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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (17/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Sábado 17 de febrero de 2024 El Peruano / 0929-2021-JNE; para la presentación de escritos u otros documentos se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional, <www.jne.gob.pe>. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZAROYARCE YUZZELLIMarallano Muro Secretaria General 1 Aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS. 2 Aprobado por la Resolución N° 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2262263-1 Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Puyca, provincia de La Unión, departamento de Arequipa RESOLUCIÓN N° 0041-2024-JNE Expediente N° JNE.2024000078 PUYCA - LA UNIÓN - AREQUIPACONVOCATORIA DE CANDIDATONO PROCLAMADO Lima, doce de febrero de dos mil veinticuatroVISTOS: los O fi cios N. os 412-2023-MDP/A y 022-2024-MDP/A, presentados el 11 y 26 de enero de 2024, respectivamente, por don Juan Rosas Jiménez Quille, alcalde de la Municipalidad Distrital de Puyca, provincia de La Unión, departamento de Arequipa (en adelante, señor alcalde), en el marco del procedimiento de convocatoria de candidato no proclamado en vista de que don Eliceo Aymara Huamaní, regidor electo para dicha circunscripción (en adelante, señor regidor electo), no juramentó ni asumió su cargo para el periodo de gobierno municipal 2023-2026. ANTECEDENTES1.1. Por medio del O fi cio N° 412-2023-MDP/A, el señor alcalde solicitó la convocatoria de candidato no proclamado por la declaratoria de vacancia del señor regidor electo por haber incurrido en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Para ello remitió, entre otros, documentación relacionada a dicho procedimiento y, además, a su inasistencia al acto de juramentación: a) Documento s/n, del 2 de enero de 2023, dirigido al señor regidor electo, sobre convocatoria al acto de juramentación programado para el 5 del mismo mes y año. b) Cédula de noti fi cación del 2 de enero de 2023, que contiene el preaviso de la citación al acto de juramentación. c) Cédula de noti fi cación del 3 de enero de 2023, que contiene la citación al acto de juramentación. d) Acta de Sesión de Instalación y Juramentación del Concejo de la Municipalidad Distrital de Puyca, provincia de La Unión, departamento de Arequipa (en adelante, Acta de Sesión de Instalación y Juramentación), del 5 de enero de 2023.e) Carta del señor regidor electo, del 17 de marzo de 2023, sobre dimisión del cargo. f) Cédula de noti fi cación, del 23 de marzo de 2023, para la sesión extraordinaria programada para el 29 del mismo mes y año. g) Acta de Sesión Extraordinaria N° 004-2023, del 29 de marzo de 2023, en la que el concejo declaró la vacancia del regidor electo. h) Cédula de noti fi cación, del 4 de abril de 2023, que contiene el acta de la referida sesión extraordinaria de concejo. i) Resolución de Alcaldía N° 095-2023-MDP/A, del 5 de junio de 2023, que rati fi có la declaratoria de vacancia del señor regidor electo. j) Cédula de Notificación, del 9 de junio de 2023, que contiene la Resolución de Alcaldía N° 095-2023-MDP/A. k) Resolución de Alcaldía N° 107-2023-MDP/A, del 3 de julio de 2023, que declaró consentido el acuerdo del acta de Sesión Ordinaria de Concejo N° 04-2023. l) Cédula de noti fi cación de la Resolución de Alcaldía N° 107-2023-MDP/A, del 3 de julio de 2023. m) Comprobante de pago de tasa electoral. 1.2. A través del O fi cio N° 000156-2024-SG/JNE, del 23 de enero de 2024, la Secretaría General de este órgano electoral requirió información relacionada a la carta presentada por el señor regidor electo. 1.3. Por medio del O fi cio N° 022-2024-MDP/A, el señor alcalde remitió el Informe N° 005-2024-SG-DVLLO-A/MDP del 25 de enero de 2024 [sic], más anexos, emitido por la Secretaría General de la municipalidad, sobre la búsqueda de los cuadernos de recepción de la mesa de partes y no juramentación al cargo edil. CONSIDERANDOSPrimero.- SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 5 del artículo 178 señala que es competencia de este organismo electoral: “Proclamar a los candidatos elegidos ; el resultado del referéndum o el de otros tipos de consulta popular y expedir las credenciales correspondientes [resaltado agregado]”. En la Ley N° 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones 1.2. El literal j del artículo 5 prescribe como una de las funciones del Jurado Nacional de Elecciones la expedición de las credenciales a los candidatos elegidos en los respectivos procesos electorales, del referéndum u otras consultas populares. En la Ley N° 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante, LEM) 1.3. El artículo 34 establece que los alcaldes y regidores electos y debidamente proclamados y juramentados asumen sus cargos el primer día del mes de enero del año siguiente al de la elección. 1.4. El artículo 35 re fi ere que, para cubrir las vacantes que se produzcan en los concejos municipales, se incorpora al candidato inmediato que no hubiera sido proclamado, de acuerdo con el orden de resultados del escrutinio fi nal, y que haya fi gurado en la misma lista que integró el regidor que produjo la vacante. En la Ley N° 26997, que establece la conformación de las comisiones de transferencia de la administración municipal 1.5. El artículo 6 dispone que el alcalde y los regidores deben juramentar sus respectivos cargos para poder ejercerlos. El alcalde juramenta ante el primer regidor, por ausencia o impedimento de este, ante el regidor que le sigue. Los regidores juramentan ante el alcalde.