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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (31/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 288

TEXTO PAGINA: 267

267 NORMAS LEGALES Martes 31 de diciembre de 2024 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Ordenanza que establece el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria de la declaración jurada y liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2025 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA ACUERDO DE CONCEJO N° 468 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria del 12 de diciembre de 2024, en uso de sus facultades normativas y lo indicado en los artículos 9 y 41 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; de conformidad con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en su Dictamen N° 234-2024- MML/CMAEO, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, para su inmediata ejecución; Ha adoptado el acuerdo siguiente: ACUERDO DE CONCEJO QUE RATIFICA LA ORDENANZA N ° 752-2024- MDEA QUE ESTABLECE EL MONTO POR DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DEL TRIBUTO Y DISTRIBUCIÓN DOMICILIARIA DE LA DECLARACIÓN JURADA Y LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO PREDIA L Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2025, EN EL DISTRITO DE EL AGUSTINO VISTO: el Ofi cio N° D000016-2024-SAT-GGE del 6 de diciembre de 2024 del Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT), que remite el expediente de ratifi cación digital de la Ordenanza Nº 752-2024-MDEA que establece el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria de la declaración jurada y liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2025 en el distrito de El Agustino, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, así como el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratifi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicación de la Ordenanza N° 2386-2021 que aprueba el procedimiento de ratifi cación de ordenanzas tributarias en el ámbito de la provincia de Lima, la Municipalidad Distrital de El Agustino aprobó la ordenanza objeto de la ratifi cación, remitiéndola conjuntamente con el expediente de ratifi cación digitalizado al SAT, con carácter de declaración jurada; Que, a través del Informe N° D000086-2024-SAT- OAJ del 6 de diciembre de 2024, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) opinó favorablemente respecto a la ratifi cación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos, en las normas aplicables y la Directiva Nº 001-006-00000035-SAT, publicada el 26 de julio de 2024; debiéndose efectuar las publicaciones pertinentes en el diario ofi cial “El Peruano” y en el portal institucional; Que, la Ordenanza N° 752-2024-MDEA, materia de ratifi cación, establece el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria de la declaración jurada y liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2025 en el distrito de El Agustino, exigible a los contribuyentes, que asciende a S/ 4.03 por el primer predio y S/ 0.80 por cada predio o anexo adicional, que deberá ser abonado por los contribuyentes del distrito, el cual ha sido determinado de acuerdo con el costo efectivo de la prestación del servicio; ACORDÓ: Artículo Primero.- RATIFICAR la Ordenanza N° 752-2024-MDEA, que establece el monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del tributo y distribución domiciliaria de la declaración jurada y liquidación del impuesto predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2025 en el distrito de El Agustino, exigible a los contribuyentes que asciende a S/ 4.03 por primer predio y S/ 0.80 por cada predio o anexo adicional, en el distrito de El Agustino. Artículo Segundo.- El presente acuerdo ratifi catorio, para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación, así como del texto íntegro de la ordenanza ratifi cada, incluido el informe técnico. La aplicación de la ordenanza materia de la presente ratifi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha municipalidad distrital. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT que, posterior al cumplimiento del citado requisito de publicación, efectúe la publicación del presente acuerdo a través de su página web: www.sat.gob.pe, así como del Informe N° D000086- 2024-SAT-OAJ. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Ofi cina de Gobierno Digital la publicación del presente acuerdo en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.transparencia.munlima.gob.pe. POR TANTO: Al promulgarlo, mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal de Lima, a los doce días de diciembre del dos mil veinticuatro. RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO POR DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DEL TRIBUTO Y DISTRIBUCIÓN DOMICILIARIA DE LA DECLARACIÓN JURADA Y LIQUIDACIÓN DEL IMPUESTO PREDIA L Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2025 ORDENANZA N ° 752-2024- MDEA El Agustino, 30 de octubre de 2024 POR CUANTO El Concejo Municipal de El Agustino, en Sesión Ordinaria de la fecha, y; VISTO: El Informe N°1431-2024-SGRFT-GATR/MDEA emitido por la Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria; el Informe N°0394-2024-GATR-MDEA emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el Informe N° 604-2024-OGAJ-MDEA emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y Estado Civil, y el