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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (29/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Jueves 29 de agosto de 2024 El Peruano / del Petróleo”, aprobado por Resolución Nº 082-2012- OS/CD y modi fi catorias, corresponde a la Gerencia de Regulación de Tarifas, la actualización de las Bandas y la fi jación de los Márgenes Comerciales; Que, de acuerdo con lo señalado en el numeral 4.1 del artículo 4 del DU 010 y en el numeral 6.5 del artículo 6 de las Normas Reglamentarias y Complementarias del Fondo, mediante O fi cio Múltiple Nº 1349-2024-GRT de fecha 20 de agosto de 2024, Osinergmin convocó a los integrantes de la Comisión Consultiva a una reunión no presencial, llevada a cabo el día lunes 26 de agosto de 2024, donde se les informó sobre las actualizaciones de las Bandas de Precios de los Productos que se encuentran dentro del Fondo; Que, luego de la evaluación respectiva, cuyo detalle se encuentra en el Informe Técnico Nº 625-2024-GRT elaborado por la División de Gas Natural de la Gerencia de Regulación de Tarifas, corresponde actualizar la Banda de Precios para el Diésel BX destinado al uso vehicular y mantener la Banda de Precios para el PIN 6 GGEE SEA fi jada mediante Resolución Nº 021-2024-OS/GRT; así como fi jar sus respectivos Márgenes Comerciales; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 con el que se creó el Fondo para la estabilización de precios de los combustibles derivados del Petróleo; en el Decreto Supremo Nº 142-2004-EF mediante el cual se aprobaron normas reglamentarias y complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004 ; en el Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2016-PCM; en el Decreto de Urgencia Nº 005-2012; en el Decreto Supremo Nº 025-2021-EM; y en el Procedimiento para la publicación de la Banda de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo aprobado mediante Resolución Nº 082-2012-OS/CD así como en sus normas modi fi catorias y complementarias, y; Con la opinión favorable de la División de Gas Natural y de la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas. SE RESUELVE: Artículo 1.- Banda de Precios del PIN 6 GGEE SEA Disponer que la Banda de Precios para el Petróleo Industrial 6 utilizado en Generación Eléctrica en Sistemas Aislados fi jada mediante Resolución Nº 021-2024-OS/ GRT se mantiene vigente desde el viernes 30 de agosto de 2024 hasta el jueves 31 octubre de 2024, según lo siguiente: Producto LS LI PIN 6 GGEE SEA 8,05 7,95 Notas: 1. Los valores se expresan en Soles por Galón. 2. LS: Límite Superior de la Banda 3. LI: Límite Inferior de la Banda 4. PIN 6 GGEE SEA : Petróleo industrial 6 utilizado en generación eléctrica en sistemas eléctricos aislados. Artículo 2.- Margen Comercial del PIN 6 GGEE SEA Fijar como Margen Comercial para el Petróleo Industrial 6 utilizado en Generación Eléctrica en Sistemas Aislados el valor del Cuadro Nº 5 del Informe Técnico Nº 625-2024-GRT. Dicho margen comercial estará vigente a partir del viernes 30 de agosto de 2024 hasta el jueves 31 octubre de 2024. Artículo 3.- Fijación de las Bandas de Precios del Diésel B5 destinado al uso vehicular Fijar las Bandas de Precios para el Diésel B5 destinado al uso vehicular que estarán vigentes desde el viernes 30 de agosto de 2024 hasta el jueves 26 de setiembre de 2024, según lo siguiente: Producto LS LI Diésel B5 Bajo Azufre 9,69 9,59 Diésel B5 Alto Azufre 9,69 9,59Notas: 1. Los valores del Diésel B5 se expresan en Soles por Galón. 2. LS: Límite Superior de la Banda. 3. LI: Límite Inferior de la Banda. 4. Diésel B5: Diésel B5 destinado al uso vehicular. Artículo 4.- Márgenes Comerciales del Diésel B5 destinado al uso vehicular Fijar como Márgenes Comerciales para los Productos señalado en el artículo 3 de la presente resolución los valores del Cuadro Nº 6 del Informe Técnico Nº 625-2024-GRT. Dichos márgenes comerciales estarán vigentes desde el viernes 30 de agosto de 2024 hasta el jueves 26 de setiembre de 2024 Artículo 5.- Informes que integran la resolución Incorporar el Informe Técnico Nº 625-2024-GRT y el Informe Legal Nº 626-2024-GRT, como parte integrante de la presente resolución. Artículo 6.- Publicación de la Resolución Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial “El Peruano” y en el portal institucional de Osinergmin: www.gob.pe/osinergmin, y consignarla junto con el Informe Técnico Nº 625-2024-GRT y el Informe Legal Nº 626-2024-GRT en: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2024.aspx MIGUEL JUAN RÉVOLO ACEVEDO Gerente de Regulación de Tarifas 2319719-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Designan director de la Dirección de Fiscalización de la Sunass RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 040-2024- SUNASS-PE Lima, 27 de agosto de 2024VISTOS:El Memorando Nº 00234-2024-SUNASS-GG de la Gerencia General, el Informe Nº 0199-2024-SUNASS-OAF-URH de la Unidad de Recursos Humanos y el Memorando Nº 513-2024-SUNASS-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; considera dentro de su ámbito de aplicación a las entidades de la administración pública comprendidas en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil. Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 277- 2020-PCM se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP de la Sunass, el cual fue actualizado mediante la Resolución de Recursos Humanos Nº 001-2024-SUNASS-OAF-URH; en dicho CAP se consigna el cargo de director/a de la Dirección de Fiscalización con el registro Nº 185 cuya clasi fi cación es de empleado de con fi anza y se encuentra vacante, siendo necesario cubrirlo. Que, mediante Memorando Nº 00234-2024-SUNASS- GG, la Gerencia General solicitó a la Unidad de Recursos Humanos emita opinión sobre si el señor José Miguel Kobashikawa Maekawa (en adelante, señor Kobashikawa), cumple con los requisitos para desempeñar el cargo de director/a de la Dirección de Fiscalización.