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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (15/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 4

4 NORMAS LEGALES Jueves 15 de febrero de 2024 El Peruano / PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Aceptan renuncia de Secretaria de la Secretaría del Consejo de Ministros del Despacho Presidencial RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 026-2024-PCM Lima, 14 de febrero de 2024CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 006-2023-PCM se designó a la señora TERESA GUADALUPE RAMIREZ PEQUEÑO, en el cargo de Secretaria de la Secretaría del Consejo de Ministros del Despacho Presidencial; Que, la citada servidora ha formulado renuncia al cargo, la misma que es pertinente aceptar; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo Nº 077-2016-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 037- 2017-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora TERESA GUADALUPE RAMIREZ PEQUEÑO al cargo de Secretaria de la Secretaría del Consejo de Ministros del Despacho Presidencial, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros 2261896-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Aprueban el Plan de Estrategia Publicitaria 2024 del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 002-2024-CENFOTUR/J Barranco, 8 de enero de 2024VISTOS: El Memorándum N° 000337-2023-OMI/CENFOTUR emitido por la O fi cina de Marketing Institucional, el Memorándum N° 000001-20234OPPD/CENFOTUR emitido por la O fi cina de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo, el Informe Técnico N° 000001-2024-UPLD/CENFOTUR emitido por la Unidad de Planeamiento y Desarrollo y el Informe N° 000002-2024-OAJ/CENFOTUR emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica;CONSIDERANDO: Que, el Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, con autonomía académica, económica, fi nanciera y administrativa, de conformidad con el Decreto Ley N° 22155 – Ley Orgánica del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, precisado por el Decreto Legislativo N° 1451; destinado a la formación, capacitación, especialización y certi fi cación de los recursos humanos en el campo de la actividad turística; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2023-MINCETUR se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del CENFOTUR, en el cual se establece que mediante Resolución del titular del CENFOTUR se aprueba su Sección Segunda; Que, mediante Resolución Directoral Nº 056-2023-CENFOTUR/DN se aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del CENFOTUR, la cual se encuentra publicada de conformidad a la normativa vigente; Que, mediante Resolución Jefatural N° 001-2023-CENFOTUR de fecha 27 de febrero de 2023, se aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del CENFOTUR; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del CENFOTUR establece en el artículo 11° literal g) que la Jefatura tiene la función de aprobar los instrumentos de gestión administrativa, así como los proyectos de instrumentos de gestión administrativa que deban ser aprobados por la autoridad competente, acorde a normativa del Estado; Que, el artículo 41° del Reglamento de Organización y Funciones del CENFOTUR, establece que la O fi cina de Marketing Institucional es el órgano encargado de proponer y ejecutar la estrategias de comunicación entre el CENFOTUR y los medios de comunicación, elaborando y difundiendo el material informativo que permita una adecuada cobertura de sus actividades; asimismo, propone, diseña y ejecuta estrategias de promoción y publicidad para el posicionamiento y promoción de la oferta formativa que brinda el CENFOTUR en coordinación con la O fi cina de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo en la etapa de la formulación presupuestaria. Depende jerárquica y funcionalmente de la Gerencia General, y tiene como funciones, formular, proponer y ejecutar la estrategia de comunicación del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR; Que, mediante la Ley N° 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal modi fi cada por la Ley N° 31515, determina los criterios generales para el uso de los recursos que las instancias del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local destinen al rubro de publicidad en prensa escrita, radio y televisión; así como, fi scalizar la transparencia y racionalidad en el uso de los recursos públicos para la contratación de servicios de publicidad en prensa escrita, radio y televisión; Que, el artículo 2° de la mencionada Ley, establece que la publicidad institucional es aquella que tiene por fi nalidad promover conductas de relevancia social, como el ahorro de energía eléctrica, la preservación del medio ambiente, el pago de impuestos, entre otras, así como la difusión de la ejecución de los planes y programas a cargo de las entidades y dependencias; Que, asimismo, el artículo 3° de la citada Ley, dispone los requisitos para la autorización de la realización de publicidad estatal, considerando entre ellos, contar con un Plan de Estrategia Publicitaria acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias, debiendo adecuarse a los objetivos y prioridades establecidos en los programas sectoriales; Que, mediante Decreto Supremo N° 064-2023- PCM, se aprueba el Reglamento de los requisitos para la autorización de realización de publicidad estatal establecidos en la Ley N° 28874, Ley que regula la publicidad estatal, modi fi cada por la Ley N° 31515, el cual es de aplicación obligatoria para todas las entidades públicas y dependencias del Gobierno Central que, utilizando recursos públicos, contratan publicidad estatal con medios de comunicación (prensa escrita, radio y televisión);