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10 NORMAS LEGALES Jueves 15 de febrero de 2024 El Peruano / Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, de la Dirección General de Políticas y Estrategias, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto Supremo N° 008-2016-MIDIS, que aprueba el Reglamento del Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social; el Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, que aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales; el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 008-2022-MIDIS, que aprueba la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social al 2030; el Decreto Supremo N° 004-2023-MIDIS, que crea la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal para fortalecer la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social al 2030; y la Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Reglamento Interno de la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal para fortalecer la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social al 2030, formulado por el referido órgano colegiado, documento que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES Ministro de Desarrollo e Inclusión Social 2261765-1 Designan Jefa de la Unidad de Supervisión, Monitoreo y Evaluación del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° D000128-2024-MIDIS/PNAEQW-DE Santiago de Surco, 13 de febrero del 2024VISTOS: El Informe N° D000055-2024-MIDIS/PNAEQW-URH de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe N° D000151-2024-MIDIS/PNAEQW-UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Jefe/a de Unidad de Supervisión, Monitoreo y Evaluación del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; Que, se ha visto por conveniente designar a la profesional que desempeñará el mencionado cargo; Que, a través de los documentos de vistos, la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica, opinan que resulta legalmente viable designar a la profesional que se desempeñará como Jefa de la Unidad de Supervisión, Monitoreo y Evaluación del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; Con el visado de la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica;En uso de las atribuciones establecidas en el Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, y sus modi fi catorias, la Resolución Ministerial N° 283-2017-MIDIS, y la Resolución Ministerial N° D000198-2023-MIDIS-MIDIS; SE RESUELVE:Artículo 1.- DESIGNAR a partir del 15 de febrero de 2024 a la señora CARMEN CECILIA CASTAÑEDA CENTURION en el cargo de con fi anza de Jefa de la Unidad de Supervisión, Monitoreo y Evaluación del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma. Artículo 2.- ENCARGAR a la Coordinación de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano, la noti fi cación de la presente Resolución a las Unidades Territoriales, las Unidades de Asesoramiento, Apoyo y Técnicas del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, a través de medios electrónicos. Artículo 3.- DISPONER que la Unidad de Comunicación e Imagen efectúe la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (www.gob.pe/qaliwarma) y su respectiva difusión. Regístrese, notifíquese y publíquese.MARIA MONICA MORENO SAAVEDRA Directora EjecutivaPrograma Nacional de AlimentaciónEscolar Qali Warma 2261553-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Aprueban Directiva N° 001-2024-EF/52.06, “Directiva para la formalización, sustento y registro del Gasto Devengado” RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 001-2024-EF/52.01 Lima, 9 de febrero de 2024CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería, establece que la Dirección General del Tesoro Público (DGTP) del Ministerio de Economía y Finanzas es el ente rector del Sistema Nacional de Tesorería, y como tal, tiene entre sus funciones aprobar la normatividad y los procedimientos, que son de obligatorio cumplimiento por las entidades conformantes de dicho Sistema en el nivel descentralizado u operativo, respecto de la gestión de los Fondos Públicos y gestión integral de los activos y pasivos fi nancieros; Que, el artículo 43 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y el artículo 17 del Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería, establecen que el Gasto Devengado es la etapa de la ejecución del Gasto Público mediante la cual se reconoce una obligación de pago; del mismo modo, disponen los criterios para su formalización, además de las responsabilidades del titular del Pliego, del área usuaria y de la O fi cina de Administración en las entidades; Que, asimismo, el numeral 17.3 del artículo 17 del Decreto Legislativo N° 1441 establece que la autorización para el reconocimiento del Devengado es competencia del Director General de Administración o Gerente de Finanzas, o quien haga sus veces, o del funcionario a quien se delega esta facultad de manera expresa en las entidades bajo el ámbito del Sistema Nacional de Tesorería; Que, resulta necesario optimizar la Gestión de Pagos del indicado Sistema, a través de la incorporación de procedimientos que garanticen una mayor consistencia del Gasto Devengado, de manera que su registro y