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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (01/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Jueves 1 de agosto de 2024 El Peruano / Indicador de brecha (IB)Tipo IBDescripción de la modificaciónModificación propuesta PORCENTAJE DE CENTROS INFANTILES DE ATENCIÓN INTEGRAL POR IMPLEMENTAR Cobertura Se incorporaron precisiones y ajustes en: definición, justificación, método de cálculo y supuestos y limitaciones. Para tener mayor claridad técnica en el alcance y cálculo del indicador, son actualizaciones de mejora y no representan cambios significativos. PORCENTAJE DE PLATAFORMAS DE ATENCIÓN DE SERVICIOS DEL ESTADOPOR IMPLEMENTAR Cobertura Se incorporaron precisiones y ajustes en: definiciónPara tener mayor claridad técnica en el alcance, en el marco del Decreto Supremo N° 013-2017-MIDIS. PORCENTAJE DE PLATAFORMAS DE ATENCIÓN DE SERVICIOS DEL ESTADO QUE OPERAN EN CONDICIONES INADECUADAS. Calidad Se incorporaron precisiones y ajustes en: definiciónPara tener mayor claridad técnica en el alcance, en el marco del Decreto Supremo N° 013-2017-MIDIS. Que, las modi fi caciones antes señaladas han sido validadas metodológicamente por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas mediante O fi cio N° 0444-2024- EF/63.03, el cual a su vez remite el Informe N° 0180- 2024-EF/63.03 de la Dirección de Política y Estrategias de la Inversión Pública de la referida Dirección General, en el que se recomienda la aprobación y publicación de los mencionados indicadores de brechas, en el marco de lo establecido por el párrafo 9.2 del artículo 9 del Reglamento y el artículo 11 de la Directiva; Que, a través de los Informes N° D000291-2024- MIDIS-OGPPM y N° D000271-2024-MIDIS-OGPPM así como del Memorando N° D000377-2024-MIDIS-OGPPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización traslada los Informes N° D000225-2024- MIDIS-OPI y N° D000208-2024-MIDIS-OPI así como el Informe de Trabajo N° D000056-2024-MIDIS-OPI-JRG emitidos por la O fi cina de Planeamiento e Inversiones, respectivamente, en el marco de la opinión emitida por la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones; Que, en tal virtud, corresponde emitir el acto resolutivo que modi fi que los indicadores de brechas del Sector Desarrollo e Inclusión Social en los términos señalados anteriormente; Con el visado del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la O fi cina de Planeamiento e Inversiones, en su condición de O fi cina de Programación Multianual de Inversiones; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo N° 242-2018-EF, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 284-2018-EF; la Directiva Nº 001-2019- EF-63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral Nº 001-2019-EF- 63.01 y sus modi fi catorias; y la Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 053-2019-MIDIS, modi fi cado por las Resoluciones Ministeriales N° 231-2020-MIDIS, N° 246-2021-MIDIS, N° 220-2022-MIDIS y N° D000137- 2023-MIDIS, por las razones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución, en los términos siguientes: Artículo 1.- Aprobar los cuatro (04) indicadores de brechas del Sector Desarrollo e Inclusión Social, para su aplicación en la fase de Programación Multianual de Inversiones (PMI) periodo 2026-2028, conforme a los Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución, bajo las siguientes denominaciones: Nº Indicadores de brechas (IB) Tipo IB 1Porcentaje de centros infantiles de atención integral en condiciones inadecuadas.Calidad 2Porcentaje de centros infantiles de atención integral por implementar.Cobertura 3Porcentaje de plataformas de atención de servicios del Estado por implementar.Cobertura 4Porcentaje de plataformas de atención de servicios del Estado que operan en condiciones inadecuadas.Calidad Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución y sus Anexos a la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y sus Anexos en la sede digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES Ministro de Desarrollo e Inclusión Social 2310991-1 EDUCACIÓN Designan Director de la Dirección de Gestión de Recursos Educativos RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 380-2024- MINEDU Lima, 30 de julio de 2024CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director(a) de la Dirección de Gestión de Recursos Educativos del Ministerio de Educación; Que, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el cargo al que se hace referencia en el considerando precedente; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor MANUEL ISIDRO VASQUEZ FLORES en el cargo de Director de la Dirección de Gestión de Recursos Educativos del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.MORGAN NICCOLO QUERO GAIME Ministro de Educación 2311272-1