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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (07/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 22

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de agosto de 2024 El Peruano / máximo Órgano Colegiado aprueba el dictamen precitado en los términos expuestos; Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamenta materias de su competencia”; Estando a lo expuesto, conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; el Reglamento Interno del Consejo Regional de Huánuco, y a lo dispuesto por el Pleno del Consejo Regional, con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, aprueba por UNANIMIDAD la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- DECLARAR, el “Día Regional de la Lucha contra la Corrupción en Huánuco”, el 23 de agosto de cada año. Artículo Segundo.- DERÓGUESE, las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, en coordinación con la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 18 días del mes de julio del año dos mil veinticuatro. CARLOS ALBERTO ESTEBAN ATENCIA Consejero Delegado POR TANTO: Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Huánuco, a los 24 días del mes de julio del año dos mil veinticuatro. ANTONIO L. PULGAR LUCAS Gobernador Regional 2311617-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Ordenanza que regula la emisión de certificado de jurisdicción, certificado de nomenclatura vial y certificado negativo catastral, en el distrito de Carabayllo ORDENANZA N° 503-2024/MDC Carabayllo, 19 de julio de 2024VISTOS: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha que se indica; el Informe N° 736-2024-SGCHU/MDC de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas; el Memorando N° 111-2024-GPPCI/MDC de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Institucional; el Informe N° 143-2024-GAJ/MDC de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 1270-2024-GM/MDC de la Gerencia Municipal y el Dictamen N° 05-2024-CDURYT/MDC de la Comisión de Desarrollo Urbano, Rural y Transporte; referidos a la aprobación de la Ordenanza que regula la emisión de Certi fi cado de Nomenclatura Vial, Certi fi cado de Jurisdicción y Certi fi cado Negativo Catastral en el Distrito de Carabayllo. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú preceptúa que “las Municipalidad es Provinciales y Distritales son los órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. Que, el artículo 40° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidad es, establece que las Ordenanzas de las Municipalidad es Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa Municipal, por medio de las cuales aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa. Que, los numerales 3.3 y 3.4 del artículo 79° de la precitada Ley, establecen como funciones especí fi cas exclusivas de las Municipalidades distritales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, elaborar y mantener el catastro distrital y disponer la nomenclatura de avenidas, jirones, calles, pasajes, parques, plazas y la numeración predial. Que, el artículo 90° y artículo 91° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios de la SUNARP, aprobado por Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos Nº 097-2013-SUNARP-SN, menciona que la inscripción de la jurisdicción distrital e inscripción de la nomenclatura vial, se efectúan en mérito a la resolución o certi fi cado de jurisdicción y resolución o certi fi cado de nomenclatura vial, respectivamente, en ambos casos, expedidos por la Municipalidad Distrital respectiva. Asimismo, el referido Reglamento establece como requisito para diversos procedimientos registrales, el certi fi cado negativo de zona catastrada, cuando se trata de predios ubicados en zonas no catastradas. Que, el numeral 36.1 del artículo 36 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los procedimientos administrativos y requisitos deben establecerse en una disposición sustantiva aprobada mediante decreto supremo o norma de mayor jerarquía, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, por Resolución del titular de los organismos constitucionalmente autónomos. Que, mediante Informe N° 736-2024-SGCHU/MDC, la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas presenta la propuesta de Ordenanza que regula la emisión de Certi fi cado de Nomenclatura Vial, Certi fi cado de Jurisdicción y Certi fi cado Negativo Catastral en el Distrito de Carabayllo, la cual establece los requisitos, procedimiento, competencias y plazos para la atención de las solicitudes de dichos certi fi cados. Que, con Memorando N° 111-2024-GPPCI/ MDC, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Institucional, emite opinión favorable, respecto del proyecto de Ordenanza que regula la emisión de Certi fi cado de Nomenclatura Vial, Certi fi cado de Jurisdicción y Certi fi cado Negativo Catastral en el Distrito de Carabayllo, el cual se encuentra enmarcado dentro de las competencias asignadas a los Gobiernos Locales Distritales, además de la normativa vigente en materia de procedimientos administrativos y simpli fi cación administrativa. Que, con Informe N° 143-2024-GAJ/MDC, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite después de la revisión de los actuados remitidos y la normatividad señalada en los párrafos procedentes, emite opinión legal favorable respecto a la aprobación del proyecto de Ordenanza que regula la emisión de Certi fi cado de Nomenclatura Vial, Certi fi cado de Jurisdicción y Certi fi cado Negativo Catastral en el Distrito de Carabayllo. Que, con Memorando N° 1270-2024-GM/MDC, la Gerencia Municipal teniendo en cuenta el pronunciamiento de la Gerencia de Asesoría Jurídica y demás unidades