nº 2705-2023-MPC/GM de fecha 17 de octubre de 2023, emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Nº 417-2023-MPC/OGAJ de fecha 17 de octubre de 2023, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 1960-2023-MPC-GDU de fecha 16 de octubre de 2023, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano; el Informe Nº 692-2023/MPC-GDU-SGPUC de fecha 11 de octubre de 2023, emitido por la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro; y, CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú en el artículo 194 modi fi cado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma