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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (19/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 164

TEXTO PAGINA: 123

123 NORMAS LEGALES Jueves 19 de diciembre de 2024 El Peruano / de Habilitación Urbana Modalidad C - Aprobación de Proyecto con evaluación previa por los Revisores Urbanos para todas las demás Habilitaciones Urbanas que no se encuentren contempladas en las modalidades A, B y D, como aquellas a ejecutarse sobre predios que constituyan parte integrante del patrimonio cultural de la nación, áreas naturales protegidas, su zona de amortiguamiento y en ecosistemas frágiles”, se le ha consignado el derecho de trámite de S/ 48.50 soles, cuando según el TUPA- Fichero y el Resumen de Costos, se consignó el monto de S/ 46.50. Adicionalmente, en la denominación de los servicios exclusivos han sido consignados como “Reimpresión de Declaración Jurada HR o PU a)” y “Reimpresión de Declaración Jurada HR o PU b)”, cuando en el TUPA- Fichero y el Resumen de Costos, la denominación es “Reimpresión de Declaración Jurada HR o PU a) Por primera hoja” y “Reimpresión de Declaración Jurada HR o PU b) Por hoja adicional”. En atención a lo expuesto, se exhorta a la Municipalidad a que adecúe normativamente el monto del derecho del trámite a S/ 46.50 soles y la denominación a “Reimpresión de Declaración Jurada HR o PU a) Por primera hoja” y “Reimpresión de Declaración Jurada HR o PU b) Por hoja adicional”. Artículo Segundo.- El presente acuerdo ratifi catorio, para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de la publicación, incluyendo el texto de la Ordenanza Nº 505-2024/MDC, en el diario ofi cial El Peruano. Adicionalmente, la ordenanza y su anexo TUPA que contiene los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad y derechos de trámite se publicarán en el portal web del diario ofi cial El Peruano, así como también, en la Plataforma Digital Única para Orientación del Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo portal institucional, conforme lo dispuesto en los numerales 38.2 y 38.3 del artículo 38 de la Ley Nº 27444. Es responsabilidad de la municipalidad distrital adecuarse a los cambios normativos que se produzcan posteriormente. La aplicación de la ordenanza materia de la presente ratifi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Carabayllo así como la aplicación estricta de las disposiciones contenidas en la ordenanza ratifi cada y en la normativa vigente. Dicha responsabilidad implica adoptar las medidas necesarias a efectos que, la relación de los procedimientos administrativos que cuenten con pronunciamiento favorable, el derecho de trámite total del procedimiento no exceda el valor de una (1) unidad impositiva tributaria, y en caso que excediera, previo a su cobro se solicite la autorización prevista en el artículo 45.1 de la Ley Nº 27444, cuya fi scalización se encuentra a cargo de entidades competentes para ello. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Servicio de Administración Tributaria de Lima – SAT que, posterior al cumplimiento del citado requisito de publicación, efectúe la publicación del presente acuerdo a través de su página web: www.sat.gob.pe, así como del Informe Nº D000064-2024-SAT-ART. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Ofi cina de Gobierno Digital la publicación del presente acuerdo en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.transparencia.munlima.gob.pe. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.RENZO ANDRÉS REGGIARDO BARRETO Teniente Alcalde Información actualizada a su alcance andina.pe DESEAS QUE SU NEGOCIO CREZCA Y TENER MÁS CLIENTES Av. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima • Central Telefónica: (01) 315-0400 CONTACTO COMERCIAL 996 410 162 915 248 092 ventapublicidad@editoraperu.com.pe