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45 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de julio de 2024 El Peruano / Disponen publicar concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados en los meses de abril y mayo de 2024 RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 00188-2024-GRA/ DREM Huaraz, 24 de junio de 2024VISTO: El Informe Legal N° 0129-2024-GRA/ DREM/AC, de fecha 14 de junio de 2024, en el que se recomienda Publicar en el Diario O fi cial “El Peruano” las concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados en los meses de abril y mayo de 2024, de acuerdo al artículo 124 del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y artículo 38 del Reglamento de Procedimientos Mineros, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-20-EM. Estando de acuerdo a lo expresado APRUEBESE y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 2° de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobierno Regionales, se señala que, “Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia…”; así mismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 9° de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Ley N° 27867; Que, así mismo, en los incisos a),c),d),f),g),h) del Art. 59 de la norma antes citada, se determinan las funciones acreditadas y transferidas al Gobierno Regional de Áncash, según lo determinado en la Resolución Ministerial N° 046-2008 MEM/DM en su anexo n.°1; Resolución Ministerial que da por concluido el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de energía y minas; Que, de la misma manera, lo señalado en el artículo 6° de la Ley 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, señala que el Ministerio de Energía y Minas es competente de manera compartida con los Gobiernos Regionales en aquellas funciones que han sido transferidas en las materias de energía y de minería, en el marco del proceso de descentralización y conforme a lo previsto en la Ley 27783, Ley de Bases de la Descentralización, la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y la Ley 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, según lo establecido en el art. 124 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, establece que la publicación mensual en el Diario O fi cial El Peruano, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Que, así mismo, en el art. 19 del Reglamento de Procedimientos Mineros, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-20-EM, en su numeral n) describe “Publicar en el Diario O fi cial El Peruano la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubiera aprobado el mes anterior”; Que, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 del D.S. Nº 020-2020-EM, dicha relación contendrá lo siguiente: A) Nombre de la Concesión Minera; B) Código Único; C) Nombre y Apellidos o denominación social del titular; D) Coordenadas UTM WGS84 precisando el sistema geodésico de la concesión otorgada; E) Código y Nombre de los petitorios o concesiones mineras, cuyo respeto se hubiera consignado en el título; F) Número y Fecha de la Resolución de otorgamiento del título; Que, en el Informe Legal N° 0129-2024-GRA/ DREM/AC, de fecha 14 de junio de 2024, en el que se recomienda Publicar en el Diario O fi cial “El Peruano” las concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados el mes de abril y mayo de 2024, deben ser publicados en cumplimiento a lo señalado anteriormente; petitorios que, se detallan en anexo que forma parte integrante de la Presente Resolución Directoral Regional, de acuerdo al artículo 124 del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y artículo 38 del Reglamento de Procedimientos Mineros, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-20-EM;Que, en mérito a la Resolución Gerencial General Regional n°055-2023-GRA-GGR, de fecha 24 de enero de 2023, que designa en el cargo de Director Regional de Energía y Minas al Ingeniero de Minas Ricardo Cayo Castillejo Melgarejo con los derechos y obligaciones inherentes al cargo; Por los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por la ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; SE RESUELVE:Artículo Único .- PUBLÍQUESE, en el Diario O fi cial “El Peruano” las concesiones mineras cuyos títulos fueron otorgados en los meses de abril y mayo de 2024, los que se detallan en anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Directoral Regional; de acuerdo al artículo 124 del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y artículo 38 del Reglamento de Procedimientos Mineros, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-20-EM. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RICARDO CAYO CASTILLEJO MELGAREJO Director RegionalDirección Regional de Energía y Minas - Ancash RELACIÓN DE LAS CONCESIONES AL AMPARO DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 708 A. Nombre de la Concesión Minera; B. Código Único; C. Nombres y Apellidos o denominación social del Titular; D. Coordenadas UTM WGS84 precisando el sistema geodésico de la concesión otorgada; E. Código y Nombre de los Petitorios o Concesiones Mineras, cuyo respeto se hubiera consignado con el título; F. Número y fecha de la Resolución de otorgamiento del título. ABRIL 20241.- A. DONMAYO DOS ; B. 520003320; C. JOEL GILMER ANGULO ESTRADA; D. V1 N8,995,000.00 E791,000.00 V2 N8,995,000.00 E792,000.00 V3 N8,994,000.00 E792,000.00 V4 N8,994,000.00 E791,000.00; E. 030013808 CANTERA GENESIS; F. Nº95-2024-GRA/DREM - 22/04/2024; 2.- A.LORD VEYRON 2 ; B. 520005223; C. CARLOS RAUL RAMIREZ AVALOS; D. V1 N8,960,000.00 E825,000.00 V2 N8,959,000.00 E825,000.00 V3 N8,959,000.00 E824,000.00 V4 N8,960,000.00 E824,000.000; F. Nº97- 2024-GRA/DREM - 22/04/2024; 3.- A. ALDEBARAN 1 ; B. 520003423; C. ADIMIR DIDI CALLE LLACTAHUAMANI; D. V1 N8,972,000.00 E811,000.00 V2 N8,970,000.00 E811,000.00 V3 N8,970,000.00 E809,000.00 V4 N8,972,000.00 E809,000.00; F. Nº96-2024-GRA/ DREM - 22/04/2024; 4.- A. FARAON SILVER ; B. 520003120; C. GODOFREDO CHONTA ESPINOZA; D. V1 N8,984,000.00 E177,000.00 V2 N8,982,000.00 E177,000.00 V3 N8,982,000.00 E176,000.00 V4 N8,984,000.00 E176,000.00; F. Nº94-2024-GRA/DREM - 22/04/2024. MAYO 2024 1.- A. LOS TRES DE SAN MARCOS ; B. 520006623; C. GREDSAN S.R.L.; D. V1 N8,965,000.00 E264,000.00 V2 N8,964,000.00 E264,000.00 V3 N8,964,000.00 E263,000.00 V4 N8,965,000.00 E263,000.00; E.010313515 PALOMA BLANCA UNO, 010536311 JC ASTILLEROS Nº 2; F. Nº 135-2024-GRA/DREM - 31/05/2024; 2.- A. HUARIRCA 4 ; B. 520001323; C. GONZALO LUTGARDO URQUIAGA CHAVEZ; D. V1 N9,063,000.00 E191,000.00 V2 N9,061,000.00 E191,000.00 V3 N9,061,000.00 E192,000.00 V4 N9,060,000.00 E192,000.00 V5 N9,060,000.00 E190,000.00 V6 N9,062,000.00 E190,000.00 V7 N9,062,000.00 E189,000.00 V8 N9,063,000.00 E189,000.00; F. Nº 146-2024-GRA/DREM - 31/05/2024; 3.- A. AGREGADOS JULIETA ; B. 520006822; C.