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42 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de enero de 2024 El Peruano / conforme a los criterios establecidos en la Directiva Nº 018-2022-CG/GMPL1. En ese sentido, se solicita proceder a efectuar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el plazo de quince (15) días hábiles desde el día siguiente de recibida la presente solicitud. Para tal efecto, debe tener en cuenta los alcances del artículo 4 de la Ley Nº 31358, asimismo, una vez efectuada dicha transferencia, deberán comunicar a esta EFS. El monto requerido por la Contraloría General de la República señalado en el anexo referido líneas arriba es el que se muestra en el siguiente cuadro: En Soles ITEMRANGO DE COSTO DE INVERSIÓNSOLICITUD CUI NOMBRE DE LA INVERSIÓNCOSTO DE CONTROL CONCURRENTEMONTO A TRANSFERIR A LA CGR 1 >10M ADICIONAL 2413480MEJORAMIENTO DE LOS SERVICIOS ACADÉMICOS DE INVESTIGACIÓN Y ADMINISTRATIVOS DE LA FACULTAD DE INGENIERÍA ELECTRÓNICA E INFORMÁTICA DE LA UNFV, PREDIO Nº 18 CALLAO DEL DSITRITO DEL CALLAO – PROVINCIA DE CALLAO - DEPARTAMENTO DE CALLAO137,989,00 137,989,00 TOTAL 137,989.00 137,989.00 Que, mediante Ley Nº 31358 Ley Establece Medidas para la Expansión del Control Concurrente, se autoriza a la Contraloría General de la República a ejecutar servicios de control concurrente a los gastos de inversión mayores a diez millones de soles, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control. Asimismo, para el fi nanciamiento de este mecanismo de control se autoriza que las entidades comprendidas, efectúen transferencias fi nancieras a favor del Pliego 019: Contraloría General, a solicitud de esta Entidad Fiscalizadora Superior, hasta por el monto del 2% del valor total de la inversión por ejecutar, y siendo que para su cumplimiento, autorizar a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la referida Ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto; Que, mediante O fi cio Nº 2773-2023-OCPL-UNFV de fecha 25.10.2023, la Jefa de la O fi cina de Plani fi cación, entre otros informa que, luego de la consulta al Ministerio de Economía y Finanzas, y respecto a la solicitud de transferencia fi nanciera para el control gubernamental en el marco de la Ley Nº 31358, el importe informado se reducirá en S/ 137,989.00 con el objeto de dar cumplimiento a lo requerido por la Contraloría General de la República, quedando dicha proyección al 31.12.2023 en S/ 1,237,858.96. Asimismo, se informa que se ha procedido a realizar la habilitación presupuestal en la Meta Nº 0033 y el componente “Control Concurrente” en el proyecto CUI 2413480, por el importe de S/ 137,989.00, para lo cual se adjunta la Nota de Modi fi cación Presupuestaria Nº 0639; En mérito a la opinión de la O fi cina Central de Plani fi cación contenida en el O fi cio Nº 2773-2023-OCPL- UNFV de fecha 25.10.2023; a lo señalado por la Dirección General de Administración en el O fi cio Nº 1059-2023-DIGA- UNFV de fecha 27.10.2023, y a lo dispuesto por la señora Rectora en el Proveído Nº 5002-2023-R-UNFV de fecha 02.11.2023; y de conformidad con la Ley Nº 30220 - Ley Universitaria, el Estatuto, el Reglamento General de la Universidad Nacional Federico Villarreal, la Resolución R. Nº 9709-2021-UNFV de fecha 31.12.2021 y la Resolución R. Nº 479-2022-CU-UNFV de fecha 27.06.2022; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar una transferencia fi nanciera del Pliego de la Universidad Nacional Federico Villarreal al Pliego de la Contraloría General de la República por la suma de S/ 137,989.00 para fi nanciar el despliegue de las acciones de control concurrente en el proyecto de inversión CUI Nº 2413480. Artículo Segundo.- Publíquese la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal Institucional de la Universidad. Artículo Tercero.- La Dirección General de Administración, así como la O fi cina Central de Plani fi cación, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.CRISTINA ASUNCIÓN ALZAMORA RIVERO Rectora ENRIQUE IVAN VEGA MUCHA Secretario General 2250899-1 Autorizan expedición de duplicado de diploma de Título de Licenciada en Educación Secundaria Especialidad: Biología y Química, otorgado por la Universidad Nacional Federico Villarreal UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN R. N° 2684-2023-CU-UNFV San Miguel, 20 de noviembre de 2023Visto, el expediente con NT. 007105-2023, de fecha 01.02.2023, seguido por doña LILIA AZUCENA OSORIO MARUJO, egresada de la Facultad de Educación, mediante el cual solicita el duplicado de diploma de Título de Licenciada en Educación Secundaria Especialidad: Biología y Química, expedido por esta Casa de Estudios Superiores; y CONSIDERANDO:Que, el Congreso de la República dio la Ley Nº 28626, de fecha 28.10.2005, publicada en el diario o fi cial El Peruano con fecha 18.11.2005, se autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad; Que, mediante Resolución Nº 1525-06-ANR, modi fi cada con Resolución Nº 1895-2006-ANR, publicadas en el diario o fi cial El Peruano, con fechas 21.01.2006 y 14.06.2006 respectivamente, la Asamblea Nacional