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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (10/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Sábado 10 de febrero de 2024 El Peruano / Afectación Descripción que se puedan encontrar en super fi cie como las subyacentes al suelo. Y, de igual manera se observó afectación por la colocación de una antena, ubicada aproximadamente entre los puntos coordenadas UTM 275586E 9008796N que según los pobladores corresponde a la empresa Bandtel.Los presuntos infractores de la afectación al sitio arqueológico Alto de Hierba Buena, Corrales y Runtu Cruz (Cotosh) de acuerdo a la alerta reportada y de acuerdo a lo mencionado por la población son:- Sobre el cementerio: La población.- Sobre la antena: Empresa Bandtel.- Sobre la remoción de suelo y extracción de piedras de los paramentos de los muros que comprenden las estructuras arquitectónicas del presente sitio arqueológico, el Sr. Jorge Hermógenes Gonzales Espinoza (conocido como Gringo). Factores NaturalesSi XNo Veri fi cada XPosible La afectación fue realizada por acciones de factores antrópicos, referente a remoción de suelo para el uso del terreno como cementerio, para la extracción de piedras de los paramentos de los muros, y la colocación de una antena. Que, el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que el acto administrativo “puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición de que se les identi fi que de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. Los informes, dictámenes o similares que sirvan de fundamento a la decisión, deben ser noti fi cados al administrado conjuntamente con el acto administrativo”; Que, mediante Informe N° 000124-2024-DSFL-DGPA- VMPCIC/MC de fecha 29 de enero de 2024, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal remite a esta Dirección General, el Informe N° 00018-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC del 29 de enero del 2024, en el que se recomienda emitir la resolución para la Determinación de la Protección Provisional para el Sitio Arqueológico de “Alto Hierba Buena, Corrales y Runtu Cruz (Cotosh) 1 en base a los fundamentos expresados en el Informe Técnico de Inspección N° 0002-2024-AAU_DDC-HCO-MC suscrito el 24 de enero del 2024, por la Licenciada Anays Roshny Amorín Uscata arqueóloga de la Dirección Desconcentrada de Cultura Huánuco, en virtud a la inspección realizada con fecha 10 de octubre del 2023; Que, mediante Informe N° 00063-2024-DGPA- VMPCIC-KDP/MC de fecha 07 de febrero de 2024, el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble recomienda emitir resolución directoral que determine la Protección Provisional para el Sitio Arqueológico de “Alto Hierba Buena, Corrales y Runtu Cruz (Cotosh); Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-ED y sus modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; la Directiva N° 003-2018-VMPCIC/MC, aprobada por Resolución Viceministerial Nº 077-2018-VMPCIC-MC; la Resolución Viceministerial N° 000331-2023-VMPCIC-MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DETERMINAR la Protección Provisional para el Sitio Arqueológico de “Alto Hierba Buena, Corrales y Runtu Cruz (Cotosh)”, ubicado en el distrito de Pinra, provincia de Huacaybamba, departamento de Huánuco, por el plazo de dos años, prorrogable por el mismo periodo salvo se identi fi que afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios; en cuyo caso, el plazo máximo para la declaración y delimitación de fi nitiva del bien es de tres años calendario, prorrogable por el mismo periodo, de acuerdo al plano PP-1, presenta las siguientes coordenadas: Cuadro de Datos Técnicos Sitio Arqueológico Alto Hierba Buena, Corrales y Runtu Cruz (Cotosh) Código de plano: PP-1 VERTICE LADO DIST ANCIA ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 126.28 275680.37 9008842.91 B B-C 213.39 275573.25 9008909.78 C C-D 324.31 275387.08 9008805.50 D D-E 204.76 275062.79 9008809.07 E E-F 383.37 274912.11 9008670.43 F F-G 597.01 275221.17 9008443.59 G G-H 163.65 275793.04 9008615.02 H H-A 110.20 275768.56 9008776.83 Datum: WGS 84 Proyección: UTMZona UTM: 18 L Coordenada de referencia: 275352.37E / 9008712.15 NÁrea (m2): 556,181.21 (55.618121ha)Perímetro: 3,969.69 m Las especi fi caciones de la presente determinación de protección provisional se encuentran indicadas en el Informe Técnico de Inspección N° 0002-2024-AAU_DDC-HCO-MC suscrito el 24 de enero del 2024, por la Licenciada Anays Roshny Amorín Uscata arqueóloga de la Dirección Desconcentrada de Cultura Huánuco, así como en el Informe N° 000124-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC y el Informe N° 00018-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-LMS/MC de la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal y el Plano PP-1; los cuales se adjuntan como Anexo de la presente Resolución Directoral y forman parte integrante de la misma. Artículo Segundo.- DISPONER como medidas preventivas, en el polígono especi fi cado en el artículo precedente, de acuerdo a lo indicado por la Dirección Desconcentrada de Cultura Huánuco, son las siguientes: MEDIDA REFERENCIA Paralización y/o cese de la afectación:XAl realizarse la inspección del sitio arqueológico Alto de Hierba Buena, Corrales y Runtu Cruz (Cotosh) y de acuerdo a la alerta reportada, se pudo observar que la afectación se ocasionó fecha antes de la inspección ocular. Y, en ese momento no se encontró personas ni otros instrumentos de trabajo en el área del sitio arqueológico. No obstante, se encuentra el cementerio que sigue siendo utilizado hasta la fecha, por tanto, se deberá realizar la reubicación del cementerio en un terreno que no abarque evidencia arqueológica y fuera del área del presente sitio arqueológico. Señalización XSe instalará la señalización respectiva del sitio arqueológico Alto de Hierba Buena, Corrales y Runtu Cruz (Cotosh) una vez aprobado la protección provisional. Retiro de estructuras temporales, maquinarias, herramientas, elementos y/o accesorios:XRetiro de la antena. Artículo Tercero.- COMUNICAR a la Dirección Desconcentrada de Cultura Huánuco de la determinación