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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (07/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 22

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de agosto de 2024 El Peruano / orgánicas competentes, remite los actuados para proceder con el trámite correspondiente. Que, mediante Dictamen N° 05-2024-CDURYT/MDC, la Comisión de Desarrollo Urbano, Rural y Transporte, recomienda al Pleno del Concejo Municipal la Aprobación del proyecto de Ordenanza que regula la emisión de Certi fi cado de Nomenclatura Vial, Certi fi cado de Jurisdicción y Certi fi cado Negativo Catastral en el Distrito de Carabayllo, por encontrarse conforme a la normativa Legal Vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 9) del artículo 9° y el artículo 40° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidad es y modi fi catorias, el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite lectura y aprobación del Acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA EMISIÓN DE CERTIFICADO DE JURISDICCIÓN, CERTIFICADO DE NOMENCLATURA VIAL Y CERTIFICADO NEGATIVO CATASTRAL, EN EL DISTRITO DE CARABAYLLO Artículo 1°.- OBJETO El objeto de la presente Ordenanza es regular el Procedimiento para la emisión de Certi fi cado de Jurisdicción, Certi fi cado de Nomenclatura Vial y Certi fi cado Negativo Catastral, a cargo la Municipalidad Distrital de Carabayllo. Artículo 2°.- ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente Ordenanza es de cumplimiento obligatorio para todas las personas naturales y jurídicas que requieran la obtención de Certi fi cado de Jurisdicción, Certi fi cado de Nomenclatura Vial y Certi fi cado Negativo Catastral, respecto de predios que se encuentren en la jurisdicción del Distrito de Carabayllo. Artículo 3°.- DEFINICIONES Para efectos de la aplicación de las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza, considérense las siguientes de fi niciones: a) Zona Catastrada: Es un ámbito geográ fi co dentro del territorio nacional, cuyo levantamiento y cartografía catastral está fi nalizada a fi n de ingresar a la BDC del SNCP. b) Zona no Catastrada: Ámbito geográ fi co dentro del territorio nacional cuyo levantamiento catastral no se ha ejecutado. c) Predio: Es la super fi cie delimitada por una línea poligonal continua y cerrada; y se extiende al subsuelo y al sobresuelo, comprendidos dentro de los planos verticales del perímetro super fi cial, excluyéndose del suelo y subsuelo a los recursos naturales, los yacimientos, restos arqueológicos y otros bienes regidos por leyes especiales. d) Vía: Espacio público destinado al tránsito de personas y/o vehículos. e) Certi fi cado de Jurisdicción: Documento expedido por la Municipalidad, mediante el cual se certi fi ca que un predio se encuentra ubicado dentro de la circunscripción territorial del Distrito. Este certi fi cado puede inscribirse en Registros Públicos. f) Certi fi cado de Nomenclatura Vial: Documento expedido por la Municipalidad, mediante el cual se indica el nombre actual y el o los nombres anteriores con los que se ha ido identi fi cando a una determinada vía. Este certi fi cado puede inscribirse en Registros Públicos. g) Certi fi cado Negativo Catastral: Documento expedido por la Municipalidad, el cual acredita que un predio sí existe y que no hay información catastral sobre él. h) Partida o fi cha registral: Documento expedido por los Registros Públicos en el cual se detalla el historial de un determinado inmueble, en la cual se detalla a los propietarios anteriores, propietarios actuales, área del inmueble, existencia de gravámenes, entre otros. Artículo 4°.- ÓRGANOS COMPETENTES La Subgerencia Catastro y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Distrital de Carabayllo es la Unidad Orgánica competente para la atención de las solicitudes de emisión de Certi fi cado de Jurisdicción, Certi fi cado de Nomenclatura Vial y Certi fi cado Negativo Catastral, así como la emisión de los respectivos certi fi cados. Artículo 5°.- REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO PARA OBTENER CERTIFICADO DE JURISDICCIÓN 5.1 Para obtener el Certi fi cado de Jurisdicción (servicio administrativo) el administrado deberá presentar, en recepción documentaria, los siguientes documentos: a) Solicitud simple indicando los datos del predio respecto del cual se solicita el Certi fi cado, nombres y apellidos completos, domicilio y número de Documento Nacional de Identidad o carné de extranjería del administrado, correo electrónico, número telefónico de contacto, y en su caso, la calidad de representante y de la persona a quien represente, precisando los documentos que se adjuntan. b) Plano perimétrico del predio con coordenadas UTM en sistema PSAD 56 y WGS 84. c) Declaración Jurada indicando número de Tomo y Foja, Ficha y/o Partida Registral en donde se encuentre inscrito el predio. De no estar inscrito en registros públicos, adjuntar copia simple del documento privado, escritura pública o constancia de inscripción que acredite la titularidad, acompañada de la declaración jurada del administrado acerca de su autenticidad. d) Pago por derecho de trámite. 5.2 Presentada la solicitud, cumpliendo con los requisitos señalados en el numeral 5.1, será remitida, en el día, a la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, para que, dentro del plazo de quince (15) días hábiles, realice los siguientes actos: a) Veri fi car la documentación presentada. b) Realizar la veri fi cación “in situ”, de corresponder. c) Emitir el Certi fi cado de Jurisdicción. d) Noti fi car el Certi fi cado de Jurisdicción al administrado. Artículo 6°.- REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO PARA OBTENER CERTIFICADO DE NOMENCLATURA VIAL 6.1 Para obtener el Certi fi cado de Nomenclatura Vial (servicio administrativo) el administrado deberá presentar, en recepción documentaria, los siguientes documentos: a) Solicitud simple indicando los datos del predio respecto del cual se solicita el Certi fi cado, nombres y apellidos completos, domicilio y número de Documento Nacional de Identidad o carné de extranjería del administrado, correo electrónico, número telefónico de contacto, y en su caso, la calidad de representante y de la persona a quien represente, precisando los documentos que se adjuntan. b) Declaración Jurada indicando número de Tomo y Foja, Ficha y/o Partida Registral en donde se encuentre inscrito el predio. De no estar inscrito en registros públicos, adjuntar copia simple del documento privado, escritura pública o constancia de inscripción que acredite la titularidad, acompañada de la declaración jurada del administrado acerca de su autenticidad. c) Pago por derecho de trámite. 6.2 Presentada la solicitud, cumpliendo con los requisitos señalados en el numeral 6.1, será remitida, en el día, a la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, para que, dentro del plazo de quince (15) días hábiles, realice los siguientes actos: a) Veri fi car la documentación presentada. b) Realizar la veri fi cación “in situ”, de corresponder. c) Emitir el Certi fi cado de Nomenclatura Vial. d) Noti fi car el Certi fi cado de Nomenclatura Vial al administrado.