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5 NORMAS LEGALES Viernes 19 de julio de 2024 El Peruano / A LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil veinticuatro. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros 2308347-3 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Delegan diversas facultades y atribuciones en el Director Ejecutivo del Proyecto Especial Legado y en el Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, durante el año fiscal 2024 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 201-2024-PCM Lima, 18 de julio de 2024 VISTOS: El O fi cio N° 000144-2024-PEL/PEL del Proyecto Especial Legado; la Nota de Elevación N° D000268-2024- PCM-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 17 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 10 del artículo 19 de la citada Ley Nº 29158, corresponde al Presidente del Consejo de Ministros delegar en el Secretario General o en otros funcionarios las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función de Ministro de Estado dentro de la competencia de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el literal g) del numeral 8.2 del artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM, señala que es función del despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros, en su condición de Ministro de Estado, delegar en el Secretario General o en el Viceministro de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros o en otros funcionarios o servidores, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función de Ministro de Estado dentro de la competencia de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2015-MINEDU, modi fi cado por los Decretos Supremos N° 009-2015-MINEDU, N° 017-2018-MTC, N° 018-2019-MTC, N° 007-2020-MTC, N° 028-2021-MTC y N° 084-2023-PCM, se crea el Proyecto Especial Legado en el ámbito de la Presidencia del Consejo de Ministros, con el objeto de dar cumplimiento a las acciones de dirección, ejecución, implementación, mantenimiento y sostenibilidad del Legado de los juegos deportivos nacionales; así como, gestionar las inversiones de los nuevos Centros de Mejor Atención al Ciudadano; en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y del Sistema Nacional de Modernización de la Gestión Pública; Que, a través del artículo 2-B de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, en el marco de sus competencias, a ejecutar proyectos de inversión, inversiones de Optimización, de Ampliación marginal, de Rehabilitación y de Reposición, e inversiones de Optimización, de Ampliación marginal, de Rehabilitación y de Reposición de emergencia en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, entre otros, en materias de deporte y acceso a servicios de atención al ciudadano, incluyendo su mantenimiento, en el ámbito de sus competencias, mediante los procedimientos establecidos en la Ley y su Reglamento; y, dispone que el titular de la entidad pública del Gobierno Nacional puede delegar a sus programas, proyectos o unidades ejecutoras adscritos a éste, las facultades que la referida Ley y su Reglamento le otorgan a fi n de que, en el marco de sus competencias, desarrollen inversiones mediante el mecanismo establecido en la norma citada; Que, el artículo X del Título Preliminar del Reglamento de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, aprobado por Decreto Supremo N° 210-2022-EF, señala que el titular de la Entidad Pública del Gobierno Nacional puede delegar, mediante resolución, las atribuciones a su cargo, en otros jerárquicamente dependientes de él o en la máxima autoridad administrativa de los órganos adscritos o descentralizados, proyectos especiales, programas u otros organismos dependientes de la entidad, con excepción de la aprobación de la lista de priorización, la autorización de contratación directa, la nulidad del proceso de selección o de sus etapas y la nulidad de ofi cio del respectivo Convenio de Inversión; Que, mediante O fi cio N° 000144-2024-PEL/PEL, la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Legado solicita la delegación de facultades en materia de obras por impuestos, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 29230 y su Reglamento, con la fi nalidad de promover mayores niveles de e fi ciencia en el aparato estatal; Que, a través de la Nota de Elevación N° D000268- 2024-PCM-OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros remite el Informe N° D000094-2024-PCM-OM de la Ofi cina de Modernización, mediante el cual se emite la opinión técnica favorable a la delegación de facultades solicitada por el Proyecto Especial Legado, incluyendo la delegación de facultades a dicha O fi cina General, para suscribir la Carta de Compromiso de Priorización de Recursos en la fase de programación presupuestaria de los recursos necesarios para fi nanciar el pago de los “Certi fi cados Inversión Pública Gobierno Nacional – Tesoro Público”; Con el visado de la Secretaría Administrativa, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado; el Reglamento de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, aprobado por Decreto Supremo N° 210-2022-EF; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegar en el Director Ejecutivo del Proyecto Especial Legado las siguientes facultades y atribuciones, durante el año fi scal 2024: