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10 NORMAS LEGALES Sábado 10 de febrero de 2024 El Peruano / ser noti fi cados al administrado conjuntamente con el acto administrativo”; Que, mediante Informe N° 000123-2024-DSFL-DGPA- VMPCIC/MC de fecha 29 de enero de 2024, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal remite a esta Dirección General, el Informe N° 00024-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-HAH/MC del 26 de enero del 2024, en el que se recomienda emitir la resolución para la Determinación de la Protección Provisional para el Sitio Arqueológico Playa Chica Sector 1 1 en base a los fundamentos expresados en el Informe de Inspección N° 001-2024-JRA/DCS/DGDP/VMPCIC/MC suscrito el 23 de enero del 2024 por el Licenciado, Jhans Jhonatan Rodriguez Aley arqueólogo de la Dirección de Control y Supervisión de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, en virtud a la inspección realizada con fecha 22 de enero del 2024; Que, mediante Informe N° 00062-2024-DGPA- VMPCIC-KDP/MC de fecha 06 de febrero de 2024, el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble recomienda emitir resolución directoral que determine la Protección Provisional para el Sitio Arqueológico Playa Chica Sector 1; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC, aprobada por Resolución Viceministerial Nº 077-2018-VMPCIC-MC; la Resolución Viceministerial N° 000331-2023-VMPCIC-MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional para el Sitio Arqueológico Playa Chica-Sector I, ubicado en el distrito de Santa Rosa, provincia y departamento de Lima, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo; de acuerdo al plano PP-053_MC_DGPA/DSFL-2014 WGS84, presenta las siguientes coordenadas: CUADRO DATOS TÉCNICOS SITIO ARQUEOLÓGICO PLAYA CHICA (Sector 1) VÉRTICE LADO DISTANCIAANG. INTERNOESTE (X) NORTE (Y) 1 1-2 27.51 80°53’6” 263297.2420 8694398.2110 2 2-3 31.74 250°18’7” 263320.0640 8694382.8560 3 3-4 31.06 249°54’59” 263345.6200 8694401.6760 4 4-5 38.26 100°58’42” 263336.9090 8694431.4940 5 5-6 50.81 153°9’58” 263370.9220 8694449.0220 6 6-7 43.03 224°46’32” 263421.7300 8694449.4030 7 7-8 49.91 166°25’42” 263452.0450 8694479.9360 8 8-9 34.47 174°38’46” 263494.5410 8694506.1140 9 9-10 356.55 181°19’31” 263525.4490 8694521.3760 10 10-11 8.77 93°44’47” 263841.4150 8694686.5930 11 11-12 88.63 171°26’17” 263845.9800 8694679.1000 12 12-13 108.73 99°19’57” 263880.3100 8694597.3890 13 13-14 298.82 177°12’5” 263788.2270 8694539.5770 14 14-15 128.52 251°52’1” 263527.6940 8694393.2350 15 15-16 103.84 205°57’22” 263552.6340 8694267.1630 16 16-17 34.52 131°57’8” 263615.3400 8694184.3890 17 17-18 88.55 80°12’16” 263608.8120 8694150.4950 18 18-19 91.86 175°11’45” 263525.9750 8694181.7920 19 19-20 48.09 187°52’21” 263443.0640 8694221.3410 20 20-21 45.58 182°51’56” 263397.2360 8694235.9040 21 21-22 31.64 134°55’48” 263353.1570 8694247.5200 22 22-23 25.99 219°12’15” 263337.2590 8694274.8720 23 23-24 25.24 201°12’29” 263312.9320 8694284.0300 24 24-25 31.00 117°6’27” 263287.6980 8694283.7750 25 25-26 23.04 198°54’38” 263273.2920 8694311.2300CUADRO DATOS TÉCNICOS SITIO ARQUEOLÓGICO PLAYA CHICA (Sector 1) VÉRTICE LADO DISTANCIAANG. INTERNOESTE (X) NORTE (Y) 26 26-27 4.37 165°10’9” 263256.5560 8694327.0580 27 27-28 27.68 109°29’27” 263254.2550 8694330.7740 28 28-29 33.93 187°4’18” 263271.5800 8694352.3660 29 29-1 18.69 186°51’10” 263289.3960 8694381.2450 TOTAL 1930.83 4859°59’59” Datum: WGS 84 Proyección: UTM Coordenada UTM de referencia: 263541.7006 E/ 8694416.1041 N Zona UTM: 18S Área (m2): 102,733.45 m² Perímetro: 1,930.83 m Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe de Inspección N° 001-2024-JRA/DCS/DGDP/VMPCIC/MC suscrito el 23 de enero del 2024 por el Licenciado, Jhans Jhonatan Rodriguez Aley arqueólogo de la Dirección de Control y Supervisión de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, en virtud a la inspección realizada con fecha 22 de enero del 2024, así como en el Informe N° 000123-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC y el Informe N° 000024-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-HAH/MC de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal y el Plano PP-053_MC_DGPA/DSFL-2014 WGS84; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección de Control y Supervisión de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, son las siguientes: MEDIDA REFERENCIA Desmontaje XRetiro del cerco de delimitación elaborado con bloques de fi bra de cemento. Señalización xMonumentalización del sitio arqueológico con muro de señalización y la colocación de hitos. Artículo Tercero.- COMUNICAR a la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural de la determinación y ejecución de las medidas indicadas en el Artículo Segundo de la presente resolución, así como las acciones de control y coordinación institucional e interinstitucional necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la misma. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias para la de fi nitiva identi fi cación, declaración y delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección provisional. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente resolución, así como los documentos anexos, a la Municipalidad distrital de Santa Rosa, provincia y departamento de Lima, a fi n que proceda de acuerdo al ámbito de sus competencias, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 82 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, noti fi car a los administrados señalados en el Artículo 104 del Decreto Supremo N° 011-2006-ED. Artículo Séptimo.- PRECISAR que la protección provisional dispuesta en la presente resolución surtirá efectos a partir de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Octavo.- ANEXAR a la presente resolución el Informe de Inspección N° 001-2024-JRA/DCS/DGDP/VMPCIC/MC, el Informe N° 000123-2024-DSFL-