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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2024 (29/08/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Jueves 29 de agosto de 2024 El Peruano / en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Información necesaria para inscribir las áreas afectadas del bien inmueble a favor del Bene fi ciario y orden de levantar toda carga o gravamen que contenga la partida registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, a efectos de inscribir las áreas expropiadas del bien inmueble a favor del Bene fi ciario, en atención a lo establecido en el último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la partida registral respecto de las áreas expropiadas del inmueble. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos.Artículo 4.- Inscripción registral de las áreas afectadas del bien inmueble a favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, inscriba a favor del Bene fi ciario las áreas expropiadas del bien inmueble, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Dispone r que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, noti fi que la presente Resolución Ministerial a los Sujetos Pasivos de la Expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura y sus modi fi catorias, requiriéndoles la desocupación y entrega de las áreas expropiadas del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse las áreas del bien inmueble desocupadas, o treinta (30) días hábiles de estar ocupadas o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión de las áreas expropiadas del bien inmueble. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LAS TASACIONES DE LAS ÁREAS AFECTADAS DE UN (01) INMUEBLE PARA LA EJECUCION DE LA OBRA: “REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA CHAMAYA - JAÉN - SAN IGNACIO - RIO CANCHIS, TRAMO: SAN IGNACIO - PUENTE INTEGRACIÓN”. Nº SUJETO ACTIVOSUJETO PASIVOIDENTIFICACION DEL AREA DEL BIEN INMUEBLE VALOR DE LAS TASACION (S/)CODIGO: ASIPINT-092 AREA AFECTADA N°1 : 1 012.55m2AFECTACION: PARCIAL 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES- PROVIAS NACIONALLINDAURA CAMACHO GOMEZ RODOLFO ERNESTO ARIAS NUÑEZLINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL AREA AFECTADA: POR EL NORTE: CARRETERA SAN IGNACIO - PUENTE INTEGRACION.Con una longitud de 8.37 m. POR EL SUR: CARRETERA SAN IGNACIO - PUENTE INTEGRACION.Con una longitud de 5.35 m. POR EL ESTE: CARRETERA SAN IGNACIO - PUENTE INTEGRACION.Con una longitud de 134.21 m. POR EL OESTE: COLINDA CON EL AREA REMANENTE DEL PREDIO INSCRITO EN LA P.E. 02096992.Con una longitud de 133.86 m. - Partida Registral Nº 02096992 de la Zona Registral Nº II - Sede Chiclayo - Oficina Registral de Jaén. - Informe Técnico N° 033- 2024 -PGMP, de fecha 27.03.2024COORDENADAS UTM DE AREA AFECTADA N° 1 107 617,40VERTICE LADODISTANCIA (m)WGS84 ESTE (X) Norte (Y) 1 1-2 6.94 720781.4596 9431653.43012 2-3 0.23 720788.2295 9431654.96933 3-4 1.20 720788.4321 9431655.08014 4-5 12.34 720789.5000 9431655.62995 5-6 18.95 720794.8321 9431644.5010 6 6-7 13.93 720803.1074 9431627.4530 7 7-8 7.40 720809.3986 9431615.02008 8-9 14.03 720812.8679 9431608.48209 9-10 14.48 720819.7967 9431596.2860 10 10-11 11.66 720826.0594 9431583.2260 11 11-12 2.98 720830.7075 9431572.5290 12 12-13 8.53 720831.6164 9431569.687013 13-14 17.43 720834.3621 9431561.6060 14 14-15 12.48 720838.7613 9431544.7370 15 15-16 5.15 720841.3166 9431532.521616 16-17 0.20 720836.2653 9431531.530917 17-18 3.40 720836.0703 9431531.484018 18-19 9.83 720835.1901 9431534.769919 19-20 9.83 720832.1993 9431544.138320 20-21 9.82 720828.7817 9431553.358421 21-22 9.82 720825.2160 9431562.513322 22-23 9.82 720821.3446 9431571.5386 23 23-24 9.82 720817.5918 9431580.6079 24 24-25 9.82 720813.6833 9431589.616525 25-26 9.96 720809.5323 9431598.5208