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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (19/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 164

TEXTO PAGINA: 120

120 NORMAS LEGALES Jueves 19 de diciembre de 2024 El Peruano / Séptima.- Aprobación de cuadros de gráfi cos Apruébese el cuadro de gráfi cos, en los cuales se describen gráfi camente los lineamientos técnicos de los elementos de publicidad exterior en bien de dominio privado, conforme al Anexo N° 5 que forma parte de la presente ordenanza. Octava.- Sobre Normativa De Las Municipalidades Distritales En sujeción a las disposiciones de la presente ordenanza, las municipalidades distritales se encuentran facultadas para regular complementariamente los procedimientos y las disposiciones técnicas para autorizar la ubicación de elementos de publicidad exterior en el ámbito de sus competencias. Novena.- Base del hecho imponible El hecho imponible aplicado en el aprovechamiento del bien de dominio público en vías locales del Cercado de Lima, con relación a la ubicación de elementos de publicidad exterior, se realiza anualmente conforme al siguiente detalle: Tipo de elemento de publicidad exterior % UIT Inflable publicitario 2.53% Panel simple 3.09% Panel monumental 4.18% Panel monumental unipolar 5.07% Paleta publicitaria 2.53% Tótem 3.17% Volumétrico 2.53% El cálculo del aprovechamiento del bien de dominio público se sujeta a la aplicación de la siguiente fórmula: TasaEPE = PorcentajeEPE x UIT x m2EPETasaEPE: Es monto en soles que deberá abonar la persona natural o jurídica propietaria del elemento de publicidad exterior autorizado por la Municipalidad. PorcentajeEPE: Es la tasa por aprovechamiento de un bien público mediante elementos de publicidad exterior según su tipo. En caso el elemento de publicidad exterior se encuentre sobre una vía metropolitana, la tasa por aprovechamiento de un bien de dominio público se multiplicara por un factor de 1.15. UITEPE: El valor vigente en soles de la Unidad Impositiva Tributaria - UIT, publicada por el Estado Peruano correspondiente al año de aplicación de la fórmula. m2EPE: El total del área útil para publicidad que disponga el elemento de publicidad exterior. (…)” El aprovechamiento del bien de dominio público de vías locales requiere la ejecución del pago correspondiente, el cual es comunicado al titular mediante una liquidación de pago, y se encontrará en el anexo de la resolución de autorización. Asimismo, el monto anual resultante del cálculo podrá ser fraccionado de manera mensual del año en curso (12 meses), haciéndose efectivo desde la emisión de la autorización; además de ello, se comunicará al titular de la autorización cada primera semana de enero del año correspondiente, respecto a la liquidación de pago del aprovechamiento a través de una carta remitida al domicilio legal o al correo electrónico autorizado. El titular de la autorización del elemento de publicidad exterior, es responsable de cumplir con el pago correspondiente de manera mensual o anual, hasta el último día del aprovechamiento del bien de dominio público o hasta la fecha en la que solicite la baja de su autorización. Cuando no se realice el pago dentro del plazo correspondiente, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ejecuta la acción de cobranza de la deuda pendiente de pago. En caso no se cumplieran con los pagos correspondientes por más de tres (3) meses consecutivos, se comunicará a la Procuraduría Pública Municipal, a fi n que inicie las acciones legales que correspondan en salvaguarda de los intereses de la Comuna Edil. Décima.- Publicación Encárguese a la Ofi cina General de la Secretaria del Concejo, la publicación de la presente ordenanza en el diario ofi cial “El Peruano”; y a la Ofi cina de Gobierno Digital de la Ofi cina General de Administración, la publicación de la misma, incluidos sus anexos, en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.transparencia.munlima.gob.pe, el mismo día de su publicación en el diario ofi cial; así como, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano: www.gob.pe. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Primera.- Procedimientos en trámite Los procedimientos administrativos de autorización para la ubicación de elementos de publicidad exterior (EPE) iniciados antes de la entrada en vigencia de la presente ordenanza, deberán adecuarse a las disposiciones de la normatividad vigente. Segunda.- Plazo de regularización de autorización El plazo para regularizar la autorización de la ubicación del elemento de publicidad exterior (EPE), conforme a lo establecido en el artículo 24 de la presente ordenanza, es de noventa (90) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente ordenanza, en el diario ofi cial “El Peruano”. Tercera.- Actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos Otórguese el plazo de cuarenta y cinco (45) días hábiles, a partir de la entrada en vigencia de la presente ordenanza, para la adecuación de los procedimientos administrativos, conforme a lo dispuesto en la presente ordenanza. Durante este periodo, la Municipalidad Metropolitana de Lima, adoptará las medidas necesarias para garantizar el pleno cumplimiento de las regulaciones mencionadas. Cuarta.- Actualización del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima y de los documentos de gestión Otórguese el plazo perentorio de diez (10) días hábiles, contados desde la publicación de la presente ordenanza, a las unidades orgánicas competentes de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para la adecuación del Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima acorde a las disposiciones aprobadas en la presente ordenanza. La Ofi cina General de Planifi cación y Finanzas, la Gerencia de Desarrollo Urbano y la Gerencia de Promoción de la Inversión Privada, promoverán y formalizarán en conjunto, la actualización de los documentos de gestión necesarios, en un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días hábiles, contados desde la publicación de la presente ordenanza. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA ÚNICA.- DEROGACIÓN Deróguese la Ordenanza N° 2348-2021, que regula las disposiciones técnicas y procedimientos administrativos de autorización para la ubicación de elementos de publicidad exterior en los distritos de la provincia de Lima, a partir de la entrada en vigencia de la presente ordenanza, así como todas aquellas disposiciones que se opongan a la presente ordenanza. POR TANTO: Al promulgarla, mando se registre, publique y cumplaDado en el Palacio Municipal de Lima, a los doce días de diciembre del dos mil veinticuatro. FABIOLA MARÍA MORALES CASTILLO Regidora Metropolitana 2354658-1