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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 (29/02/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Jueves 29 de febrero de 2024 El Peruano / establezca las disposiciones que permitan sistematizar, integrar la información y estandarizar las condiciones y criterios para la aplicación de los medios de consulta y seguimiento vía internet de las gestiones comerciales que efectúe el usuario del servicio público de electricidad, de manera que se cumpla adecuadamente lo establecido en la NTCSE y la NTCSER, se asegure la trazabilidad de las acciones realizadas, así como las respuestas a los usuarios Que, de igual modo, lo señalado precedentemente optimizará la fi scalización que realiza Osinergmin, dotándola de elementos y mecanismos que le permitan el monitoreo oportuno de los procesos de atención comercial que desarrollan las Empresas de Distribución Eléctrica a los usuarios del servicio público de electricidad; Que, fi namente, la aplicación e fi ciente de la tecnología de información y de comunicación, tal como está prevista en la NTCSE y la NTCSER, coadyuvará a mejorar la calidad de los servicios y procesos de atención de los reclamos, pedidos, solicitudes u otros en particular, hasta su solución y/o respuesta fi nal al usuario, permitiéndole efectuar las consultas y el seguimiento en tiempo real sobre dichas gestiones evitando situaciones de incertidumbre e incumplimiento de plazos administrativos; Que, en aplicación del Principio de Transparencia, recogido en el artículo 25 del Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM y en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, y con la fi nalidad de involucrar a todos los actores durante el proceso de formulación de la regulación para maximizar su calidad y efectividad, corresponde publicar el proyecto normativo con el fi n de recibir comentarios o sugerencias de los interesados; Que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, la Ley N° 27699, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de Osinergmin, así como el inciso b) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2016-PCM; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 06-2024; SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación para comentarios Autorizar la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y disponer que, conjuntamente con el proyecto de Resolución de Consejo Directivo que aprueba la “Directiva de acceso en línea a la información sobre el estado de requerimientos de usuarios en el Servicio Público de Electricidad”, y su exposición de motivos, sean publicados en el portal institucional de Osinergmin (https://www.gob.pe/institucion/osinergmin/colecciones/5514-proyectos-normativos-para-comentarios). Artículo 2.- Plazo para comentarios Otorgar un plazo de treinta (30) días calendario, contados a partir del día siguiente de su publicación, para que los interesados remitan sus comentarios, opiniones o sugerencias al proyecto normativo a través de la ventanilla virtual de Osinergmin https://ventanillavirtual.osinergmin.gob.pe/, a la dirección electrónica comentarios.normas.5@osinergmin.gob.pe, o mediante las mesas de partes físicas con las que Osinergmin cuenta a nivel nacional; siendo la persona designada para recibirlos el abogado Jim Gastelo Flores. Artículo 3.- Análisis de los comentarios Encargar a la División de Supervisión Regional de la Gerencia de Supervisión de Energía la publicación dispuesta en el artículo 1, así como la recepción y análisis de los comentarios, opiniones y sugerencias que se formulen al proyecto de resolución publicado; así como la presentación de la propuesta fi nal al Consejo Directivo de Osinergmin. Artículo 4.- Publicación La presente resolución será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y, conjuntamente con el proyecto normativo y exposición de motivos, en el portal institucional de Osinergmin (www.gob.pe/osinergmin). OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ Presidente del Consejo Directivo 2265490-1 Resolución de Consejo Directivo que resuelve el recurso de reconsideración interpuesto por Corporación Rex S.A. contra la Resolución N° 014-2024-OS/CD que aprueba la Actualización del Plan Quinquenal de Inversiones 2022 – 2026 y los Factores de Ajuste Tarifario de la Concesión de Distribución de Gas Natural por red de ductos de Lima y Callao RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 024-2024-OS/CD Lima, 27 de febrero de 2024CONSIDERANDO:1.- ANTECEDENTES Que, mediante la Resolución N° 014-2024-OS/CD, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 1 de febrero de 2024 (en adelante “Resolución 014”), se aprobó, entre otros, la Actualización del Plan Quinquenal de Inversiones 2022 – 2026 y los Factores de Ajuste Tarifario aplicables a la Tarifa Única de Distribución (en adelante “TUD”) de la Concesión de Distribución de Gas Natural por red de ductos de Lima y Callao, cuyo sustento se complementa con el Informe Técnico N° 043-2024-GRT, Informe Técnico N° 044-2024-GRT, Informe Técnico N° 045-2024-GRT y el Informe Legal N° 046-2024-GRT, elaborados por la División de Gas Natural y la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin; Que, con fecha 8 de febrero de 2024, la empresa Corporación Rex S.A. (en adelante “Corporación Rex”), interpuso recurso de reconsideración contra la Resolución 014 mediante Carta S/N recibida según Registro GRT N° 1388-2024, siendo materia del presente acto administrativo el análisis y decisión de dicho recurso impugnatorio; Que, conforme con lo previsto en el artículo 71 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (“TUO de la LPAG”), mediante O fi cio N° 341-2024-GRT de fecha 9 de febrero de 2024, el recurso de reconsideración de Corporación Rex fue trasladado a Gas Natural de Lima y Callao S.A. (en adelante “Cálidda”), concediéndole un plazo para que mani fi este lo conveniente a su derecho, en su calidad de tercero administrado; 2.- PETITORIO DEL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN Que, Corporación Rex solicita se incorpore su proyecto ubicado en la Parcela N° 41, Proyecto La Molina San Diego Valle Chillón, distrito de Carabayllo, en la Actualización del Plan Quinquenal de Inversiones 2022 – 2026 aprobada mediante Resolución 014, considerando el impacto positivo del ingreso de su demanda de gas natural para la Concesión de Lima y Callao;