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58 NORMAS LEGALES Sábado 17 de febrero de 2024 El Peruano / autorice hasta el 30 de junio del año 2024, la gratuidad de 290 mil trámites de emisión por primera vez de DNI de menores de 0 a 3 años, 11 meses y 29 días, que habiten en todos los distritos del Perú, a través de todas las O fi cinas de RENIEC (O fi cinas Registrales, O fi cinas Registrales Auxiliares, Agencias y Puntos de Atención) y OREC Automatizadas; Que el artículo 98 del Decreto Supremo N° 015-98- PCM, Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, señala la facultad de la Jefatura Nacional para determinar la gratuidad de los servicios que considere pertinente; Que la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, a través de los documentos de Vistos señala que lo solicitado por la Dirección de Servicios Registrales, es factible de ser fi nanciado con cargo al presupuesto institucional del presente año, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Donaciones y Transferencias; Que de igual forma, la Gerencia General mediante el documento de Vistos, emite opinión favorable respecto a lo solicitado por la Dirección de Servicios Registrales; Que teniendo en cuenta lo opinado por los órganos competentes, la O fi cina de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable la emisión de la resolución jefatural correspondiente; Que a través de la Resolución Jefatural Nº 000026- 2024/JNAC/RENIEC (13FEB2024) se dispone encargar, a la servidora GLADIS VIRGINIA CACHAY ESPINO, Gerente General, las funciones del cargo de Jefa Nacional del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - RENIEC, del 14 al 19 de febrero de 2024, con retención de su cargo; Que se hace necesario hacer de conocimiento lo dispuesto en la presente resolución jefatural a la ciudadanía; y, Estando a la opinión favorable de la O fi cina de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 000086-2021/JNAC/RENIEC (04MAY2021) y su modi fi catoria; y a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, modi fi cado en parte por el Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Autorizar hasta el 30 de junio del año 2024, la gratuidad de 290 mil trámites de emisión por primera vez de DNI de menores de 0 a 3 años, 11 meses y 29 días, que habiten en todos los distritos del Perú, a través de todas las O fi cinas de RENIEC (O fi cinas Registrales, O fi cinas Registrales Auxiliares, Agencias y Puntos de Atención) y OREC Automatizadas. Artículo Segundo.- Los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en el artículo precedente, será fi nanciado con cargo al presupuesto institucional del presente año, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Donaciones y Transferencias. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento y la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural a las Direcciones de Servicios Registrales y Registros de Identi fi cación; y, a las O fi cinas de Tecnologías de la Información, de Administración y de Plani fi cación y Presupuesto. Artículo Cuarto .- Encargar a la O fi cina de Comunicaciones y Prensa la difusión del contenido de la presente Resolución Jefatural y su publicación en el portal web institucional. Regístrese, publíquese y cúmplase.GLADIS VIRGINIA CACHAY ESPINO Jefa Nacional (e ) 2262622-1GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Aprueban la inclusión de otros costos de reproducción de información del Procedimiento Administrativo de “Acceso a la Información” en el SUT como parte integrante del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de La Libertad DECRETO REGIONAL N° 000001-2023-GRLL-GOB Trujillo, 24 de mayo de 2023 “INCORPORAR OTROS COSTOS DE REPRODUCCIÓN DE LA INFORMACIÓN PÚBLICA DEL PA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA CREADA U OBTENIDA POR LA ENTIDAD, QUE SE ENCUENTRE EN SU POSESIÓN O BAJO SU CONTROL” EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) SUT DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD” VISTO: El Informe N°002-2023-GRLL-GRPAT-SGDMI/CCP, de fecha 23 de enero de 2023; donde la Sub Gerencia de Desarrollo y Modernización Institucional, recomienda Aprobar el presente informe y proponer a la Gerencia General Regional, el proyecto de Decreto Regional, para la inclusión de otros costos de reproducción de la información pública en el PAE de “Acceso a la Información creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del GORE La Libertad, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Constitución Política del Estado; la Ley N° 27680, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias Leyes N° 27902, 28013, 28961, 28968 y 29053, se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 21° literal d) de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que es atribución del Gobernador Regional dictar Decretos y Resoluciones Regionales. Asimismo, el artículo 40° de la misma Ley establece que los Decretos Regionales establecen normas reglamentarias para la ejecución de las ordenanzas regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la administración regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano. Los Decretos Regionales son aprobados y suscritos por el Gobernador Regional, con acuerdo del directorio de Gerencias Regionales; Que, según Ordenanza Regional N° 024-2018-GR- LL/CR, se aprueba la modi fi cación y actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de un total de ciento cuarenta y dos (142) Procedimientos administrativos y la inclusión de veintidós (22) servicios exclusivos correspondientes a: Secretaria General, Ofi cina de Ejecución Coactiva, Sub Gerencia de Logística y Servicios Generales, Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, Gerencia Regional de Cooperación Técnica y Promoción de la Inversión Privada, Gerencia Regional de Administración y Adjudicación de Terrenos, Gerencia Regional de Comercio Turismo y Artesanía, Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo y la Gerencia Regional de la Producción. Que, mediante Ordenanza Regional N° 034-2018-GR- LL/CR, se aprueba la Actualización e Incorporación de los