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11 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de agosto de 2024 El Peruano / 10 Véase el siguiente enlace en su pagina 35: https://www.osiptel.gob.pe/ media/13udkrf3/resol229-2021-cd-metodologia-calculo-multas.pdf 11 Véase el siguiente enlace en sus páginas 61 a 64: https://www.osiptel.gob. pe/media/13udkrf3/resol229-2021-cd-metodologia-calculo-multas.pdf 12 Véase el siguiente enlace en su página 36: https://www.osiptel.gob.pe/ media/13udkrf3/resol229-2021-cd-metodologia-calculo-multas.pdf 13 Al respecto, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en la Guía práctica sobre el procedimiento administrativo sancionador (página 50), ha señalado que resulta posible sostener que el fundamento de la prescripción no radica en la subjetiva intención o voluntad del órgano administrativo de abdicar o renunciar, siquiera implícitamente al ejercicio de su derecho a sancionar, sino en la objetiva inactividad del mismo. Puede consultarse en https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/1526161/Gu%C3%ADa%20 pr%C3%A1ctica%20procedimiento%20administrativo%20sancionador.pdf?v=1609849061 2312844-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur a EE.UU., en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLÓGICA DE LIMA SUR RESOLUCIÓN RECTORAL N° 225-2024- UNTELS- R Villa El Salvador, 24 de julio de 2024VISTO: El Proveído N° 1206-2024-UNTELS-R, de fecha 22 de julio de 2024, mediante el cual la Rectora de la UNTELS, dispone: AUTORIZAR el viaje en comisión de servicios del Dr. Ing. Mario Bernabé Chauca Saavedra, docente principal de la Escuela Profesional de Ingeniería Mecánica y Eléctrica, para participar en el “Congreso Internacional IEEE MWSCAS”, programado en la ciudad de Boston EEUU, del 11 al 14 de agosto de 2024, asimismo, se dispone la asignación de recursos económicos por los importes de Tres Mil Quinientos Setenta y Tres con 00/100 Soles (S/ 3,573.00), Seis Mil Ochocientos Sesenta y Cuatro con 00/100 Soles (S/ 6,864,00) y Tres Mil Doscientos Setenta y Seis con 00/100 Soles (S/ 3,276.00), correspondiente a pasajes aéreos y gastos de transporte, viáticos y asignaciones por comisión de servicios y otros servicios similares, respetivamente, a ejecutarse con cargo al Presupuesto Institucional 2024, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 18° de la Constitución Política del Perú, en su cuarto párrafo establece: Cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las Universidades se rigen por la Ley Universitaria N° 30220 y sus propios estatutos en el marco de la constitución y de las leyes; Que, mediante Ley N° 27431, el 10 de enero de 2001, se crea la Universidad Nacional Tecnológica del Cono Sur, con sede en el Distrito de Villa El Salvador, Provincia y Departamento de Lima, asimismo, con la dación de la Ley N° 30184, de fecha 06 de mayo de 2014, se modi fi ca su denominación por la de Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur; Que, conforme al artículo 8° de la Ley Universitaria N° 30220, establece: “El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la constitución la presente Ley y demás normativa aplicable (…)”, la misma que el Tribunal Constitucional (TC), en su sesión del 15 de agosto de 2023, ha respaldado de manera de fi nitiva la Ley N° 31520, esta Ley restablece la autonomía y el funcionamiento de las universidades en el Perú;, asimismo, el artículo 60° de la citada ley establece que: “El Rector es el personero y representante legal de la universidad. Tiene a su cargo y a dedicación exclusiva, la dirección, conducción y gestión del gobierno universitario en todos sus ámbitos, dentro de los límites de la presente Ley y del Estatuto”; dentro de sus atribuciones y ámbito funcional que señala el inciso 62.2 del artículo 62 de la referida Ley indica: “Dirigir la actividad, académica, de la universidad y su gestión administrativa, económica y fi nanciera”; Que, mediante Resolución N° 002-2023-CEU- UNTELS, de fecha 02 de mayo de 2023, el Comité Electoral de la UNTELS reconoce a la Dra. Gladys Marcionila Cruz Yupanqui como Rectora, Dra. Marina Vilca Cáceres - Vicerrectora Académica y Dr. Angel Fernando Navarro Raymundo - Vicerrector de Investigación de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur; Que, la Ley Universitaria - Ley N° 30220, de fecha 09 de julio de 2014, en su artículo 65, numeral 65.1.3, establece: “Articulo 65. Atribuciones del Vicerrector:65.1.3 Atender las necesidades de capacitación permanente del personal docente”. Que, con fecha 02 de julio de 2024, el docente principal Dr. Ing. Mario Bernabé Chauca Saavedra, solicita a la Vicerrectora Académica la subvención económica para fi nanciar los gastos de participación en el “Congreso Internacional IEEE MWSCAS”, programado en la ciudad de Boston EEUU, del 11 al 14 de agosto de 2024; Que, mediante O fi cio N° 0509-2024-UNTELS-VRA, de fecha 05 de julio de 2024, dirigido a la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, la Vicerrectora Académica solicita en cumplimiento al numeral 65.1.3, del artículo 65 de la Ley N° 30220, la disponibilidad presupuestal para fi nanciar los gastos de participación del Dr. Ing. Mario Bernabé Chauca Saavedra, en el “Congreso Internacional IEEE MWSCAS”, programado en la ciudad de Boston EEUU, del 11 al 14 de agosto de 2024; …/// Que, mediante O fi cio N° 01530-2024-UNTELS-R-OPP, de fecha 17 de julio de 2024, la O fi cina de plani fi cación y Presupuesto remite a la Vicerrectora Académica en atención al O fi cio N° 0509-2024-UNTELS-VRA, la disponibilidad presupuestal para fi nanciar el viaje en comisión de servicios del Dr. Ing. Mario Bernabé Chauca Saavedra, quien participara en el “Congreso Internacional IEEE MWSCAS”, programado en la ciudad de Boston EEUU, del 11 al 14 de agosto de 2024, a ejecutarse con cargo a la Secuencia Funcional 005, Clasi fi cador 2.3.2.1.1.1 (pasajes y gastos de transporte) por el monto de Tres Mil Quinientos Setenta y Tres con 00/100 Soles (S/ 3,573.00); Clasi fi cador 2.3.2.1.1.2 (viáticos y asignaciones por comisión de servicios), equivalente a Seis Mil Ochocientos Sesenta y Cuatro con 00/100 Soles (S/ 6,864,00); y Clasi fi cador 2.3.2.7.1 99 (otros servicios similares) por el importe de Tres Mil Doscientos Setenta y Seis con 00/100 Soles (S/ 3,276.00), con cargo al Presupuesto Institucional 2024; Que, mediante O fi cio N° 553-2024-UNTELS-VRA, de fecha 18 de julio de 2024, la Vicerrectora Académica solicita a la Rectora de la UNTELS de conformidad al artículo 65, numeral 65.1.3 de la Ley N° 30220 - Ley Universitaria, autorizar la subvención económica para el viaje en comisión de servicios Dr. Ing. Mario Bernabé Chauca Saavedra, quien participará en el “Congreso Internacional IEEE MWSCAS”, programado en la ciudad de Boston EEUU, del 11 al 14 de agosto de 2024, conforme a la disponibilidad presupuestal emitida por la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto con O fi cio N° 01530-2024-UNTELS-R-OPP; Que, mediante O fi cio N° 1224-2024-UNTELS-R- DGA, de fecha 22 de julio de 2024, dirigido a la Rectora de la UNTELS, el Director (e) de la Dirección General de Administración precisa que, emitida la disponibilidad presupuestal según O fi cio N° 01530-2024-R-OPP, y con opinión favorable de la Vicerrectora Académica emitida con O fi cio N° 553-2024-UNTELS-VRA, correspondiente continuar con los trámites respectivos para el