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35 NORMAS LEGALES Viernes 27 de diciembre de 2024 El Peruano / NºAPELLIDOS Y NOMBRESESPECIALIDAD DIRECCIÓN D.N.I. C.I.P. R.U.C. TELÉFONO CORREO ELECTRÓNICO 8Romero Ríos, DavidIngeniero GeólogoCalle Profesor Jorge Muelle 169, Torres de Limatambo - San Borja - Lima08990067 42040 10089900676225-8166 987378581999323355 david.romero.r@uni.edu.pedromeror2012@gmail.com 9Sardón Flores, SaulIngeniero CivilAv. Circunvalación Sur 1480 - Puno - Puno40818625 91226 10408186256951680610 051-569628saulsardon@hotmail.com 10Valenzuela Barrientos, Mario JesúsIngeniero de MinasPsje. Los Gladiolos J-9, La Florida - Wanchaq - Cusco, Cusco31522302 48365 10315223020 982762383 mariovalenzuelaclaro@gmail.com 2357089-1 INTERIOR Amplían plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal encargado de elaborar la propuesta del Plan de Adecuación de los Sistemas de Videovigilancia, creado por la R.M. N° 0620-2024-IN RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1873-2024-IN Lima, 26 de diciembre de 2024VISTOS, el Memorando N° 002346-2024-IN-VSP- DGSC de la Dirección General de Seguridad Ciudadana; el Informe N° 000535-2024-IN-VSP-DGSC-RSC del Equipo de Recursos para la Seguridad Ciudadana de la Dirección General de Seguridad Ciudadana; el Memorando N° 002481-2024-IN-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000473-2024-IN-OGPP-OMD de la O fi cina de Modernización y Desarrollo Institucional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 2254-2024-IN-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, los artículos 4 y 5 del Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, establecen que el Ministerio del Interior ejerce competencia exclusiva a nivel nacional en materia de orden interno y orden público. Así también, ejerce competencia compartida en materia de seguridad ciudadana, de acuerdo a Ley. Además, es el ente rector del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y tiene como función rectora, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas públicas nacionales y sectoriales, planes, programas y proyectos, aplicables a todos los niveles de gobierno, ejerciendo rectoría respecto de ellos, en el marco de las competencias del Ministerio en campos policiales y no policiales; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0620-2024- IN, se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal con el objeto de elaborar la propuesta del Plan de Adecuación de los Sistemas de Videovigilancia, en el marco de lo dispuesto en el numeral 2.1 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1218, Decreto Legislativo que regula el uso de las cámaras de videovigilancia y de la Ley N° 30120, Ley de Apoyo a la Seguridad Ciudadana con Cámaras de Videovigilancia Públicas y Privadas, y dicta otras disposiciones, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2020-IN, en adelante Grupo de Trabajo Multisectorial; Que, de acuerdo al artículo 6 de la Resolución Ministerial mencionada en el considerando precedente, la Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo Multisectorial se encuentra a cargo de la Dirección General de Seguridad Ciudadana del Ministerio del Interior; asimismo, el artículo 9 establece que el Grupo de Trabajo Multisectorial tiene una vigencia de sesenta (60) días calendario, contados a partir del día siguiente de su instalación, el cual puede ser ampliado previo informe del referido órgano colegiado; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0988-2024- IN se amplía por ciento cincuenta y ocho (158) días calendario, contados desde el 27 de julio de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024, el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal creado por la Resolución Ministerial N° 0620-2024-IN; Que, en la décimo quinta sesión ordinaria del Grupo de Trabajo Multisectorial, realizada el 26 de noviembre de 2024, se acordó que, a través de la Secretaría Técnica, a cargo de la Dirección General de Seguridad Ciudadana, se realizarán las gestiones pertinentes para la ampliación de la vigencia del referido órgano colegiado por el ejercicio del año 2025; Que, la Dirección General de Seguridad Ciudadana, a través del Informe N° 000535-2024-IN-VSP-DGSC-RSC del Equipo de Recursos para la Seguridad Ciudadana, señala que resulta indispensable la ampliación del plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial hasta el 31 de diciembre de 2025, con el propósito de culminar los lineamientos que integrarán la propuesta de Plan de Adecuación de los Sistemas de Videovigilancia, lo cual permitirá garantizar su calidad técnica y operativa, asegurar la articulación interinstitucional, fomentar la transparencia mediante procesos participativos, así como cumplir cabalmente con las disposiciones establecidas en el marco normativo vigente; Que, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe N° 000473-2024-IN- OGPP-OMD de la O fi cina de Modernización y Desarrollo Institucional, considera viable la propuesta de ampliación por trescientos sesenta y cinco (365) días calendario, contados desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2025, el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal creado por la Resolución Ministerial N° 0620-2024-IN; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, a través del Informe N° 2254-2024-IN-OGAJ, en mérito a lo señalado en los considerandos que anteceden, opina que es legalmente viable la tramitación del proyecto de resolución ministerial que dispone la ampliación del plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial creado por la Resolución Ministerial N° 0620-2024-IN; Que, en ese sentido, resulta pertinente ampliar el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial creado por la Resolución Ministerial N° 0620-2024-IN; Con el visado del Despacho Viceministerial de Seguridad Pública, del Despacho Viceministerial de Orden Interno, de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, de la Dirección General de Seguridad Ciudadana, de la Dirección General de Información para la Seguridad, de la Dirección General Contra el Crimen Organizado, de la O fi cina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1218, Decreto Legislativo que regula el uso de las cámaras de videovigilancia; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por la Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN;