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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (07/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 22

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de agosto de 2024 El Peruano / Constitución. Dicha autonomía se mani fi esta en lo normativo, que implica la potestad autodeterminativa para la creación de normas internas (estatuto, reglamentos, entre otros) destinadas a regular la institución universitaria; Que el inciso 59.2 del artículo 59º de la Ley Universitaria, concordante con el inciso b) del artículo 55º del Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, establecen como una de las atribuciones del Consejo Universitario el de dictar el reglamento general de la universidad, el reglamento de elecciones y otros reglamentos internos especiales, así como vigilar su cumplimiento; Que asimismo, el inciso 59.9 del artículo 59º de la Ley Universitaria, concordante con el inciso i) del artículo 55º del Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos establecen como otra de las atribuciones del Consejo Universitario el de conferir los grados académicos, licenciaturas y los títulos profesionales aprobados por las facultades y el Vicerrectorado de Investigación y posgrado, así como otorgar distinciones honorí fi cas y reconocer y revalidar los estudios, grados y títulos de universidades extranjeras; Que la Comisión Permanente de Normas del Consejo Universitario con O fi cio N.º 000056-2024-CPN-CU- OCPTAUCU/UNMSM, en sesión del 12 de abril del 2024, acordó recomendar se reubique el procedimiento “11.8 Constancia de Ingreso” de la Dirección General de Estudios de Posgrado a las Unidades de Posgrado de las Facultades, así como la eliminación de los procedimientos “1.3 Entrega de Constancia para alumnos de Segunda Especialidad (Post-grado)” y “12.5 Veri fi cación de Declaración Jurada de Estudiantes de Universidades Extranjeras” de los registros en el Texto Único de Procedimientos Administrativos vigente de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; y, Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en su Sesión Ordinaria del 24 de mayo del 2024, a las atribuciones conferidas a la señora Rectora por la Ley N.º 30220 - Ley Universitaria y el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; SE RESUELVE: 1º.- Modi fi car la Resolución Rectoral N.º 01545-R-08 del 04 de abril del 2008 que aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, de acuerdo al siguiente detalle: a) Reubicar el procedimiento “11.8 Constancia de Ingreso” de su registro en el Texto Único de Procedimientos Administrativos vigente de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, de la Dirección General de Estudios de Posgrado a las Unidades de Posgrado de las Facultades: Dice: UNIDAD ORGÁNICA: ESCUELA DE POSGRADO 11.8 Constancia de Ingreso Debe decir: UNIDAD ORGÁNICA: UNIDAD DE POSGRADO - FACULTADES 9.4 Constancia de Ingreso de Posgrado b) Eliminar los procedimientos “1.3 Entrega de Constancia para alumnos de segunda especialidad (Post- grado)” y “12.5 Veri fi cación de Declaración Jurada de Estudiantes de Universidades Extranjeras” de su registro en el Texto Único de Procedimientos Administrativos vigente de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos: I. ENTREGA DE CONSTANCIAS 1.3 ALUMNOS DE SEGUNDA ESPECIALIDAD (POST- GRADO)XII. CONVALIDACIÓN, REVÁLIDA, RECONOCIMIENTO, OTORGAMIENTO DE GRADOS; VERIFICACIÓN DE DECLARACIÓN JURADA Y CONSTANCIAS 12.5 VERIFICACIÓN DE DECLARACIÓN JURADA DE ESTUDIANTES DE UNIVERSIDADES EXTRANJERAS 2º.- Encargar a la Secretaría General de la Universidad la publicación de la presente Resolución Rectoral en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la O fi cina General de Imagen Institucional su publicación en la página web de la Universidad. 3º.- Encargar a la O fi cina General de Plani fi cación, Secretaría General, a la Dirección General de Administración, Facultades y demás dependencias, el cumplimiento de la presente Resolución Rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.JERI GLORIA RAMÓN RUFFNER DE VEGA Rectora ELSA ASCENCIÓN MARCHINARES MAEKAWA Secretaria General * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. 2312901-1 MINISTERIO PÚBLICO Dejan sin efecto la Res. N° 2393-2022-MP- FN y disponen que la Tercera Fiscalía Superior Penal de Huánuco, en adición a sus funciones, conozca en grado las incidencias, contiendas de competencias y otras relacionadas con la especialidad, provenientes de la Fiscalía Provincial Especializada contra la Criminalidad Organizada del Distrito Fiscal de Huánuco RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1744-2024-MP-FN Lima, 5 de agosto de 2024 VISTOS:El ofi cio Nº 002862-2024-MP-FN-PJFSHUANUCO, de fecha 30 de mayo de 2024, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huánuco; así como el informe Nº 000160-2024-MP-FN- STI-NCPP, de fecha 5 de julio de 2024, remitido por la Ofi cina Técnica de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, y; CONSIDERANDO:Mediante la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2393-2022-MP-FN, de fecha 11 de noviembre de 2022, se designó a la Cuarta Fiscalía Superior Penal de Huánuco para que, en adición a sus funciones, conozca en grado las incidencias, contiendas de competencias y otros, provenientes de la Fiscalía Provincial Especializada contra la Criminalidad Organizada del Distrito Fiscal de Huánuco, así como otras incidencias relacionadas con la especialidad. A través del o fi cio de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huánuco solicita que la Tercera Fiscalía Superior Penal de Huánuco, en adición a sus funciones, conozca en grado las incidencias, contiendas de competencias y otras relacionadas con la especialidad, provenientes de la Fiscalía Provincial Especializada contra la Criminalidad Organizada del Distrito Fiscal de Huánuco, con el objetivo