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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (03/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 85

85 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de abril de 2024 El Peruano / de Transferencia Financiera entre el Gobierno Regional Piura y la Municipalidad Distrital de Las Lomas para el Financiamiento de la Ejecución del Proyecto de Inversión en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (INVIERTE.PE); y, Acuerdo de Concejo N° 011-2024-MDLL-CM de fecha 19 de marzo de 2024; CONSIDERANDO:Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú de 1993, modi fi cada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización-Ley N° 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, en su artículo 13° prescribe que el Consejo Regional es un órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. El artículo 15° literal a) establece que es atribución del Consejo Regional aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. El artículo 16° literal a) establece que son derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales proponer normas y acuerdos regionales. Y el artículo 39° establece que los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, ha dispuesto lo siguiente: “Articulo 76.- Transferencias Financieras. (…) 76.1 Son transferencias fi nancieras los traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario. 76.2 Las transferencias fi nancieras que se pueden efectuar durante la ejecución, se autorizan y regulan en las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público”; Que, la Ley N° 31953, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2024, ha autorizado entre los niveles de gobierno subnacional, entre el nivel de gobierno regional y nivel de gobierno local, se realicen transferencias fi nancieras a fi n de fi nanciar o co fi nanciar las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Esta norma en su artículo 13, modi fi cado por la Tercera Disposición Complementaria Modi fi catoria del Decreto de Urgencia N° 006-2024, publicado el 23 de marzo de 2024, establece medidas extraordinarias en materia económica y fi nanciera para la sostenibilidad fi scal, el equilibrio presupuestario y la e fi ciencia del gasto público, señala: “Artículo 13. Transferencias fi nancieras permitidas durante el Año Fiscal 2024 13.1 Se autoriza, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de las siguientes transferencias fi nancieras, conforme se detalla a continuación: (…) h) Las que se realicen para el fi nanciamiento y co fi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, así como para el desarrollo de capacidades productivas, entre los niveles de gobierno subnacional y de estos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias fi nancieras se efectúan hasta el 30 de junio de 2024, debiéndose emitir el acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado. (…)”Que, mediante O fi cio N° 150-2024-MDLL/A (Hoja de Registro y Control N° 08474), del 19 de marzo de 2024, la Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Las Lomas, solicita el fi nanciamiento para el proyecto “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE SEGURIDAD CIUDADANA EN LA CIUDAD DE LAS LOMAS, DISTRITO DE LAS LOMAS, PROVINCIA PIURA-PIURA” CON CUI N° 2327417-II ETAPA; asimismo remite el Acuerdo de Concejo N° 011-2024-MDLL-CM de fecha 19 de marzo de 2024, que en su parte resolutiva indica: “AUTORIZAR a la Señora Alcaldesa de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LAS LOMAS la suscripción de un Convenio Interinstitucional ente Gobierno Regional Piura y la Municipalidad Distrital de Las Lomas, Provincia y Departamento de Piura, para el fi nanciamiento del proyecto: “Mejoramiento del servicio de Seguridad Ciudadana en la ciudad de Las Lomas, Distrito de Las Lomas, Provincia de Piura-Piura” CUI 2327417-II Etapa, cuyo monto asciende a S/ 5,973,467.26 (Cinco Millones Novecientos setenta y tres mil cuatrocientos sesenta y siete con 26/100 soles)”; Que, mediante Informe N° 047-2024/GRP-410000 de fecha 20 de marzo de 2024, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, emite opinión técnica respecto a la propuesta de modi fi cación presupuestaria para transferencia fi nanciera a Gobiernos Locales-Las Lomas; concluyendo que, de la evaluación de la información alcanzada por la Municipalidad Distrital de Las Lomas, se encuentra una inversión a la espera de su transferencia fi nanciera por el monto total de S/ 5,918,157.00 soles que corresponde a la ejecución de la II Etapa (Obra y Supervisión) del proyecto con CUI N° 2327417 aprobado por la entidad local con Resolución de Gerencia N° 049-2024-MDLL-GM, la misma que ha sido priorizada por Alta Dirección; planteándose una modi fi cación presupuestal por el monto antes indicado con cargo a la Fuente de Financiamiento 5 Recursos Determinados-18 Canon y Sobrecanon, Regalías Renta de Aduanas y Participaciones en el marco de la Ley N° 31953 y la Directiva N° 01-2024-EF/50.01, con cargo al saldo disponible comunicado por la Unidad Ejecutora 001: Sede Central Gerencia Regional de Infraestructura; recomendando a la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones emita opinión técnica respecto a la propuesta de modi fi cación presupuestaria para Transferencia Financiera a la Municipalidad Distrital de Las Lomas; Que, con Informe N° 111-2024/GRP-410110 de fecha 20 de marzo de 2024, la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones, en mérito al Informe Técnico N° 0033-2024/NML de fecha 20 de marzo de 2024, emite opinión favorable respecto de la modi fi cación presupuestal presentada por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial en relación con la transferencia fi nanciera para fi nanciar la ejecución solicitada por la Municipalidad Distrital de Las Lomas en el cual se precisa que la inversión materia de anulación cumple con los Lineamientos 04 de la Directiva N° 001-2024-EF/50.01, inciso 4.1 e inciso 5.1, asimismo la inversión materia de crédito identi fi cada con CUI 2327417, cumple con los lineamientos N° 04 inciso 4.2 inciso 5.2; además la inversión objeto de la transferencia se encuentra priorizada mediante Acta de Priorización N° 03-2024, por el comité de priorización de inversiones; Que, con Informe N° 048-2024/GRP-410000 de fecha 21 de marzo de 2024, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, de acuerdo a la veri fi cación de la normativa vigente, otorga conformidad presupuestal respecto a la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Las Lomas que corresponde al fi nanciamiento de la II Etapa de la inversión con CUI N° 2327417 por el monto total de S/ 5,918,157.00 soles con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados 18 Canon y Sobrecanon, regalías, renta de aduanas y participaciones, por lo que recomienda se continúe con el trámite correspondiente; Que, a través del Informe N° 0636-2024/GRP-460000 de fecha 22 de marzo de 2024, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica emite las siguientes conclusiones: