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8 NORMAS LEGALES Martes 20 de febrero de 2024 El Peruano / VISTO: El Memorando Nº 545-2024-MIDAGRI-DVDAFIR- AGRO RURAL-DE/UGRH emitido por la Unidad de Gestión de Recursos Humanos y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 216-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE, se designó al señor WILMER ALBERTO CUEVA CORDOVA, en el cargo de Jefe de la Unidad Zonal Huánuco del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, cargo considerado de con fi anza; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designación efectuada al señor WILMER ALBERTO CUEVA CORDOVA en el cargo de Jefe de la Unidad Zonal Huánuco del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, y designar al profesional que desempeñará dicho cargo; Que, mediante documento de visto, la Unidad de Gestión de Recursos Humanos informa que de la revisión y evaluación del currículum vitae descriptivo y documentos sustentatorios, concluye que el señor ENEN DUDLEY GUEVARA RAMOS cumple con los requisitos para ser designado en el cargo de Jefe de la Unidad Zonal Huánuco, conforme a la normativa vigente; Que, con el objeto de garantizar las actividades del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, y de conformidad con las facultades otorgadas a esta Dirección Ejecutiva en el Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 137-2021-MIDAGRI y modi fi catorias; Contando con los vistos de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos y de la Unidad de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA la designación del señor WILMER ALBERTO CUEVA CORDOVA en el cargo de Jefe de la Unidad Zonal Huánuco del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, siendo su último día de labores el 19 de febrero de 2024, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR, a partir del 20 de febrero de 2024, al señor ENEN DUDLEY GUEVARA RAMOS en el cargo de Jefe de la Unidad Zonal Huánuco del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, cargo considerado de con fi anza. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.gob.pe/agrorural). Regístrese, comuníquese y publíquese.VÍCTOR ALEJANDRO BACA RAMOS Director Ejecutivo 2262951-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Modifican el Impuesto Selectivo al Consumo aplicable a los bienes del Nuevo Apéndice IV del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo DECRETO SUPREMO Nº 014-2024-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, el artículo 61 del Texto Único Ordenado – TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, se podrán modi fi car las tasas y/o montos fi jos, así como los bienes contenidos en los Apéndices III y/o IV; Que, se ha considerado conveniente modi fi car el Impuesto Selectivo al Consumo aplicable a los bienes comprendidos en el Literal B del Nuevo Apéndice IV del citado TUO; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 61 del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF; DECRETA:Artículo 1.- Modi fi cación del Literal B del Nuevo Apéndice IV del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo 1.1 Modi fi car el Impuesto Selectivo al Consumo aplicable a los siguientes bienes contenidos en el Literal B del Nuevo Apéndice IV del TUO de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y sus normas modi fi catorias, en la forma siguiente: PARTIDAS ARANCELARIASPRODUCTOS SOLES 2203.00.00.00 Cervezas S/ 2,41 por litro 1.2 A partir del 1 de julio de 2024 el monto fi jo de los bienes contenidos en el párrafo 1.1 del presente artículo será de S/ 2,51 por litro. Artículo 2.- Vigencia El presente Decreto Supremo entra en vigencia a partir del 1 de marzo de 2024. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de febrero del año dos mil veinticuatro. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JOSE BERLEY ARISTA ARBILDO Ministro de Economía y Finanzas 2263033-3 ENERGÍA Y MINAS Designan Jefe de Gabinete de Asesores del Ministerio de Energía y Minas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 051-2024-MINEM/DM Lima, 19 de febrero de 2024VISTOS: El Memorando N° 008-2024-MINEM/DM del Despacho Ministerial; el Informe N° 035-2024/MINEM-SG-OII de la O fi cina de Integridad Institucional; el Informe N° 082-2024/MINEM-OGA-ORH de la O fi cina de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración; el Informe N° 189-2024-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modi fi catorias, la Alta Dirección cuenta con