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59 NORMAS LEGALES Sábado 13 de enero de 2024 El Peruano / reglamentarias y complementarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza. Artículo 4º.- VIGENCIA La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del 1 de enero del año 2024. Artículo 5º.- CUMPLIMIENTO Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, a las Subgerencias que la conforman, así como a la O fi cina de Tecnologías de la Información, el cumplimiento de lo establecido en la presente Ordenanza. Artículo 6º.- PUBLICACIÓN.- Encargar a la O fi cina General de Secretaría la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario O fi cial “El Peruano”, y a la Ofi cina de Tecnologías de la Información, la publicación de la presente Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de El Agustino. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RICHARD SORIA FUERTE Alcalde 2250258-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE MI PERÚ Aprueban modificación del Manual de Clasificador de Cargos de la Municipalidad Distrital de Mi Perú RESOLUCIÓN DE GERENCIA MUNICIPAL N° 002-2024-GM/MDMP Mi Perú, 9 de enero del 2024 VISTO: El Informe Legal N° 004-2024-OGAJ- MDMP de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el Memorando N° 017-2024-MDMP/OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorándum N° 024-2024-OGAF/MDMP de la O fi cina General de Administración y Finanzas y, el Informe N° 001-2024-MDMP-OGAF-ORH de la O fi cina de Recursos Humanos, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, según el Artículo 26° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior. Las facultades y funciones de la misma se establecen en los instrumentos de gestión y la citada Ley; Que, mediante la Ley N° 31419, se dispone los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fi n de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de funciones en la Administración Pública; en ese orden, mediante Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419, Ley que establece las disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, se implementa y reglamenta la Ley precitada;Que, el Artículo 13 del Reglamento de la Ley N° 31419, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, prescribe que “Los requisitos establecidos en disposiciones normativas especí fi cas emitidas por entes rectores de sistemas administrativos son aplicados sólo si estos son superiores y/o complementarios a los regulados en el presente Reglamento. Los entes rectores de sistemas administrativos son los responsables de aprobar y actualizar estos per fi les, previa coordinación con SERVIR”. Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 00150-2021-SERVIR-PE, de fecha 16.11.2021, formalizó el acuerdo de Consejo Directivo en que se aprobó la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, estableciendo condiciones complementarias para la elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos; Que, la precitada directiva, de fi ne al Manual de Clasi fi cador de Cargos como el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad; Que, el numeral 6.1.7 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, establece que la O fi cina de Recursos Humanos o la que haga las veces debe elevar la propuesta de Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) al (a la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia; asimismo, dispone que de obtener la validación, el(la) titular de la entidad aprueba el MCC y gestiona la publicación de la resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad; Que, el literal i) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, establece que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad en los gobiernos locales es la Gerencia Municipal; siendo aquel concordante con lo prescrito el literal h) del sub numeral 5.1 del numeral 5 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH; Que, mediante Ordenanza Nº 151-MDMP, publicado en el diario El Peruano el 31.12.2023, se aprobó la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Mi Perú; y dispone la adecuación de los instrumentos de gestión institucional, conforme al texto aprobado en el artículo primero del mismo dispositivo legal; Que, la O fi cina de Recursos Humanos, mediante el Informe N° 001-2024-MDMP/OGAF-ORH de fecha 4 de enero de 2024, formula la propuesta de modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, señalando que ha sido elaborada en observancia de las disposiciones de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH y la normatividad vigente para el ingreso a la función pública y sustentándose en la necesidad de su adecuación en el ámbito de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, teniendo en cuenta que mediante la Ordenanza N° 151-MDMP, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 31.12.2023, se modi fi có las unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Mi Perú. Que, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto, mediante el Memorándum N° 017-2024-MDMP/OGPP, de fecha 08 de enero de 2024, remite opinión técnica de la propuesta de modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos, indicando su viabilidad al encontrase enmarcado dentro de lo establecido en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Plan Estratégico Institucional (PEI) de la Entidad; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe Legal Nº 004-2024-OGAJ/MDMP, de fecha 08 de enero de 2024, considerando las opiniones de los órganos