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28 NORMAS LEGALES Viernes 5 de abril de 2024 El Peruano / de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias, el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modi fi catorias, y la Directiva Administrativa para la Certi fi cación de Buenas Prácticas de Manufactura en Laboratorios Nacionales y Extranjeros, aprobada por Resolución Ministerial Nº 737-2010/MINSA, modi fi cada por Resolución Ministerial Nº 798-2016/MINSA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, de las químicos farmacéuticos Gloria Melida García Molina y Carmen Rosa Quinte Rojas, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 7 al 13 de abril de 2024, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje en cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios del Pliego 011: Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle: • Pasaje tarifa económica para 2 personas (c/persona US$ 886.24 incluido TUUA) : US$ 1,772.48 • Viáticos por 6 días para 2 personas (c/persona US$ 1, 800.00 incluidos gastos de instalación) : US$ 3,600.00 TOTAL : US$ 5,372.48 Artículo 3.- Disponer que las citadas comisionadas, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presenten ante el Titular de la entidad, con copia a la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2276262-1 Modifican el Documento Técnico: “Plan Nacional de Vacunación en niños y niñas menores de 5 años para el Año Fiscal 2024” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 237-2024/MINSA Lima, 3 de abril del 2024 Visto, el Expediente N° DGIESP20240000228, que contiene el Informe N° D000081-2024-DGIESP-DMUNI- MINSA de la Dirección de Inmunizaciones de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; la Nota Informativa N° D000926-2024-DGIESP-MINSA de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; y, el Informe N° D000338-2024-OGAJ-MINSA de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, la Ley N° 28010, Ley General de Vacunas, declara que las actividades de vacunación son obligatorias para la Salud Pública Nacional por su elevado impacto en la prevención y control de las enfermedades prevenibles por vacunación; y señala que el Ministerio de Salud, en su calidad de ente rector, es el responsable de establecer la sectorización y el calendario de vacunación, así como de vigilar su cumplimiento; Que, el numeral 1) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es competente en salud de las personas; y su artículo 4 dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él, las instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y las personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, los literales b) y h) del artículo 5 del acotado Decreto Legislativo, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política nacional y políticas sectoriales de salud, entre otras; Que, el artículo 63 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 011-2017-SA, establece que la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública es el órgano de línea del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, competente para dirigir y coordinar las intervenciones estratégicas de salud pública en materia de inmunizaciones, entre otras. Asimismo, según lo dispuesto en el literal b) del artículo 72 del mencionado Reglamento, la Dirección de Inmunizaciones de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública tiene la función de formular e implementar las políticas, normas, lineamientos y otros documentos en materia de intervenciones estratégicas a su cargo, en todas las etapas de vida, en coordinación con los Gobiernos Regionales; Que, en el marco de lo establecido en el numeral 33.7 del artículo 33 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se emite la Resolución Ministerial N° 062-2024/MINSA, que aprueba el Documento Técnico: “Plan Nacional de Vacunación en niños y niñas menores de 5 años para el Año Fiscal 2024”, que tiene por fi nalidad contribuir a disminuir la morbimortalidad y discapacidad por enfermedades inmunoprevenibles en el Perú en menores de 5 años. Posteriormente, mediante la Resolución Ministerial N° 139-2024/MINSA, se modi fi ca el precitado Documento Técnico a fi n de que la actividad de cierre de brechas de vacunación en menores de 5 años se lleve a cabo desde el mes de febrero hasta el mes de agosto del presente año; Que, de acuerdo a lo señalado en los documentos del visto, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, a través de la Dirección de Inmunizaciones, plantea postergar la fecha de realización del barrido con vacuna antipolio oral en las 12 regiones pendientes de intervención, para el mes de agosto y septiembre de 2024, a fi n de realizar en forma conjunta a nivel nacional el barrido contra el sarampión por el alto riesgo de transmisión frente a la presencia de 2 casos de sarampión en este año; para lo cual, remite la propuesta de modi fi cación del Documento Técnico: “Plan Nacional de Vacunación en niños y niñas menores de 5 años para el Año Fiscal 2024”; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; Con el visado de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, de la O fi cina General de