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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JULIO DEL AÑO 2024 (19/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Viernes 19 de julio de 2024 El Peruano / h) Promover, en coordinación con el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, el acceso de pequeños y medianos productores agrarios con énfasis en la agricultura familiar con oferta competitiva a certi fi caciones requeridas por el mercado, en coordinación con entidades del sector público y privado; i) Formular proyectos para la cooperación técnica en el marco de sus competencias, en coordinación con la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto de la entidad; j) Emitir opinión en las materias de su competencia; y, k) Las demás funciones que le asigne el/la Jefe/a y las que le correspondan por mandato legal expreso. 2308347-1 Reconforman la Red de Integridad del Sector Agrario y de Riego RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0249-2024- MIDAGRI Lima, 18 de julio de 2024 VISTOS:El Informe N° 00082-2024-MIDAGRI-SG/OILCC de la O fi cina de Integridad y Lucha contra la Corrupción; el Memorando N° 1297-2024-MIDAGRI-SG/OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 0096-2024-MIDAGRI-SG/OGPP-OM de la O fi cina de Modernización; y, el Informe N° 0768-2024-MIDAGRI-SG/ OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo N° 042-2018-PCM, que establece medidas para fortalecer la integridad pública y lucha contra la corrupción, en su artículo 8 prescribe que la Secretaría de Integridad Pública es el órgano responsable de ejercer técnicamente la rectoría de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, así como de desarrollar los mecanismos en instrumentos para prevenir y gestionar los riesgos de la corrupción con el objeto de orientar la correcta actuación de los servidores civiles y entidades públicas en la lucha contra la corrupción; Que, mediante Resolución de Secretaría de Integridad Pública N° 001-2024-PCM/SIP, se aprueba la Directiva N° 001-2024-PCM/SIP “Directiva para la incorporación y ejercicio de la función de integridad en las entidades de la administración pública”, que establece directrices para la incorporación y ejercicio de la función de integridad en las entidades de la administración pública, en el marco de la normativa, estándares y buenas prácticas nacionales e internacionales en materia de Integridad y Lucha contra la Corrupción y deroga la Directiva N° 001-2019-PCM/ SIP “Lineamientos para la implementación de la función de integridad en las entidades de la administración pública”, aprobada mediante Resolución de Secretaría de Integridad Pública N° 001-2019-PCM/SIP; Que, el literal d), numeral 6.2 del Capítulo VI de la Directiva N° 001-2024-PCM/SIP “Directiva para la incorporación y ejercicio de la función de integridad en las entidades de la administración pública”, establece responsabilidades a los Titulares de las Entidades como liderar y asegurar el compromiso de la Alta Dirección para la implementación y evaluación del Modelo de Integridad y liderar la Red de Integridad en el ámbito sectorial, regional, local o del Poder Judicial, según corresponda, entre otras; Que, asimismo, el literal f), numeral 6.3 del Capítulo VI de la Directiva N° 001-2024-PCM/SIP, establece como responsabilidad de la máxima autoridad administrativa de las entidades, la de participar en la Red de Integridad en el ámbito sectorial, regional, local o del Poder Judicial, según corresponda; por otro lado, el literal c) del subnumeral 8.3.1.1 del Capítulo VIII respectivo, establece como una de las acciones de la unidad de organización que ejerce la función de integridad, la de promover a nivel sectorial, a través de una Red de Integridad, el desarrollo de espacios de articulación en materia de integridad y lucha contra la corrupción; fi nalmente, el numeral 7.3.1 del Capítulo VII establece que el Jefe de la O fi cina de Integridad Institucional ejerce el rol de O fi cial de Integridad, cuyas funciones están reguladas en el numeral 6.4 del Capítulo VI y entre las cuales está la de garantizar el cumplimiento de las funciones de integridad en la entidad; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución de Secretaria General N° 0134-2022-MIDAGRI-SG, se creó la Red de Integridad del Sector Agrario y de Riego, con la fi nalidad de fortalecer la cultura de integridad y lucha contra la corrupción mediante la articulación permanente del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego con sus programas, proyectos especiales y organismos públicos adscritos, a través de los titulares de las unidades de organización que ejercen la función de integridad; Que, de conformidad con los artículos 61 y 62 del Texto integrado del Reglamento de Organización y Funciones del MIDAGRI, aprobado con Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, la O fi cina de Integridad y Lucha Contra la Corrupción es la unidad orgánica de apoyo dependiente de la Secretaría General, encargada de la ejecución, coordinación y supervisión de la Política Nacional de Integridad y Lucha Contra la Corrupción en el Sector, así como de la evaluación de las denuncias sobre presuntos actos de corrupción; Que, mediante el Informe N° 0082-2024-MIDAGRI-SG/ OILCC, la O fi cina de Integridad y Lucha contra la Corrupción solicita y sustenta la reconformación de la Red de Integridad creada mediante la Resolución de Secretaria General N° 0134-2022-MIDAGRI-SG, para incorporar al Titular de la Entidad (Ministro), a la máxima autoridad administrativa (Secretario General), la O fi cial de Integridad (Directora de la Ofi cina de Integridad y Lucha contra la Corrupción); así como a los titulares, la máxima autoridad administrativa y a los/las O fi ciales de Integridad o los que hagan sus veces de los Organismos Públicos Adscritos, Programas y Proyectos Especiales a la Red de Integridad Sectorial en el marco de la Directiva N° 001-2024-PCM/SIP; Que, a través del Memorando N° 1297-2024-MIDAGRI- SG/OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto expresa conformidad y remite el Informe N° 0096-29024-MIDAGRI-SG/OGPP-OM de la O fi cina de Modernización con el que se emite opinión favorable a la propuesta; Que, mediante el Informe Nº 0768-2024-MIDAGRI- SG/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica ha opinado por la viabilidad de la emisión de la Resolución Ministerial que reconforme la Red de Integridad del Sector Agrario y de Riego, creada y conformada mediante los artículos 1 y 2 de la Resolución de Secretaría General N° 0134-2022-MIDAGRI-SG; Que, estando a lo expuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo que reconforme la Red de Integridad del Sector Agrario y de Riego, acorde a las nuevas directrices emitidas por la Secretaría de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros mediante la Directiva N° 001-2024-PCM/SIP, esto es, con un acto resolutivo de este nivel atendiendo a que el Titular de la Entidad es quien lidera la Red de Integridad del Sector Agrario y de Riego; Con las visaciones del Secretario General; del Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y de la Directora de la O fi cina de Integridad y Lucha Contra la Corrupción; De conformidad con lo dispuesto en la Ley 31075, Ley Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; la Resolución de Secretaría de Integridad Pública N° 001-2024-PCM/SIP, que aprueba la Directiva N° 001-2024-PCM/SIP “Directiva para la incorporación y ejercicio de la función de integridad en las entidades de la administración pública” y, la Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; SE RESUELVE:Artículo 1.- Reconformación de la Red de Integridad del Sector Agrario y de Riego. 1.1 Reconformar la Red de Integridad del Sector Agrario y de Riego, creada y conformada mediante los