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55 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de julio de 2024 El Peruano / N° 001-2024-MML-CMEC, y N° 033-2024-MML-CMAL, respectivamente; el Concejo Metropolitano de Lima, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta; aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA OFICIALES E INTANGIBLES LOS SÍMBOLOS DE LA CIUDAD DE LIMA Artículo 1.- Declárese o fi ciales e intangibles los símbolos de la Ciudad de Lima, los cuales son: el “Escudo de la Ciudad de Lima”, la “Bandera de la Ciudad de Lima” y el “Himno de la Ciudad de Lima”. Artículo 2.- Apruébense los anexos I y II de la presente ordenanza que contienen la información grá fi ca ofi cial del Escudo, la Bandera y la letra o fi cial del Himno de la Ciudad de Lima.Artículo 3.- Facúltese a la Alcaldía Metropolitana de Lima para que, mediante Decreto de Alcaldía, reglamente lo dispuesto en la presente ordenanza en un plazo de 60 (sesenta) días contados a partir de su entrada en vigencia. El reglamento deberá comprender el uso y aplicación de los símbolos de la Ciudad de Lima y publicar la partitura de la Ciudad de Lima. DISPOSICIÓN MODIFICATORIA Única.- Modi fi cación de la Ordenanza N° 2200 Incorpórese los códigos de infracción 06-0705, 06-0706 y 06-0707 en el subrubro 6.7 del Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CISA) aprobado por Ordenanza N° 2200, conforme a lo siguiente: “6.7. FECHAS CONMEMORATIVAS / SÍMBOLOS PATRIOS (…) CÓDIGODESCRIPCIÓN DE LA INFRACCIÓNMULTA EN PROPORCIÓN A LA UIT VIGENTEMEDIDA CORRECTIVA GRADUALIDAD 06-0705Por izar o colocar la Bandera de la Ciudad de Lima en forma indebida.0,10 Retiro L 06-0706Por encontrarse los símbolos de la ciudad de Lima en mal estado, deteriorados o antihigiénicos.0,50 Retiro L 06-0707Por utilizar de forma inapropiada, que generen falta de respeto, burla, ofensa o modificando el diseño o letra original, cause algún perjuicio moral a la Municipalidad Metropolitana de Lima o los vecinos.1,00 Retiro G DISPOSICIONES FINALES Primera.- Adecuación Las dependencias de la Municipalidad Metropolitana de Lima deben adecuar la normativa a su cargo y el uso de los símbolos de la ciudad de Lima conforme a lo dispuesto en la presente ordenanza y en su reglamento, de manera progresiva o gradual, en un plazo de 6 (seis) meses contados a partir de la entrada en vigencia de su reglamento. Segunda.- Publicación Encárguese a la O fi cina General de la Secretaria del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial El Peruano y a la O fi cina de Gobierno Digital su publicación, incluidos sus anexos, en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.transparencia.munlima.gob.pe. Tercera.- Vigencia La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. Lima, 11 de julio de 2024 RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde 2306854-1 LINEAMIENTOS PARA SOLICITAR LA CORRECCIÓN DE ERRORES MATERIALES EN LA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES MEDIANTE FE DE ERRATAS 1.- Plazo: De acuerdo a Ley, la solicitud se debe presentar dentro de los ocho (8) días útiles siguientes a la fecha de publicación de la norma. Vencido el plazo, solo procederá publicar una norma recti fi catoria de rango equivalente o superior para corregir los errores materiales. 2.- Límite: Se permite publicar una sola fe de erratas por cada norma legal. Por lo tanto, antes de presentar la solicitud, se recomienda una revisión exhaustiva de la norma publicada para identi fi car todos los errores materiales que deben corregirse. 3.- Contenido: En el texto de la fe de erratas se debe señalar el tipo y número del dispositivo normativo a corregirse y la fecha de publicación en el Diario O fi cial El Peruano, asimismo se debe indicar de forma clara la parte incorrecta bajo el título “Dice” y proporcionar la versión corregida bajo el título “Debe Decir”. 4.- Canal: La solicitud se envía a través del PGA y se acompañan los archivos Word (archivo principal) y PDF (suscrito por la autoridad competente) con el texto de las correcciones. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES