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50 NORMAS LEGALES Domingo 7 de abril de 2024 El Peruano / d) Promover el cuidado de medio ambiente e) Saneamiento básicof) Fomento de Inversión privada y la competitividad productiva. g) Fomentar el turismo – Un Proyecto de Acuerdo de Concejo que busca establecer que los gastos originados por el funcionamiento de la precitada mancomunidad serán asumidos por la Presidencia del Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal durante su periodo de gestión, ello en virtud del artículo 5-A de la Ley Nº 29029; y 23 y 24 literal a) del DS Nº 021-2020-PCM Que, mediante Memorándum Nº Nº 318-2024-GM/ MDSR la Gerencia Municipal solicitó que cada Gerencia emita su Informe Técnico de Viabilidad a fi n de determinar lo pertinente, previo informe legal, para que pueda ser elevado a Sesión de Concejo; Que, mediante el Informe Nº 157-2024-GDU/MDSR, la Gerencia de Desarrollo Urbano señala que será bene fi cioso para la Municipalidad Distrital de Santa Rosa formar parte de la Mancomunidad Municipal Balnearios de Lima Norte, porque permitirá gestionar de manera articulada la prestación de servicios y la ejecución de proyectos y obras coadyuvando a la consecución de los objetivos del PEI, ya que por los objetivos propuestos, se podrá alcanzar proyectos de mejoramiento y rehabilitación de infraestructura vial, peatonal y ordenamiento urbano, y de saneamiento básico, así mismo, la adhesión de la Municipalidad de Santa Rosa a la mancomunidad municipal, permitirá gestionar convenios y proyectos de inversión interinstitucional; Que, mediante el Informe Nº 078-2024-GSC/MDSR, la Gerencia de Seguridad Ciudadana, emite opinión favorable para la conformación de la mancomunidad municipal, toda vez que dicha alianza permitirá el reforzamiento de acciones estratégicas y objetivos orientados a mejorar la calidad de vida de los habitantes y la reducción de índices de inseguridad ciudadana en los distritos que conforman la Mancomunidad Municipal Balnearios de Lima Norte, en los aspectos de Seguridad Ciudadana, promoviendo para ello un servicio de calidad; Que, mediante el Informe Nº 027-2024-GGASC/ MDSR, la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios a la Comunidad, se pronuncia favorablemente para constituir y formar parte de la Mancomunidad Municipal Balnearios de Lima Norte, ya que la visión al año 2023, el objeto, los objetivos y funciones descritas en el Informe Técnico, así como la fi nalidad señalada en el Estatuto y Lineamientos con sus respectivos objetivos estratégicos contemplados en el Plan Operativo Institucional de la Mancomunidad, tiene concordancia con los artículos 57º y 58º del ROF de la Entidad; Que, mediante Informe Nº 04-2024-GMDS/MDSR, la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social emite opinión favorable para la formalización de la Mancomunidad Municipal Balnearios de Lima Norte, ya que la visión del año 2024, el objeto, los objetivos y las funciones descritas en el Informe Técnico, así como la fi nalidad señalada en el Estatuto y en los Lineamientos con sus respectivos objetivos estratégicos contemplados en el Plan Operativo Institucional de la Mancomunidad, tiene concordancia con los artículos 62º y 63º del ROF de la Entidad; Que, mediante Informe Nº 054-2024-GDEGP/MDSR la Gerencia de Desarrollo Económico y Gestión Productiva señala que, la formalización de la Mancomunidad Municipal Balnearios de Lima Norte, coadyuvará al desarrollo y cumplimiento de las funciones propias de la Gerencia de Desarrollo Económico y Gestión Productiva, por lo que a tenor de los objetivos y acciones estratégicas, encuentra la correspondiente viabilidad que permita garantizar la participación e involucramiento del funcionario y los servicios públicos inmersos en dicha gerencia. Asimismo, de la evaluación operativo institucional, señala que dicha propuesta se ajusta a la actividad operativa referida a coordinar y concretar con el sector público y privado la elaboración y ejecución de políticas, planes, programas y proyectos que impulsen el desarrollo económico local sostenible, por ello emite opinión favorable para la formalización de la Mancomunidad Municipal Balnearios de Lima Norte.Que, mediante Informe Nº 061-2024-GPP/MDSR, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto señala que, habiendo evaluado, la formalización de la Mancomunidad Municipal Balnearios de Lima Norte; otorga opinión favorable para la indicada formalización, ya que contribuirá con el desarrollo en el distrito de Santa Rosa, a nivel de actividades y proyectos, procurando un bienestar equitativo a la población del ámbito territorial de la mancomunidad municipal, en el marco del Decreto Supremo Nº021-2020- PCM que aprueba el Reglamento de la Ley Nº29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, indicando, asimismo, que en materia presupuestaria cuenta con la disponibilidad y previsión presupuestal por la suma de S/.10,000.00 como aporte inicial; la suma de S/ 2,000.00 soles mensuales por 11 meses, siendo el total del aporte durante el año fi scal 2024, la suma de S/. 32,000.00, que como se ha indicado cuenta con disponibilidad presupuestal por el importe de S/. 32,000.00 en la Genérica del Gasto 2.3 Bienes y Servicios; Que, mediante Informe Legal Nº 080-2024-MDSR/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica, teniendo en cuenta los informes técnicos emitidos por las diversas gerencias de la Entidad, y estando a lo dispuesto el artículo 9º, numeral 8, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con lo dispuesto por el numeral 5.1 del artículo 5º de la Ley Nº 29029, modi fi cada por la Ley Nº 29341 y por el Decreto Legislativo Nº 1445, es de la opinión que resulta procedente la aprobación de la constitución de la Mancomunidad Municipal Balnearios de Lima Norte; por otro lado, que resulta procedente la emisión del Acuerdo de Concejo Municipal, que apruebe la transferencia fi nanciera planteada a favor de la Mancomunidad Municipal Balnearios de Lima Norte, previa certi fi cación presupuestal emitida por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; conforme a lo establecido por el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades y por el literal a) del artículo 24º del D.S. Nº 021-2020-PCM, que señala que los aportes de las municipalidades que conforman la mancomunidad, con cargo al presupuesto de cada una de éstas; se realizan mediante transferencias fi nancieras y se aprueban por acuerdo de concejo municipal; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas en el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por MAYORÍA , con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CONSTITUCIÓN DE LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL BALNEARIOS DE LIMA NORTE Artículo Primero.- APROBAR la constitución de la “MANCOMUNIDAD MUNICIPAL BALNEARIOS DE LIMA NORTE”, integrada por las municipalidades distritales de Santa Rosa, Aucallama y Chancay de la provincia de Lima, y departamento de Lima, según los considerandos expuestos. Artículo Segundo.- Ratifi car el Acta de Constitución de la “MANCOMUNIDAD MUNICIPAL BALNEARIOS DE LIMA NORTE” de fecha 03 de noviembre del 2023, que como anexo forma parte de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- Establecer que la “MANCOMUNIDAD MUNICIPAL BALNEARIOS DE LIMA NORTE” tiene como objeto: - Diseñar y ejecutar proyectos de infraestructura, vías de acceso, que permitan mejorar el ordenamiento urbano, la movilidad y transitabilidad e interconexión de los distritos de la Mancomunidad, así como impulsar proyectos de gran envergadura, en los que permitan mejorar los servicios básicos. - Fomentar de la inversión público privada, privada y promoción que promuevan oportunidad laboral y cultural. - Fomentar del turismo sostenible, pesca, agricultura y la competitividad productiva a través de programas y el desarrollo de un corredor económico turístico integral, en el ámbito del litoral y arqueológico gastronómico de los distritos de la mancomunidad. - Fomentar de manera integral y multisectorial la seguridad ciudadana en un ámbito que abarque por cuadrantes, para reducir la victimización y la sensación de inseguridad, contemplando salud, educación, trabajo