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51 NORMAS LEGALES Domingo 7 de abril de 2024 El Peruano / y desarrollo social, que permita dar soluciones para enfrentar la delincuencia en los distritos que conforman la mancomunidad. - Promover la gestión y conservación ambiental, la prevención del cambio climático. - Elaborar, gestionar, promover e implementar programas y proyectos en materia de gestión de riesgos para incrementar y optimizar la capacidad de prevención y respuesta ante desastres en un contexto integral, territorial y multisectorial. - Fortalecer las capacidades para el desarrollo local. Artículo Cuarto.- Delegar las competencias y funciones a la “MANCOMUNIDAD MUNICIPAL BALNEARIOS DE LIMA NORTE” que se detallan a continuación: Las municipalidades distritales intervinientes acuerdan delegar a la “MANCOMUNIDAD MUNICIPAL BALNEARIOS DE LIMA NORTE”, las siguientes funciones exclusivas: a) Gestionar y concertar con instituciones del sector público y privado sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo de los distritos conformantes de la Mancomunidad Municipal. b) Ejecutar directamente o proveer la ejecución de proyectos y obras de infraestructura urbana y rural que sean indispensables para el cumplimiento de los objetivos de la Mancomunidad Municipal. c) Participar en los procesos del presupuesto participativo y en otros espacios de concertación y participación ciudadana en los diferentes niveles de gobierno, respecto a los programas y proyectos que bene fi cien a la Mancomunidad Municipal. d) Plani fi car, ejecutar, monitorear actividades de apoyo directo e indirecto a la seguridad ciudadana, gestión del riesgo de desastre, infraestructura vial y ordenamiento urbano, gestión ambiental, desarrollo económico local y turismo, entre otros campos que determine el consejo directivo. Artículo Quinto.- La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Informática y Comunicación, la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.GEORGE ROBLES SOTO Alcalde 2275149-1 Designan Responsable del Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 056-2024-MDSR Santa Rosa, 29 de febrero del 2024 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 30305 “Ley de Reforma Constitucional”, precisa que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; que prescribe: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. Que, el Decreto Supremo N°021-2019-JUS, aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N°27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, estableciéndose en su artículo 5° que: “(…) La entidad pública deberá identi fi car al funcionario responsable de la elaboración de los portales de Internet”. Asimismo, el artículo 4° del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N°072-2003-PCM, señala: “(…) La designación del funcionario o funcionarios responsable de elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Adicionalmente, la Entidad colocará copia de la resolución de designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas. (…)”. Que, el artículo 1° del Decreto Supremo N°063-2010- PCM, Decreto Supremo que aprueba la implementación del Portal de Transparencia Estándar en las Entidades de la Administración Pública, establece: “Aprobar la implementación del Portal de Transparencia estándar de las entidades de la administración pública. Dicha herramienta informática contiene formatos estándares bajo los cuales cada entidad registrará y actualizará su información de gestión de acuerdo y lo establecido por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y a los plazos establecidos en ella, sin perjuicio de la información adicional que la Entidad considere pertinente publicar. Dicha herramienta se presenta en una versión amigable con defi niciones expresadas en un lenguaje claro y sencillo para un mejor entendimiento de la ciudadanía en general”; Que, el numeral 17.1 del artículo 17° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados y siempre que no lesiones derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; Que, mediante Resolución de Alcaldía N°043-2024/ MDSR de fecha 09 de febrero de 2024, se encargó a la C.P.C. Flor de María Gallardo Raymundo de Rea, en el cargo de con fi anza de Subgerente de Tecnología de la Informática y Comunicación de la Municipalidad Distrital de Santa rosa, con retención de su actual cargo de Subgerente de Tesorería de esta corporación municipal; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto en el numeral 6 del Artículo 20º y Artículo 43º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR, con e fi cacia anticipada al 09 de febrero del 2024, a la SUBGERENTE DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMÁTICA Y COMUNICACIÓN (e) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA, C.P.C. FLOR DE MARÍA GALLARDO RAYMUNDO DE REA, como Responsable del Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, de conformidad a los considerandos expuestos. Artículo Segundo.- ESTABLECER que los funcionarios y servidores de las diferentes Unidades Orgánicas de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, deberán proporcionar bajo responsabilidad la información y documentación que se requiera dentro de los plazos previstos y de conformidad con la normatividad aplicable. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO todo acto administrativo y/o disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”; y a la Subgerencia de Tecnología de la Informática y Comunicación la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.GEORGE ROBLES SOTO Alcalde 2275154-1