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31 NORMAS LEGALES Martes 20 de agosto de 2024 El Peruano / CONSIDERANDO: Mediante el o fi cio de vistos, cursado por el abogado Juan Carlos Martin Vicente Cortés Carcelén, secretario general de la Junta Nacional de Justicia y recepcionado por la mesa única de partes virtual de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, el 9 de agosto de 2024, se remite copias certi fi cadas de la resolución de vistos, emitida por la Junta Nacional de Justicia, en el marco del registro de candidatos en reserva de la convocatoria Nº 006-2018-SN-REANUDACIÓN/JNJ, por la cual se nombró a la abogada Dely Rossana Pérez Valencia como fi scal adjunta superior penal de Cusco del Distrito Fiscal del Cusco. Sobre el particular, con fecha 9 de agosto de 2024, la Junta Nacional de Justicia en ceremonia pública proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento a la abogada Dely Rossana Pérez Valencia, en el cargo descrito en el párrafo que antecede. Por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1517-2021-MP-FN, de fecha 17 de noviembre de 2021, se resolvió nombrar a la abogada Dely Rossana Pérez Valencia, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal del Cusco, designándola en el despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar del Cusco. A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1133-2024-MP-FN, de fecha 10 de mayo de 2024, se nombró a la abogada Edith Verenice Villa Humpiri, como fi scal adjunta superior provisional del Distrito Fiscal del Cusco, designándola en el despacho de la Tercera Fiscalía Superior Penal del Cusco, con retención de su cargo de carrera, prorrogándose la vigencia de su nombramiento y designación con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1462-2024-MP-FN, de fecha 28 de junio de 2024. De acuerdo al numeral 3 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 052, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718, corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal. El numeral 4 del artículo 65 de la citada Ley Orgánica establece que corresponde al Fiscal de la Nación designar, según corresponda, a los Fiscales Titulares y Provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca. Así como, el artículo 32 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, re fi ere que la designación de los fi scales, en todos los niveles y especialidades, compete al Ministerio Público y se realiza en la plaza especí fi ca, para el órgano fi scal respectivo y sobre la base de la especialidad, experiencia, desempeño y antigüedad. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, modi fi cada por la Ley Nº 31718, prevé que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. En ese sentido y a la facultad concedida al Fiscal de la Nación, en virtud al nombramiento efectuado por la Junta Nacional de Justicia mediante la resolución de vistos, se hace oportuno emitir el acto resolutivo correspondiente a fi n de designar a la abogada Dely Rossana Pérez Valencia, en un despacho fi scal como fi scal adjunta superior conforme a su título de nombramiento expedido por la referida resolución; sin embargo, previamente corresponde concluir su nombramiento y designación en el despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar del Cusco al haber ostentado el cargo de fi scal provincial provisional, conforme se ha descrito en el tercer párrafo de la parte considerativa de la presente. Al respecto, a través del o fi cio Nº 002150-2024-MP- FN-PJFSCUSCO, la abogada Griselda Venero de Monteagudo, presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Cusco informa el código AIRHSP 000659 correspondiente a la plaza de fi scal adjunta superior de la Tercera Fiscalía Superior Penal del Cusco; así como, con el o fi cio Nº 002118-2024-MP- FN-PJFSCUSCO, suscrito por la presidenta en mención, propone que se concluya a la abogada Edith Verenice Villa Humpiri, indicando que su propuesta se realiza en virtud a que dicho código AIRHSP pertenece a la plaza indicada y que actualmente viene ocupando provisionalmente la magistrada Edith Verenice Villa Humpiri, debiendo retornar a su cargo de fi scal adjunta provincial titular. Por lo tanto, se debe dar por concluido el nombramiento y designación de la abogada Edith Verenice Villa Humpiri, quien ocupa provisionalmente la plaza en el cargo de fi scal adjunta superior de la Tercera Fiscalía Superior Penal del Cusco, en la cual será designada la abogada Dely Rossana Pérez Valencia al ser nombrada por la Junta Nacional de Justicia. De otro lado, es necesario señalar que, con Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1591-2024-MP-FN, de fecha 15 de julio de 2024, se resolvió nombrar a la abogada Anais Katiusca Lucana Lucana, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal del Cusco, designándola en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Anta. Al respecto, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC n° 2770-210-PA/TC). Nótese que la incorporación al sistema fi scal de los fi scales provisionales no titulares se efectúa sobre la base de una situación fáctica de no titularidad con una connotación temporal, no correspondiéndole el procedimiento ni los derechos que emanan del nombramiento previsto en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú. En relación a la provisionalidad, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, ha señalado que esta “no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria”. De este modo se destaca la comprensión de la condición resolutoria, desarrollada por la Corte, en el Caso Casa Nina vs. Perú, que “sería la extinción de la causa que motivó la ausencia o separación temporal de la funcionaria o el funcionario titular, o el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público para proveer los reemplazos de carácter permanente”. En consecuencia, atendiendo a que el nombramiento y designación de la abogada Edith Verenice Villa Humpiri, se efectuaron con retención de su cargo de carrera como fi scal adjunta provincial titular, corresponde designarla en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Anta, conforme a su título de nombramiento, debiéndose previamente dar por concluido el nombramiento y designación de la abogada Anais Katiusca Lucana Lucana, quien ocupa provisionalmente el cargo en el despacho fi scal en el cual será designada la primera abogada en mención, teniendo en consideración para ello la propuesta efectuada a través del o fi cio Nº 002150-2024-MP-FN- PJFSCUSCO, cursado por la abogada Griselda Venero de Monteagudo, presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Cusco. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado con el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Dely Rossana Pérez Valencia, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal del Cusco, y su designación en el despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar del Cusco, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1517-2021-MP-FN, de fecha 17 de noviembre de 2021. Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Edith Verenice Villa Humpiri, como fi scal adjunta superior provisional del Distrito Fiscal del Cusco, y su designación en el despacho de la Tercera Fiscalía Superior Penal del Cusco; por consiguiente, dejar sin efecto la prórroga de la vigencia de su nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs 1133-2024-MP-FN y 1462-2024-MP-FN,