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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (27/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Viernes 27 de diciembre de 2024 El Peruano / se cuenta con la previsión presupuestal para los años fi scales 2025, 2026, 2027, 2028 y 2029, por el importe total de S/ 28 778 750,00 (Veintiocho millones setecientos setenta y ocho mil setecientos cincuenta y 00/100 soles), para la referida contratación; Que, la O fi cina de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración, a través del Informe N° 1058- 2024-EF/43.03, informa que, la contratación del Servicio de asesoría jurídica en el marco del arbitraje internacional iniciado por Gas Natural de Lima y Callao S.A., ha sido incluida en el Plan Anual de Contrataciones de la Unidad Ejecutora 001: Administración del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas correspondiente al año fi scal 2024, mediante la Resolución Directoral N° 176-2024-EF/43.01; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica adjunta al Memorando N° 1523-2024-EF/42.02, el Informe N° 1121-2024-EF/42.02 de su O fi cina de Asuntos Jurídicos Económicos y Administrativos, con opinión favorable sobre el proyecto de contrato a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el estudio Foley Hoag LLP; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión; y, en el Decreto Supremo N° 002-2009- EF, que aprueba el procedimiento para la contratación de servicios de abogados, estudios de abogados y otros profesionales necesarios para la participación del Estado en controversias internacionales de inversión en el marco de la Ley N° 28933; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la contratación del estudio Foley Hoag LLP, seleccionado por la Comisión Especial en el marco de la Ley N° 28933, Ley que establece el Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión, de acuerdo con lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Autorizar al Jefe de la O fi cina General de Administración para que, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, suscriba el contrato de prestación del servicio de asesoría jurídica con el estudio Foley Hoag LLP. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ARISTA ARBILDO Ministro de Economía y Finanzas 2357334-1 Aprueban la Contratación del servicio de información financiera “Bloomberg Terminal” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 402-2024-EF/43 Lima, 26 de diciembre del 2024CONSIDERANDO:Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas está autorizado a contratar, de acuerdo con los procedimientos que se establezcan mediante decreto supremo, con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economía y Finanzas, los servicios de asesoría legal y fi nanciera, y otros servicios especializados, vinculados directa o indirectamente, para la realización de las operaciones a su cargo dispuestas bajo el ámbito del citado Decreto Legislativo; Que, bajo dicho marco normativo, mediante Decreto Supremo N° 167-2021-EF, se aprueban los “Procedimientos para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal, Financiera y Otros Servicios Especializados, en el marco del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público”, cuyo artículo 3 establece que la contratación de servicios especializados, vinculados indirectamente para la realización de las operaciones, son efectuadas por la O fi cina General de Administración; Que, asimismo, el literal b) del artículo 9 de los citados Procedimientos señala que se consideran servicios especializados vinculados indirectamente con la realización de las operaciones, entre otros, a los servicios de información de mercados fi nancieros especializados a través de proveedores globales particulares, entre los que, se encuentra, entre otros, BLOOMBERG; Que, el numeral 10.2 del artículo 10 de los referidos Procedimientos dispone que cuando la Dirección General del Tesoro Público requiera contratar servicios prestados por proveedor único, la O fi cina General de Administración procede a su contratación, previo cumplimiento del procedimiento señalado en dicho numeral; Que, asimismo, el numeral 10.3 del artículo 10 de los indicados Procedimientos establece que, mediante resolución ministerial, a propuesta de la O fi cina General de Administración, se aprueba la contratación correspondiente en el numeral 10.2 y se autoriza al Director General de la O fi cina General de Administración a suscribir el contrato en representación del MEF; Que, fi nalmente, el numeral 10.4 del artículo 10 de los aludidos Procedimientos, establece que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la O fi cina General de Administración, remite la información correspondiente a la contratación, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República y a la Contraloría General de la República, dentro de los cuarenta y cinco (45) días hábiles siguientes de realizada la contratación correspondiente, bajo responsabilidad del titular del pliego, conforme a lo previsto en la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público; Que, en este marco, la Dirección General del Tesoro Público, mediante Memorando N° 0291-2024-EF/52.05, sustenta las razones que justi fi can la contratación como proveedor único de la empresa Bloomberg Finance L.P, para que brinde el servicio de información de mercados fi nancieros especializados, vinculado indirectamente con la realización de operaciones; Que, la O fi cina de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración con el Informe N° 1071-2024-EF/43.03, señala que se ha cumplido con lo señalado en el numeral 10.2 del artículo 10 de los Procedimientos aprobados por Decreto Supremo N° 167-2021-EF y alcanza el proyecto de contrato de prestación de servicios que cuenta con la conformidad de la Dirección General del Tesoro Público; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica adjunta al Memorando N° 1519-2024-EF/42.02, el Informe N° 1119-2024-EF/42.02 de su O fi cina de Asuntos Jurídicos Económicos y Administrativos, con opinión favorable sobre el proyecto de contrato de prestación de servicios a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y Bloomberg Finance L.P.; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público; en los Procedimientos para la Contratación de Servicios de Asesoría Legal, Financiera y Otros Servicios Especializados en el marco del Decreto Legislativo N° 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, aprobados por el Decreto Supremo N° 167-2021-EF; y, en el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41; SE RESUELVE: Artículo 1.- Contratación del servicio de información de mercados fi nancieros especializados Aprobar la Contratación del servicio de información fi nanciera “Bloomberg Terminal”, para la Dirección de Plani fi cación Financiera y Estrategia de la Dirección General del Tesoro Público; a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y Bloomberg Finance L.P.