TEXTO PAGINA: 64
64 NORMAS LEGALES Sábado 17 de febrero de 2024 El Peruano / f. No tener ninguna otra incompatibilidad señalada por ley.” Que, el artículo 7° del TUO de la Ley 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva (Decreto Supremo 018-2008-JUS) indica lo siguiente:“7.1 La designación del Ejecutor como la del Auxiliar se efectuará mediante concurso público de méritos. 7.2 Tanto el Ejecutor como el Auxiliar ingresarán como funcionarios de la Entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva. 7.3 El Ejecutor y el Auxiliar percibirán una remuneración de carácter permanente, encontrándose impedidos de percibir comisiones, porcentajes o participaciones cuyo cálculo se haga en base a los montos recuperados en los Procedimientos a su cargo.”; Que, aunado a ello, nos remitimos al Informe Técnico N° 1375-2019-SERVIR/GPGSC, de fecha 02 de setiembre de 2019, en el punto 2.8 re fi ere que el Informe Técnico N°1280-2019-SERVIR/GPGSC, concluye sobre el encargo: “(…) 3.2. El encargo es una modalidad de desplazamiento temporal y excepcional a través del cual se autoriza solo a los servidores de carrera el desempeño de funciones que impliquen responsabilidad directiva, esta acción de desplazamiento se formaliza con resolución del titular de la misma. 3.3 El encargo puede ser de dos tipos: i) el encargo de puesto, por el cual se autoriza el desempeño de un puesto o cargo que se encuentra vacante; y ii) el encargo de funciones, mediante el cual se autoriza el desempeño de funciones de un puesto o cargo que no se encuentra vacante, dado que su titular solo se encuentra ausente de manera temporal (vacaciones, licencia, destaque o comisión de servicio).3.4 La acción administrativa de desplazamiento por encargo del servidor de carrera (régimen del Decreto Legislativo N° 276) deberá otorgarse o autorizarse respetando el per fi l o los requisitos previstos en los documentos de gestión de la entidad. (…)”; Que, en atención a ello, es importante mencionar que la Municipalidad Distrital de Islay, con fecha 21 de abril del 2023 y 26 de setiembre del 2023, se realizó el Proceso CAS N° 001-2023-MDI y el Proceso Cas N° 002-2023-MDI respectivamente, donde se lanzó la plaza de Ejecutor Coactivo, la misma que quedó desierta; Que, estando a la necesidad de la contratación de dicho personal, el Gerente Municipal solicitó a la Subgerente de Recursos Humanos, se evalúe si el Abog. Fabricio Almonte Murga cumple el per fi l como Ejecutor Coactivo a efecto de determinar el encargo del puesto. Es así que, la Subgerente de Recursos Humanos señaló que el servidor en mención si cumple con los requisitos mínimos para desempeñarse en el puesto de Ejecutor Coactivo, para lo cual se adjuntó los documentos revisados, los cuales son: Manual de Organización y Funciones-MOF, Certi fi cado de Estudios y Certi fi cados de Capacitación; Que, por otra parte, es importante mencionar que en la actualidad el Sr. Luis Abraham Junior Concha Sánchez ES AUXILIAR COACTIVO de la entidad, ello debido a su postulación e ingreso a través del Proceso Cas N° 002-2023-MDI de fecha 26 de septiembre del 2023; Que, estando a lo expuesto en los párrafos precedentes, este despacho es de la opinión que, resulta necesario encargar el puesto de EJECUTOR COACTIVO al Servidor Fabricio Raúl Almonte Murga, teniendo en cuenta que este cumple con los requisitos exigidos por Ley; Que, el Informe Legal N° 00389-2023-MDI/A/GM- GAJ, de fecha 07 de noviembre del 2023, la Gerente de Asesoría Jurídica es de la opinión que, resulta necesario encargar el puesto de EJECUTOR COACTIVO al Servidor Fabricio Raúl Almonte Murga, asimismo, corresponde acreditar mediante acto resolutivo al Sr. Luis Abraham Junior Concha Sánchez como AUXILIAR COACTIVO de la Municipalidad Distrital de Islay; Por lo que estando a los fundamentos expuestos y con las facultades que otorga el Inciso 6) Artículo 20º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al Abog. Fabricio Raúl Almonte Murga, en el cargo de EJECUTOR COACTIVO de la Municipalidad Distrital de Islay, a partir del día 10 de noviembre del presente año. Artículo Segundo.- DESIGNAR al Sr. Luis Abraham Junior Concha Sánchez como AUXILIAR COACTIVO de la Municipalidad Distrital de Islay a partir de día 26 de octubre del presente año Artículo Tercero.- DEJAR sin efecto cualquier disposición municipal que se oponga a lo resuelto en la presente resolución. Artículo Cuarto.- EXHORTAR a los funcionarios designados mediante la presente a actuar con responsabilidad, dedicación y lealtad en la función encomendada y a los intereses institucionales. Artículo Quinto.- ENCARGAR a Secretaria General notifi car la presente resolución al interesado, así como a las gerencias y o fi cinas pertinentes de la municipalidad con las formalidades establecidas por ley para su cumplimiento. Regístrese, comuníquese y cúmplase.HORACIO IRWIN SANTOYO CHALCO Alcalde 2259738-1 LINEAMIENTOS PARA SOLICITAR LA CORRECCIÓN DE ERRORES MATERIALES EN LA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES MEDIANTE FE DE ERRATAS 1.- Plazo: De acuerdo a Ley, la solicitud se debe presentar dentro de los ocho (8) días útiles siguientes a la fecha de publicación de la norma. Vencido el plazo, solo procederá publicar una norma recti fi catoria de rango equivalente o superior para corregir los errores materiales. 2.- Límite: Se permite publicar una sola fe de erratas por cada norma legal. Por lo tanto, antes de presentar la solicitud, se recomienda una revisión exhaustiva de la norma publicada para identi fi car todos los errores materiales que deben corregirse. 3.- Contenido: En el texto de la fe de erratas se debe señalar el tipo y número del dispositivo normativo a corregirse y la fecha de publicación en el Diario O fi cial El Peruano, asimismo se debe indicar de forma clara la parte incorrecta bajo el título “Dice” y proporcionar la versión corregida bajo el título “Debe Decir”. 4.- Canal: La solicitud se envía a través del PGA y se acompañan los archivos Word (archivo principal) y PDF (suscrito por la autoridad competente) con el texto de las correcciones. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES