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83 NORMAS LEGALES Sábado 6 de enero de 2024 El Peruano / Habiendo quedado fi rme la resolución de sanción que confi rma la multa y la medida correctiva, por haberse consentido o agotado la vía administrativa, se remitirán los actuados administrativos al Ejecutor Coactivo para su ejecución. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Acciones ante el entorpecimiento o impedimento de la labor de fi scalización o ante la resistencia a las medidas correctivas En caso los administrados obstaculicen o entorpezcan la actividad de fi scalización mediante intimidación o violencia contra la autoridad inspectora del procedimiento sancionador, o en caso de que las medidas de carácter correctivas sean incumplidas o resistidas por el administrado en su calidad de sujeto obligado, la autoridad inspectora informará tales hechos a la Procuraduría Pública Municipal, señalando dicha ocurrencia en el Acta de Intervención respectiva, a efectos de que se formule la respectiva denuncia penal por la comisión del delito contra la administración pública, en la modalidad de violencia y resistencia a la autoridad para impedir el ejercicio de sus funciones, sin perjuicio de denunciar otros actos ilícitos según corresponda, pudiendo solicitar el apoyo de la fuerza pública. Segunda.- En los casos que se veri fi que no haberse cometido la infracción imputada, no se cobrarán los gastos que hayan irrogado la ejecución de las medidas complementarias. Tercera.- Encargar el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Transporte y Seguridad Vial, a través de la Unidad Funcional de Transporte. Cuarta.- Facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía expida las normas reglamentarias que fueran necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza. Quinta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Sexta.- Encargar a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Unidad Funcional de Tecnologías de la Información, su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de Punta Hermosa www.munipuntahermosa.gob.pe Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.CARLOS GUILLERMO FERNANDEZ OTERO Alcalde 2247980-1 MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024 - 2027, del distrito de Punta Negra ORDENANZA MUNICIPAL Nº 017-2023/MDPN Punta Negra, 21 de diciembre de 2023 EL CONCEJO DISTRITAL DE PUNTA NEGRA VISTO y CONSIDERANDO: El Acuerdo de Concejo Nº 130-2023/MDPN de fecha 21 de diciembre de 2023 y demás documentos que sustentan el presente, y; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 del artículo 9º y el artículo 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; contando con el voto por MAYORÍA de los señores Regidores se aprobó lo siguiente:ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2024-2027, DEL DISTRITO DE PUNTA NEGRA Artículo Primero.- APROBAR ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2024-2027, DEL DISTRITO DE PUNTA NEGRA, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana y demás normatividad aplicable, cuyo anexo forma parte integrante de acuerdo a la normatividad vigente sobre la materia. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la SECRETARÍA TÉCNICA DE CODISEC en el ejercicio de sus funciones, además de informar al Pleno del Concejo Municipal sobre la implementación y cumplimiento de las actividades programadas en el presente Plan. Artículo Tercero.- ENCARGAR al JEFE DE LA OFICINA GENERAL DE ATENCION AL CIUDADANO Y GESTION DOCUMENTARIA, la publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”, asimismo al JEFE DE LA OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACION Y FINANZAS, el cumplimiento de la publicación del presente Acuerdo en el Portal Web de la Entidad: www.munipuntanegra.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.EULOGIO HUYHUA CCACCYA Alcalde 2248426-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CASTILLA Autorizan viaje de regidor para participar en evento a realizarse en Ecuador ACUERDO DE CONCEJO Nº 060-2023-CDC Castilla, 13 de noviembre de 2023EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CASTILLA: VISTO: En sesión ordinaria de Concejo Municipal de la fecha; Carta INBAR-20-0044 de fecha 30 de octubre de 2023, signada con Expediente Nº26731, de fecha 02 de noviembre de 2023; Informe Legal Nº 1011-2023-MDC-OGAJ de fecha 06 de noviembre de 2023, emitido por el jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; O fi cio Nº431-2023-MDC-A, de fecha 13 de noviembre de 2023, emitido por el Alcalde, y; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que los gobiernos locales gozan de autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, se indica que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, en su Artículo IV del Título Preliminar, establece que los gobiernos locales tienen la fi nalidad de representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los