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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2024 (26/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Viernes 26 de julio de 2024 El Peruano / identi fi cación de información de hogares en situación de vulnerabilidad económica de los 228 distritos priorizados”; Que, en ese sentido, atendiendo a lo propuesto por la Dirección General de Focalización e Información Social y contándose con la conformidad del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, se estima pertinente aprobar la propuesta de modi fi cación de la Directiva N° 003-2024-MIDIS “Directiva que establece las disposiciones para el empadronamiento masivo para la identi fi cación de hogares en situación de vulnerabilidad económica de los 228 distritos priorizados”, Versión 02; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; de la Dirección General de Focalización e Información Social; de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; el artículo 76 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Supremo N° 005-2022-MIDIS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30435, Ley que crea el Sistema Nacional de Focalización; y el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado con Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la modi fi cación de la Directiva N° 003-2024-MIDIS, “Directiva que establece las disposiciones para el empadronamiento masivo para la identi fi cación de hogares en situación de vulnerabilidad económica de los 228 distritos priorizados” Versión 2, aprobada por Resolución Ministerial N° D000009-2024-MIDIS, documento que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en la Sede Digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES Ministro de Desarrollo e Inclusión Social 2310222-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a favor de diversos Pliegos del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales DECRETO SUPREMO Nº 136-2024-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 de la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone la reactivación de la Comisión Evaluadora de las deudas del Estado generadas por sentencias judiciales emitidas, creada mediante la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29812, conformada por Resolución Suprema Nº 100-2012-PCM, a fi n de que apruebe el listado complementario de las deudas del Estado generadas por sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución al 31 de diciembre de 2023, para la cancelación y/o amortización de montos hasta por la suma de S/ 30 000,00 (TREINTA MIL Y 00/100 SOLES) por acreedor, en un plazo de 60 (sesenta) días hábiles contados a partir de la fecha de instalación de la Comisión, para continuar con el proceso del pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución, iniciado por la Ley Nº 30137, Ley que establece criterios de priorización para la atención del pago de sentencias judiciales; Que, el numeral 3 de la referida Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953 establece que la implementación de dicha disposición, por ser de carácter extraordinario, adicional y complementario, se fi nancia con cargo a los recursos a los que se re fi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, hasta por la suma de S/ 200 000 000,00 (DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), recursos que se trans fi eren a los pliegos del Gobierno Nacional y los gobiernos regionales, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas y por el ministro de Justicia y Derechos Humanos, a propuesta de este último, y con sujeción a la información contenida en el listado complementario elaborado por la Comisión Evaluadora; Que, asimismo, el numeral 6 de la citada Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953 señala que, adicionalmente a lo establecido en el primer párrafo del numeral 3, la atención del pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada del sector Educación, se fi nancia con cargo a los recursos a los que se re fi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, hasta por la suma de S/ 200 000 000,00 (DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), recursos que se trans fi eren a los pliegos del Gobierno Nacional y los gobiernos regionales, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas y por el ministro de Justicia y Derechos Humanos, a propuesta de este último, y con sujeción a la información contenida en el listado complementario elaborado por la Comisión Evaluadora; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2024-EF, se aprueban las Normas Reglamentarias para la aplicación de la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; y, mediante Decreto Supremo Nº 001-2024-MINEDU, se aprueban los criterios de priorización para la atención del pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución del Sector Educación; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 12 y 16 del Decreto Supremo Nº 008-2024-EF, mediante Ofi cio Nº 0289-2024-EF/70, el Presidente de la Comisión Multisectorial Evaluadora de las deudas generadas por sentencias judiciales, presenta el listado complementario a través de un informe fi nal al Titular del Ministerio de Economía y Finanzas y al Titular del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a fi n de que este último proponga el decreto supremo de asignación de recursos al que se refi ere el segundo párrafo de los numerales 3 y 6 de la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953; Que, mediante O fi cio Nº 604-2024-JUS/DM, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 200 000 000,00 (DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y diversos gobiernos regionales, sin incluir al sector Educación, para fi nanciar el pago de sentencias judiciales en calidad de cosa juzgada y en ejecución al 31 de diciembre de 2023; asimismo, solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 200 000 000,00 (DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor de diversos pliegos del Gobierno Nacional y diversos gobiernos regionales, para fi nanciar el pago de sentencias judiciales del sector Educación en calidad de cosa juzgada y en ejecución al 31 de diciembre de 2023, en el marco de lo dispuesto en los numerales 3 y 6 de la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953; adjuntando, para dicho efecto, el