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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE ENERO DEL AÑO 2024 (10/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Miércoles 10 de enero de 2024 El Peruano / duplicado de diploma de Título de Licenciada en Educación Secundaria Especialidad: Lengua y Literatura, otorgado por la Facultad de Educación de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de doña MARGARITA YSABEL VELÁSQUEZ YANCEN (por pérdida). El mismo que se encuentra asentado en el Libro Nº 88, Folio N° 36 y Registro N° 78550 y fecha de expedición 14.08.2013, el cual obra en la referida O fi cina. Artículo Segundo.- La O fi cina de Trámite Documentario y Atención al Usuario de la Secretaría General, noti fi cará bajo cargo la presente resolución a la interesada. Artículo Tercero.- Encargar a la O fi cina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, de conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley N° 28626, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR. Artículo Cuarto.- El Vicerrectorado Académico, la Facultad de Educación, así como la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaría General, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.CRISTINA ASUNCIÓN ALZAMORA RIVERO Rectora ENRIQUE IVAN VEGA MUCHA Secretario General 2250911-1 Otorgan duplicado de Diploma de Título Profesional de Ingeniero de Telecomunicaciones de la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 3948-2023-UNI Lima, 18 de diciembre de 2023 VISTO:El Ofi cio Nº 1057-CA-VA-2023-UNI del 09 de noviembre de 2023 emitido por el Vicerrectorado Académico de la Universidad Nacional de Ingeniería. CONSIDERANDO:El Artículo 18º de la Constitución Política del Perú establece que “Cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes”. Asimismo, el Artículo 8º de la Ley Nº 30220-Ley Universitaria establece que “El Estado reconoce la autonomía universitaria, que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable. Esta autonomía se mani fi esta en los siguientes regímenes: 8.1 Normativo, 8.2 de Gobierno, 8.3 Académico, 8.4 Administrativo y 8.5 Económico”. Bajo ese contexto, el Artículo 18º del Estatuto de la Universidad establece que “El Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y de ejecución académica y administrativa de la Universidad”. A través del Expediente Nº 94651 recibido el 17 de julio de 2023, el señor Roger Nolasco Agurto Chavez solicitó la expedición de duplicado de su Diploma de Título Profesional de Ingeniero de Telecomunicaciones, en razón al extravío del mismo, adjuntando la documentación requerida en virtud de lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales de la Universidad Nacional de Ingeniería, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122 del 18 de enero de 2008, modi fi cado por Resolución Rectoral Nº 1685 del 08 de noviembre de 2013. Mediante Informe Nº 163-2023- UNI/SG/UGyT del 18 de julio de 2023, la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General precisó que el diploma del Título Profesional de Ingeniero de Telecomunicaciones del señor Roger Nolasco Agurto Chavez, se encuentra contenido en el Registro Nº 25731-G, Libro Nº 18, Página 226, otorgado el 13 de julio de 2011. Con O fi cio Nº 1190-I-SG-UNI/2023 del 18 de julio de 2023, la Secretaría General de la UNI remitió al Vicerrectorado Académico como parte de la Comisión Académica la solicitud presentado por el señor Roger Nolasco Agurto Chavez en la cual solicita que se expida el duplicado de su Título Profesional de Ingeniero de Telecomunicaciones por pérdida de su diploma. La Comisión Académica en Sesión Presencial Nº 35-2023 del 06 de noviembre de 2023, acordó por unanimidad proponer al Consejo Universitario aprobar el expediente de duplicado de Diploma de Título Profesional de Ingeniero de Telecomunicaciones del señor Roger Nolasco Agurto Chavez. Estando al Proveído Nº 8094/ACHN Rect. 23 del 14 de noviembre de 2023 del despacho del Rectorado, a lo aprobado por el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 19 del 14 de diciembre de 2023 y de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Anular el Diploma de Título Profesional de Ingeniero de Telecomunicaciones contenido en el Registro Nº 25731-G, Libro Nº 18, Página 226, otorgado el 13 de julio de 2011, a favor del señor Roger Nolasco Agurto Chavez. Artículo 2º.- Otorgar el duplicado de Diploma de Título Profesional de Ingeniero de Telecomunicaciones en favor del señor Roger Nolasco Agurto Chavez, en mérito a los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Rectoral. Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.PABLO ALFONSO LÓPEZ CHAU NAVA Rector SONIA ANAPAN ULLOA Secretaria General 2248622-1 MINISTERIO PÚBLICO Designan fiscal en el Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 060-2024-MP-FN Lima, 9 de enero de 2024 VISTO Y CONSIDERANDO:Con o fi cio N° 178-2024-MP-FN-PJFSLIMA, cursado por la abogada Lourdes Bernardita Tellez Perez de Vargas, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, se solicita el traslado de una (01) plaza de Fiscal Provincial a la Presidencia a su cargo, por necesidad de servicio; asimismo, remite la propuesta respectiva para ocupar dicha plaza. Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2340-2022-MP-FN, de fecha 04 de noviembre de 2022, entre otros, se trasladó, una (01) plaza de Fiscal Provincial, con carácter permanente, al Despacho de la Fiscalía Suprema Especializada en delitos cometidos por Funcionarios Públicos.