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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (24/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de abril de 2024 El Peruano / Por lo antes expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modi fi catorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dejar sin efecto el literal e) del numeral 1.2 del artículo 1 de la Resolución Nº D000250-2023- OSCE/PRE. Artículo 2.- Modi fi car el numeral 1.6 del artículo 1 de la Resolución Nº D000250-2023-OSCE/PRE, en los siguientes términos: “Artículo 1.- Delegar en el/la Secretario/a General del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, las siguientes facultades: (…) 1.6 En materia de Defensa Jurídica: Autorizar al procurador público a conciliar, transigir y desistirse de la pretensión, respecto del supuesto establecido en el inciso 1 del numeral 15.6 del artículo 15 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2019-JUS. (…) Artículo 3.- Incorporar el literal f) en el numeral 2.1 y el numeral 2.3 en el artículo 2 de la Resolución Nº D000250-2023-OSCE/PRE, en los siguientes términos: “Artículo 2.- Delegar en el/la Jefe/a de la O fi cina de Administración del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, las siguientes facultades: 2.1 En materia de Contrataciones del Estado: (…) f) Autorizar los procesos de estandarización. (…) 2.3 En materia de Defensa Jurídica: Autorizar al procurador público a conciliar o transigir, conforme a la ley de la materia, respecto del supuesto establecido en el numeral 15.8 del artículo 15 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2019-JUS, en los supuestos sin contenido patrimonial y con contenido patrimonial cuando la cuantía no supere las ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), en moneda nacional o su equivalente en moneda extranjera, monto que no incluye intereses. Artículo 4 .- Quedan vigentes los demás extremos de la Resolución Nº D000250-2023-OSCE/PRE, que no se opongan a la presente Resolución. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE (www.gob.pe/ osce). Regístrese, comuníquese y publíquese. LAURA LISSET GUTIERREZ GONZALES Presidenta Ejecutiva 2282184-1PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO Designan jefe de la Unidad de Sanción de la Oficina de Control Funcional de la Procuraduría General del Estado RESOLUCIÓN N° D000266-2024-JUS/PGE-PG San Isidro, 22 de abril del 2024VISTOS:El Informe N° D000147-2024-JUS/PGE-OA, emitido por la O fi cina de Administración; y, el Informe N° D000413-2024-JUS/PGE-OA-UFRH, emitido por la Unidad Funcional de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1326, modi fi cado por la Ley N° 31778, se reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y se crea la Procuraduría General del Estado, como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con personería jurídica de derecho público interno, autonomía funcional, técnica, económica y administrativa para el ejercicio de sus funciones, estableciéndose en su artículo 18 que el Procurador General del Estado es el titular del pliego y funcionario de mayor nivel jerárquico de la Procuraduría General del Estado; Que, la Ley N° 27594, que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece en su artículo 7 que, mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular de la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de con fi anza no contemplados en el artículo 1 de la citada Ley; Que, la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, tiene por objeto establecer los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fi n de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función; estando su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; Que, con Resolución Ministerial N° 0263-2020-JUS se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Procuraduría General del Estado, donde se establece el cargo estructural de jefe/a de la Unidad de Sanción de la O fi cina de Control Funcional de la Procuraduría General del Estado, con número de orden 364, código 068.14.03.2, y cuya clasi fi cación es cargo de con fi anza; Que, por Resolución de Gerencia General N° D000028-2022-JUS/PGE-GG, se aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Procuraduría General del Estado, donde se establece la clasi fi cación del personal de acuerdo a los grupos ocupacionales señalados en la Ley Marco del Empleo Público, así como los requisitos mínimos para asumir los cargos mencionados en dicho instrumento de gestión; Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de jefe/a de la Unidad de Sanción de la O fi cina de Control Funcional de la Procuraduría General del Estado, por lo que resulta necesario designar a la persona que ocupará dicho cargo; Que, conforme al numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos