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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 2024 (06/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Sábado 6 de enero de 2024 El Peruano / con carácter multisectorial y multinivel la plani fi cación concertada de las responsabilidades a cargo de todas las entidades públicas involucradas en su implementación. En ese sentido, la referida Política incluye como Objetivo Prioritario Nº 1: “ Fortalecer la participación política y social de personas con discapacidad ”, el cual contempla el Lineamiento 1.1: “ Desarrollar intervenciones que mejoren el nivel de participación política y social, y asociatividad de las personas con discapacidad ”, el Servicio Nº 3: “ Aseguramiento de criterios inclusivos en procesos electorales para la participación de las personas con discapacidad ”, cuya población bene fi ciaria son “Personas con discapacidad en edad para votar”, precisando que el proveedor de los citados servicios es la ONPE; En ese marco normativo, con la Resolución Jefatural Nº 004854-2022-JN/ONPE se aprobó el “Protocolo para la atención a las personas con discapacidad y la atención preferente”, con Código OD01-SG/ATC, Versión 01; Mediante el Informe Nº 000455-2023-GPP/ONPE de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de vistos, que referencia el Informe Nº 00831-2023-SGM-GPP/ONPE, de la Sub Gerencia de Modernización de la citada Gerencia, se señala que si bien actualmente se encuentra vigente el protocolo señalado en el considerando precedente que, contiene actividades para la atención a las personas con discapacidad en el local de votación, en sede central, ODPE y ORC, precisa que con el fi n que de que el citado Protocolo esté ordenado a los procesos de nivel 1, se recomendó separarlo en dos protocolos independientes, denominados de la siguiente manera 1: Proceso de nivel 0Proceso de nivel 1Código DocumentoÓrgano responsable PO01 Gestión de los Procesos ElectoralesPO01.07 Gestión de la Jornada ElectoralOD01- GOECOR/JELProtocolo para la atención a personas con discapacidad y atención preferente en los locales de votación, versión 00GOECOR PSO4 Atención al ciudadano y gestión documentalPS04.01 Gestión de la atención al ciudadanoOD01-SG/ATCProtocolo para la atención a personas con discapacidad y atención preferente en la Sede Central, órganos desconcentrados (ORC) y órganos temporales (ODPE u otros), versión 02Secretaría General Asimismo, de acuerdo a lo informado por la Sub Gerencia de Modernización, se ha tomado conocimiento que luego de las coordinaciones efectuadas por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto con la Gerencia de Organización Electoral y Coordinación Regional (GOECOR) así como con la Sub Gerencia de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario (SGACTD) de la Secretaría General, se ha concluido con la revisión y el asesoramiento de los protocolos anteriormente citados, precisando que cumplen con el OD09-GPP/GC “Estructura de la información documentada” vigente y con las disposiciones del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE. Adicionalmente, señala que, como consecuencia de la actualización y aprobación de los mencionados protocolos, quedaría obsoleto el Protocolo aprobado con la Resolución Jefatural Nº 004854-2022-JN/ONPE citado; Cabe acotar que, el Protocolo para la atención a personas con discapacidad y atención preferente en los locales de votación. Versión 00, tiene como objetivo establecer las actividades que permitan brindar una atención adecuada a las personas con discapacidad y de atención preferente que acudan al local de votación a nivel nacional, en el marco de la Ley General de la Persona con Discapacidad, Ley Nº 29973, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2014-MIMP), entre otra normativa aplicable. Por su parte, el Protocolo para la atención a personas con discapacidad y atención preferente en la Sede Central, órganos desconcentrados (ORC) y órganos temporales (ODPE u otros), versión 02, tiene como objetivo establecer las actividades que permitan brindar una atención adecuada para las personas con discapacidad y para el grupo poblacional que forma parte de la atención preferente que acudan a la ONPE; Asimismo, tal como consta en el Informe Nº 000429-2023-GOECOR/ONPE de vistos, ambos protocolos fueron remitidos al Consejo Nacional para la Integración de la persona con discapacidad (CONADIS), solicitando la opinión técnica respectiva, entidad que no formuló observaciones de fondo, lo que evidencia su conformidad con sus disposiciones; De acuerdo a lo informado por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, corresponde emitir el acto resolutivo que deje sin efecto la Resolución Jefatural Nº 004854-2022-JN/ONPE que aprobó el “Protocolo para la atención a las personas con discapacidad y la atención preferente”, con Código OD01-SG/ATC, Versión 01 y apruebe los siguientes protocolos: i) OD01-GOECOR/JEL: Protocolo para la atención a personas con discapacidad y atención preferente en los locales de votación. Versión 00 y, ii) OD01-SG/ATC: Protocolo para la atención a personas con discapacidad y atención preferente en la Sede Central, órganos desconcentrados (ORC) y órganos temporales (ODPE u otros), versión 02; De conformidad con los dispositivos normativos citados, así como lo dispuesto en los literales c) y g) del artículo 5 de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, los literales r) y s) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, aprobado por la Resolución Jefatural Nº 063-2014-J/ONPE y adecuado con la Resolución Jefatural Nº 000902-2021-JN/ONPE y sus modi fi catorias, el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, así como la Resolución Jefatural Nº 000922-2023-JN/ONPE; Con el visado de la Gerencia General, la Secretaría General, así como de las Gerencias de Organización Electoral y Coordinación Regional, de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 004854-2022-JN/ONPE que aprobó el “Protocolo para la atención a las personas con discapacidad y la atención preferente”, con Código OD01-SG/ATC, Versión 01. Artículo Segundo.- Aprobar el “Protocolo para la atención a personas con discapacidad y atención preferente en la Sede Central, órganos desconcentrados (ORC) y órganos temporales (ODPE u otros), versión 02, con Código OD01-SG/ATC, que en anexo forma parte de la presente resolución, que es de cumplimiento obligatorio para el personal de la entidad y/o ciudadanos, señalados en el Protocolo. Artículo Tercero.- Aprobar el “Protocolo para la atención a las personas con discapacidad y la atención preferente en los locales de votación”, con Código OD01-GOECOR/JEL, Versión 00, que en anexo forma parte de la presente resolución, que es de cumplimiento obligatorio a las personas señaladas en el Protocolo. Artículo Cuarto .- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, y de la resolución y sus anexos en la web o fi cial de la ONPE ubicada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/onpe) y en el Portal de Transparencia de la ONPE, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.BERNARDO JUAN PACHAS SERRANO Jefe (e) 1 Conforme al numeral 2.4 del Informe Nº 00831-2023-SGM-GPP/ONPE de vistos. 2250532-1