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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JULIO DEL AÑO 2024 (17/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de julio de 2024 El Peruano / Artículo 16.- De la responsabilidad de la Gerencia General La Gerencia General es el órgano de la Alta Dirección que constituye la máxima autoridad administrativa del Servicio de Parques de Lima y ejerce como Titular de la Entidad. Artículo 17.- De las funciones de la Gerencia General La Gerencia General cumple las funciones siguientes: (...) h) Suscribir la correspondencia de la entidad y expedir resoluciones de Gerencia General en asuntos de su competencia. (...) k) Suscribir, controlar y visar la documentación relacionada con los fondos de SERPAR LIMA autorizando el pago de los gastos ordinarios que competan a la Gerencia General y los extraordinarios que acuerde el Consejo Directivo. (...)r) Aprobar, a propuesta de la O fi cina General de Administración y Finanzas, las operaciones fi nancieras de crédito que se realicen para el mejor cumplimiento de sus fi nes y objetivos, de acuerdo al plan de acción para el año que corresponda. s) Aprobar, autorizar y supervisar los procesos de contratación de bienes, servicios y obras, pudiendo delegar su autoridad a los órganos y unidades orgánicas involucradas conforme a la normativa vigente. (...)v) Dirigir la formulación, implementación, monitoreo y evaluación del Plan de Comunicaciones e Imagen Institucional. w) Disponer las acciones pertinentes para el desarrollo o participación en actividades o fi ciales y protocolares, mediante el uso de medios de comunicación institucionales para su difusión y conocimiento. x) Supervisar la elaboración, aprobación y difusión del material comunicacional e informativo, así como la custodia del acervo digital de la entidad. y) Disponer las acciones pertinentes para la actualización del contenido de la Página web en base a la información proporcionada por los órganos y unidades orgánicas de la entidad, y en coordinación con la O fi cina de Sistemas y Tecnologías de la Información. z) Supervisar la implementación del Sistema de Control Interno; así como, el registro en el aplicativo informático correspondiente la información y documentos que solicite la Contraloría General de la República, en coordinación con los órganos y unidades orgánicas de la entidad. aa) Realizar evaluaciones, controles y auditorías internas que permitan supervisar el cumplimiento de los procesos internos de la entidad, permitiendo detectar oportunidades de mejora. bb) Proponer proyectos, estrategias o técnicas que busquen disminuir los impactos ambientales, impulsando y mejorando la productividad de los servicios que se brindan en SERPAR LIMA. cc) Las demás que le asigne el Consejo Directivo en el marco de sus competencias o aquellas que le corresponda por norma expresa. (...) Artículo 19.- Del régimen económico, fi nanciero y presupuestal Son recursos fi nancieros y patrimoniales de SERPAR LIMA: a) Los aportes que percibe el Servicio de Parques de Lima, tanto en efectivo como en bienes inmuebles, en aplicación de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, del Decreto Ley N° 18898 y su modi fi catoria aprobada por Decreto Ley Nº 19543, del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, y de las Ordenanzas Nº 836 y 1188. (...) Artículo 20.- Régimen laboral y normas aplicables El personal empleado del SERPAR Lima está sujeto al régimen del Decreto Ley Nº 11377 que aprueba el Estatuto y Escalafón del Servicio Civil, al Decreto Legislativo N° 276 que promulga la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, y al Decreto Legislativo N° 1057 que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios. Artículo 21.- Coordinación Intrainstitucional Para el cumplimiento de su misión, el Servicio de Parques de Lima - Serpar Lima coordina con los Órganos Desconcentrados Especiales, empresas y unidades de organización de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en los términos siguientes: - Jerárquico : Depende jerárquicamente de la Municipalidad Metropolitana de Lima. - Funcional : Con los Órganos Desconcentrados Especiales y Empresas que forman parte de la corporación municipal y demás instituciones y organismos del sector público relacionados con sus actividades. - Coordinación : con la Municipalidad Metropolitana de Lima.” Artículo 2.- Derogar la Ordenanza N° 1955 que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Servicio de Parques de Lima – Serpar Lima, así como su organigrama, el mismo que será reemplazado por el Manual de Operaciones (MOP) correspondiente. Artículo 3.- Dejar sin efecto toda disposición contraria al contenido de la presente Ordenanza. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Encargar a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo, la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial “El Peruano”, a la O fi cina de Gobierno Digital, su publicación en el Portal de Transparencia Estándar Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.transparencia.munlima.gob.pe, y encargar a SERPAR-LIMA la publicación de la presente ordenanza en su portal institucional: www.serpar.gob.pe, el mismo día de su publicación en el diario o fi cial. Segunda .- La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde 2306851-1 Ordenanza que incorpora códigos de infracción administrativa en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas – CISA de la Municipalidad Metropolitana de Lima ORDENANZA N° 2640 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión extraordinaria de la fecha; En uso de las facultades previstas en los artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Salud Pública y Desarrollo Social en su Dictamen N° 009-2024-MML-CMSPDS, por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización a través del Dictamen N° 090-2024-MML-CMAEO y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales en su Dictamen N° 106-2024-MML-CMAL; el Concejo Metropolitano de Lima,