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38 NORMAS LEGALES Domingo 7 de abril de 2024 El Peruano / Resolución de Contraloría N° 024-2024-CG, establece que la Gerencia de Recursos Estratégicos conduce el proceso de implementación de las tres (03) unidades ejecutoras indicadas en el considerando precedente para su adecuada operatividad, lo cual involucra las gestiones para la adecuación de la estructura administrativa, la delegación de facultades, la adecuación de los instrumentos de gestión institucional involucrados, la identi fi cación de los procesos y la dotación de los recursos necesarios para el funcionamiento de las citadas unidades ejecutoras, entre otros. Asimismo, dispone que para efectos de la implementación y operatividad de las referidas unidades ejecutoras, la Gerencia de Recursos Estratégicos ejerce la representación legal de la Contraloría General de la República ante las entidades e instituciones que correspondan; Que, por su parte, el artículo 1 de la Resolución de Contraloría N° 405-2023-CG, establece los ámbitos territoriales de atención de las tres Unidades Ejecutoras creadas mediante Resolución de Contraloría N° 376-2023-CG, siendo que en su artículo 2, concordante con el artículo 73-A y el literal z) del artículo 73-B del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG, y sus modi fi catorias, establece que la Gerencia de Recursos Estratégicos se encarga de coordinar y supervisar la gestión administrativa de la Unidad Ejecutora 003: Macrorregión de Control Norte, Unidad Ejecutora 004: Macrorregión de Control Centro y Unidad Ejecutora 005: Macrorregión de Control Sur, del Pliego 019: Contraloría General, una vez éstas inicien operaciones, con el fi n de estandarizar procedimientos y generar economías de escala en los procesos de adquisiciones de bienes y servicios; Que, en ese contexto, mediante Memorando N° 000685-2024-CG/GRECE, la Gerencia de Recursos Estratégicos propone la modi fi cación del artículo 1 de la Resolución de Contraloría N° 376-2023-CG, a efectos de que se precise el ámbito geográ fi co donde se ubican las sedes administrativas de las unidades ejecutoras mencionadas precedentemente, con la fi nalidad de que éstas puedan desarrollar sus actividades con normalidad; Que, para la adecuada continuidad del proceso de implementación de la Unidad Ejecutora 003: Macrorregión de Control Norte, Unidad Ejecutora 004: Macrorregión de Control Centro y Unidad Ejecutora 005: Macrorregión de Control Sur, resulta pertinente modi fi car el artículo 1 de la Resolución de Contraloría N° 376-2023-CG, de conformidad con la propuesta formulada por la Gerencia de Recursos Estratégicos; quedando vigente los ámbitos territoriales de las mencionadas unidades ejecutoras, establecidos mediante Resolución de Contraloría N° 405-2023-CG; Que, de acuerdo a los literales a) y b) del artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, el Contralor General de la República cuenta con las facultades para determinar la organización interna de esta Entidad Fiscalizadora Superior, así como para planear, aprobar, dirigir, coordinar y supervisar las acciones de la Contraloría General y los órganos del Sistema Nacional de Control; Que, de acuerdo a las consideraciones expuestas, y estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante el Memorando N° 000415-2024-CG/GJNC, sustentado en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000358-2024-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión del acto resolutivo por el cual se modi fi ca el artículo 1 de la Resolución de Contraloría N° 376-2023-CG, a efectos de que se precise el ámbito geográ fi co donde se ubican las sedes administrativas de la Unidad Ejecutora 003: Macrorregión de Control Norte, Unidad Ejecutora 004: Macrorregión de Control Centro y Unidad Ejecutora 005: Macrorregión de Control Sur, respectivamente; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias;SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución de Contraloría N° 376-2023-CG, en los términos siguientes: “Artículo 1.- Formalizar la creación de tres (03) Unidades Ejecutoras a nivel descentralizado, en el Pliego 019: Contraloría General, conforme al siguiente detalle: - Unidad Ejecutora 003: Macrorregión de Control Norte, con sede administrativa en el ámbito territorial de la Gerencia Regional de Control de Piura. - Unidad Ejecutora 004: Macrorregión de Control Centro, con sede administrativa en el ámbito territorial de la Gerencia Regional de Control de Huánuco. - Unidad Ejecutora 005: Macrorregión de Control Sur, con sede administrativa en el ámbito territorial de la Gerencia Regional de Control de Puno.” Artículo 2.- Notifi car la presente Resolución a la Secretaría General y a todos los órganos y unidades orgánicas de la Contraloría General de la República, para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 2276944-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE Disponen la primera inscripción de dominio a favor del Estado peruano representado por el Gobierno Regional Lambayeque del predio denominado “El Triángulo” ubicado en el Sector Castilla, distrito de Monsefú, provincia Chiclayo, departamento Lambayeque RESOLUCIÓN JEFATURAL REGIONAL Nº 000129-2024-GR. LAMB/ORAD [320334336 - 0] Chiclayo, 29 de febrero de 2024 VISTO: El Certi fi cado de Búsqueda catastral Nº 3672127, Informe 31-2023/LACU (4622773-2) e Informe Técnico 0042-2023-GR.LAMB/ORAD-DIATPF-NCCA (4622773-4); CONSIDERANDO:La Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que lo conforman, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales que se encuentren bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme lo establece la Ley 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2021-Vivienda;