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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JULIO DEL AÑO 2024 (23/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Martes 23 de julio de 2024 El Peruano / para el Año Fiscal 2024; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº D000007-2024-PCM-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº D000048-2024-PCM-OP de la O fi cina de Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, con los respectivos sustentos. Asimismo, mediante los O fi cios Nºs. D00000230 y D00000789-2024-ANIN/JEF y el O fi cio Nº D00000022-2024-ANIN/OPP, la Autoridad Nacional de Infraestructura remite información complementaria de su Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto; Que, mediante el Memorando Nº 387-2024-EF/63.04, que adjunta el Informe Nº 192-2024-EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas señala que, de la revisión efectuada en el Banco de Inversiones, doce (12) inversiones se encuentran viables, activas y no presentan observaciones por parte de dicha Dirección General; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 1 900 000 000,00 (MIL NOVECIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor de la Autoridad Nacional de Infraestructura, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en los numerales 16.1 y 16.2 del artículo 16 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 1 900 000 000,00 (MIL NOVECIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor de la Autoridad Nacional de Infraestructura, para fi nanciar adelantos, valorizaciones y/o gastos correspondientes a la materialización de eventos compensables que tengan impactos en los costos de inversión durante la etapa de ejecución de los proyectos de inversión con Código Único de Inversión (CUI) Nº 2532678, Nº 2532763, Nº 2542271, Nº 2446345, Nº 2498739, Nº 2500094, Nº 2501225, Nº 2501291, Nº 2501395, Nº 2501802, Nº 2506324 y Nº 2525796, en el marco de lo establecido en el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, con cargo a los recursos del “Fondo para el fi nanciamiento de inversiones en ejecución asociadas a contratos de Gobierno a Gobierno”, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : M. de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos PRODUCTO/PROYECTO 2609376 : Contratos de Estado a Estado en ejecución ACTIVIDAD 6000016 : Gestión y AdministraciónFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias 1 900 000 000,00 ----------------------- TOTAL EGRESOS 1 900 000 000,00 ============= A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 029 : Autoridad Nacional de InfraestructuraUNIDAD EJECUTORA 001 : Autoridad Nacional de Infraestructura - ANIN FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 900 000 000,00 ----------------------- TOTAL EGRESOS 1 900 000 000,00 =============1.2 El detalle de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de la Transferencia de Partidas se encuentra en el Anexo “Transferencia de Partidas a favor del Pliego 029. Autoridad Nacional de Infraestructura”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós días del mes de julio del año dos mil veinticuatro. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ BERLEY ARISTA ARBILDO Ministro de Economía y Finanzas 2309279-1 Decreto Supremo que modifica los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación condicionada de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) para los Tramos I, II y III correspondiente al año 2024 y el Decreto Supremo N° 318-2023-EF DECRETO SUPREMO Nº 132-2024-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley Nº 29332, Ley que crea el Plan de Incentivos a la Mejora