TEXTO PAGINA: 60
60 NORMAS LEGALES Sábado 17 de febrero de 2024 El Peruano / RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, la inclusión de los literales d, e, f, g, h, i, j, k, l y m. por el concepto de otros costos de reproducción de la información del Procedimiento Administrativo de “Acceso a la Información” en el SUT como parte integrante del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional de La Libertad, según el detalle del Anexo N°1, que son parte integrante del presente Decreto Regional. ItemPago por otros costos de reproducciónDerecho de Tramitación 1Procedimiento Administrativo Estandarizado de Acceso a la Información Pública creada u obtenida bajo el control del Gobierno Regional La Libertad. a. Copia Simple Formato A4 (por unidad) 0.10 b. Información en CD (por unidad) 1.00 c. Correo Electrónico (Gratuito) Gratuito Otros costos de reproducción:costos de reproducción d. Grabar en DVD (por unidad) 1.50 e. Fotocopia de Plano B/N A0 (por unidad) 7.50 f. Fotocopia de Plano B/N A1 (por unidad) 4.00 G. Fotocopia De Plano B/N A2 (por unidad) 3.50 H. Fotocopia De Plano B/N A3 (por unidad) 3.50 I. Escaneo A0 Remisión en CD (por unidad) 15.00 J. Escaneo A1 Remisión en CD (por unidad) 12.00 K. Escaneo A2 Remisión en CD (por unidad) 8.00 L. Escaneo A3 Remisión en CD (por unidad) 2.00 M. Escaneo A4 Remisión en CD (por unidad) 1.20 Artículo Segundo.- DISPONER, el Estricto Cumplimiento a las Gerencias Regionales de Transportes y Comunicaciones, Salud, Educación, Agricultura, Trabajo, Energía y Minas e Hidrocarburos, Administración y Adjudicación de Terrenos, Comercio Turismo y Artesanía, Producción, Vivienda y Construcción, a los proyectos especiales y a los órganos desconcentrados que estructuralmente dependen del GORE La Libertad, y a las unidades orgánicas que son parte integrante del Gobierno Regional de La Libertad, para gestionar el Procedimiento Administrativo Estandarizado de Acceso a la Información Pública. Artículo Tercero.- NOTIFICAR a Secretaría General, a las Gerencias Regionales de Transportes y Comunicaciones, Salud, Educación, Agricultura, Trabajo, Energía y Minas e Hidrocarburos, Administración y Adjudicación de Terrenos, Comercio Turismo y Artesanía, Producción, Vivienda y Construcción, a los proyectos especiales y a los órganos desconcentrados que estructuralmente dependen del GORE La Libertad, la presente para conocimiento y gestión. Artículo Cuarto.- PUBLIQUESE el presente Decreto Regional en el diario o fi cial el peruano y en el portal de transparencia y servicios al Ciudadano del GORE La Libertad, página Web: www.regionlalibertad.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese.CESAR ACUÑA PERALTA Gobernación Regional ANEXO N°01 ItemPago por otros costos de reproducciónDerecho de Tramitación 1Procedimiento Administrativo Estandarizado de Acceso a la Información Pública creada u obtenida bajo el control del Gobierno Regional La Libertad. a. Copia Simple Formato A4 (por unidad) 0.10 b. Información en CD (por unidad) 1.00 c. Correo Electrónico (Gratuito) GratuitoOtros costos de reproducción:costos de reproducción d. Grabar en DVD (por unidad) 1.50 e. Fotocopia de Plano B/N A0 (por unidad) 7.50 f. Fotocopia de Plano B/N A1 (por unidad) 4.00 G. Fotocopia De Plano B/N A2 (por unidad) 3.50 H. Fotocopia De Plano B/N A3 (por unidad) 3.50 I. Escaneo A0 Remisión en CD (por unidad) 15.00 J. Escaneo A1 Remisión en CD (por unidad) 12.00 K. Escaneo A2 Remisión en CD (por unidad) 8.00 L. Escaneo A3 Remisión en CD (por unidad) 2.00 M. Escaneo A4 Remisión en CD (por unidad) 1.20 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2262190-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LINCE Ordenanza que modifica el Artículo 52° del Nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) relacionado al Régimen de Incentivo ORDENANZA Nº 501-2024-MDL Lince, 12 de febrero de 2024LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE; POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, y; VISTO: El Informe Técnico N° 00002-2024- MDL/GAT/SFA de fecha 08 de enero de 2024, de la Subgerencia de Fiscalización Administrativa; el Informe N° 0001-2024-MDL-GAT de fecha 05 de enero de 2024, de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe N° 00011-2024-MDL-OGAJ, de fecha 10 de enero de 2024, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; el Memorando N° 028-2024-MDL/GM, de fecha de 10 de enero de 2024, de la Gerencia Municipal; el Dictamen N° 006-2024-MDL-CAL, de fecha 31 de enero de 2024, de la Comisión de Asesoría Legal; el Dictamen N° 003-2024-MDL-CAF, de fecha 31 de enero de 2024, de la Comisión de Administración y Finanzas, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú de 1993, modi fi cado por Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; dispositivo concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el cual señala que la autonomía que la Constitución Política del Perú otorga a las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 39° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con el numeral 8 del artículo 9° de la misma norma, prescribe que los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos; Que, al respecto, el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que