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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2024 (24/04/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de abril de 2024 El Peruano / Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. Declarar NULO lo actuado hasta la citación a don Leónidas Asto Huamán, regidor del Concejo Distrital de Curahuasi, provincia de Abancay, departamento de Apurímac, para que asista a la sesión extraordinaria de concejo en la que se evaluó la vacancia seguida en su contra. 2. REQUERIR a don Gorky León Ojeda, alcalde de la Municipalidad Distrital de Curahuasi, provincia de Abancay, departamento de Apurímac, que convoque a una nueva sesión extraordinaria de concejo, en la cual se dilucide y resuelva la vacancia seguida en contra de don Leónidas Asto Huamán, regidor de la citada entidad, respetando estrictamente las formalidades previstas en los artículos 21 y siguientes del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, así como el plazo señalado en el cuarto párrafo del artículo 13 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se declare improcedente el pedido de convocatoria de candidato no proclamado y se archive el presente expediente, así como se remitan copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a efectos de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno, para que evalúe su conducta de acuerdo con sus competencias. 3. REQUERIR al secretario general de la Municipalidad Distrital de Curahuasi, provincia de Abancay, departamento de Apurímac, o a quien haga sus veces, para que informe si en contra del acuerdo de concejo municipal a emitirse, respecto de la vacancia de don Leónidas Asto Huamán, regidor de la citada entidad, se interpone algún recurso impugnatorio o, en su defecto, remita los actuados conjuntamente con la constancia que declare consentido aquel acuerdo de concejo; bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se declare improcedente el pedido de convocatoria de candidato no proclamado y se archive el presente expediente, así como se remitan copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a efectos de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno, para que evalúe su conducta, de acuerdo con sus competencias. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE; para la presentación de escritos u otros documentos se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional <www. jne.gob.pe>. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINA RAMÍREZ CHÁVARRY SANJINEZ SALAZAR OYARCE YUZZELLI Marallano Muro Secretaria General 1 Aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, publicado el 25 de enero de 2019 en el diario o fi cial El Peruano . 2 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2282054-1Requieren a alcalde de la Municipalidad Distrital de Yaután cumpla con notificar debidamente a ciudadano que solicitó su suspensión RESOLUCIÓN Nº 0108-2024-JNE Expediente Nº JNE.2023002273 YAUTÁN - CASMA - ÁNCASH SUSPENSIÓN TRASLADO Lima, dieciséis de abril de dos mil veinticuatroVISTOS: los actuados del procedimiento de suspensión incoado por don William Bonifacio Pinto Asencios (en adelante, señor solicitante) en contra de don Hever Luis Hinostroza Encarnación, alcalde de la Municipalidad Distrital de Yaután, provincia de Casma, departamento de Áncash (en adelante, señor alcalde), por incumplir lo dispuesto en el artículo 39-A de la Ley Nº 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, debido al ejercicio de la presidencia de la instancia distrital de concertación, causa prevista en el numeral 6 del artículo 25 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). ANTECEDENTES 1.1. El 24 de julio de 2023, el señor solicitante peticionó que se traslade al Concejo Distrital de Yaután su solicitud de suspensión formulada en contra del señor alcalde, por considerar que dicha autoridad está incursa en la causa de suspensión, prevista en el numeral 6 del artículo 25 de la LOM. 1.2. Con el Auto Nº 1, del 26 de julio de 2023, se trasladó dicho pedido de suspensión a fi n de que el Concejo Distrital de Yaután, como órgano de primera instancia, en sesión extraordinaria, se pronuncie al respecto. 1.3. Por medio del O fi cio Nº 063-2023-MDY/GM/ CHJGR, recibido el 18 de agosto de 2023, el gerente municipal de la Municipalidad Distrital de Yaután remitió los cargos de las noti fi caciones del Auto Nº 1, dirigidas a los miembros del concejo distrital. 1.4. A través del O fi cio Nº 002571-2023-SG/JNE, del 21 de setiembre de 2023, la Secretaría General de este órgano electoral requirió al señor alcalde para que, en un plazo máximo de tres (3) días hábiles, luego de recibido el citado o fi cio, cumpla con remitir la documentación relativa al presente procedimiento de suspensión. 1.5. Con el O fi cio Nº 354-2023-MDY/A, presentado el 5 de octubre de 2023, el secretario general de la Municipalidad Distrital de Yaután remitió el Acuerdo de Concejo Nº 070-2023-MDY y la Carta Nº 64-2023-MDY/A, del 4 de octubre de 2023, con la cual se noti fi có al señor solicitante el citado acuerdo de concejo. 1.6. Mediante la Carta Nº 065-2023-MDY-SG/JEUC, presentada el 26 de octubre de 2023, el secretario general de la Municipalidad Distrital de Yaután, entre otros, remitió la documentación que se detalla a continuación: a) Convocatoria Nº 19-2023-MDY/A, del 22 de agosto de 2023, con la que se noti fi có a los regidores miembros del Concejo Distrital de Yaután la sesión de concejo extraordinaria del Concejo Distrital de Yaután, convocada para el 29 de setiembre de 2023. b) Acta de la Sesión Extraordinaria del día 29 de setiembre de 2023, en la cual se acordó declarar infundada la solicitud de suspensión en contra del señor regidor. c) Acuerdo de Concejo Nº 070-2023-MDY, del 2 de octubre de 2023, que formalizó la decisión adoptada por el Concejo Distrital de Yaután, llevada a cabo el 29 de setiembre de 2023. d) Carta Nº 064-2023-MDY-SG/JEUC, del 4 de octubre de 2023, con la que se noti fi có al señor solicitante el Acuerdo de Concejo Nº 070-2023-MDY.