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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (07/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 22

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de agosto de 2024 El Peruano / y Comunicaciones suscriba el Contrato de Concesión Única que se aprueba en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a suscribir la escritura pública del referido contrato y de las adendas. Artículo 4.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emita el acto administrativo correspondiente, si el Contrato de Concesión Única no es suscrito por la empresa EVERYTEL S.A.C. en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por el derecho de concesión y presentación de la carta fi anza que asegure el inicio de operaciones. Artículo 5.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones para conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2312780-1 Designan Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – Provías Nacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 442-2024-MTC/01 Lima, 6 de agosto de 2024 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, determina y regula el ámbito de competencias, las funciones y la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme al literal i) del artículo 8 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01, es función del Despacho Ministerial designar a los titulares de los cargos de con fi anza del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a Ejecutivo/a del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – Provías Nacional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor IVÁN VLADIMIR APARICIO ARENAS en el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – Provías Nacional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAUL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2312903-1ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE INVERSIÓN PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Declaran infundado recurso de apelación interpuesto por TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. c ontra la Resolución N° 00209-2024- GG/OSIPTEL RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL DE APELACIONES Nº 00024-2024-TA/ OSIPTEL Lima, 2 de agosto de 2024 EXPEDIENTE 00088-2023-GG-DFI/PAS MATERIA Recurso de Apelación interpuesto por la empresa TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. contra la Resolución de Gerencia General N° 00209-2024-GG/OSIPTEL ADMINISTRADO TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. VISTOS: (i) El Expediente Nº 00088-2023-GG-DFI/PAS, y; (ii) El recurso de apelación presentado el 2 de julio de 2024 por la empresa TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. (en adelante, TELEFÓNICA), contra la Resolución N° 00209-2024-GG/OSIPTEL (en adelante RESOLUCIÓN 209) emitida por la Gerencia General. I. ANTECEDENTES: 1.1 El 13 de setiembre de 2023, mediante carta N° 02423-DFI/2023 (en adelante, la carta de inicio), la Dirección de Fiscalización e Instrucción (en adelante, DFI) comunicó a TELEFÓNICA el inicio de un procedimiento administrativo sancionador (en adelante, PAS) por la presunta comisión de: (i) la infracción tipi fi cada en el artículo 4 del anexo 5 del Texto Único Ordenado de las Condiciones de Uso de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones (en adelante, el TUO de las CDU) 1, toda vez que no habría cumplido con lo dispuesto en el segundo y sexto párrafo del artículo 11-A de la mencionada norma, al haber superado el número máximo de intentos o consultas de veri fi cación biométrica por persona en el día. Dicha infracción fue cali fi cada como leve. (ii) la infracción tipi fi cada en el artículo 3 del anexo 5 del TUO de las CDU, toda vez que no habría cumplido con lo dispuesto en el artículo 67-B de la mencionada norma, al no haber remitido inmediatamente, a la activación del servicio, un mensaje de texto a todos los servicios móviles bajo titularidad de abonados registrados en dicha empresa operadora, así como un correo electrónico a la dirección registrada por el abonado, al momento de recibir la solicitud de reposición de SIM Card. Dicha infracción fue cali fi cada como muy grave. Se otorgó a la empresa operadora el plazo de cinco (5) días hábiles para que presente sus descargos. 1.2. El 20 de setiembre de 2023, TELEFÓNICA solicitó la ampliación del plazo para presentar sus descargos, el cual fue concedido mediante carta N° 02541-DFI/2023 notifi cada el 25 de setiembre de 2023. 1.3. El 23 de febrero de 2024, mediante carta N° 00115- GG/2024, la Gerencia General remitió a TELEFÓNICA el informe N° 00012-DFI/2024 (Informe Final de Instrucción) otorgándole cinco (5) días hábiles para formular sus descargos.